Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. III. Otras disposiciones. Delegación de competencias. (BOE-A-2025-7021)
Orden EFD/335/2025, de 3 de abril, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y de delegación de competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 7 de abril de 2025
Sec. III. Pág. 48007
disposición adicional quinta de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
b) En relación con el servicio presupuestario de la Secretaría General Técnica, el
reconocimiento de la obligación y la propuesta de pago, y la expedición y aprobación de
los documentos contables en todas sus fases, vinculados a los expedientes de
contratación cuyas competencias hayan sido delegadas a la Secretaría General Técnica.
15. Las personas titulares de las Subdirecciones Generales de Oficialía Mayor,
Tecnologías de la Información y Comunicaciones, Personal y de Gestión Económica y
del Fondo Social Europeo ejercerán, por delegación de la persona titular de la
Subsecretaría, las competencias siguientes:
a) La aprobación y compromiso de gasto, el reconocimiento de la obligación y la
propuesta de pago, así como la aprobación de los documentos contables
correspondientes, vinculados a los expedientes de contratación cuyas competencias le
hayan sido delegadas, con la excepción de lo recogido en el apartado 14.a) de este
artículo.
b) La aprobación y compromiso de gasto correspondientes a los expedientes de
contratación que, por razón de la materia, les correspondan, cuando las facultades de
contratación se encuentren comprendidas en el ámbito de la Junta de Contratación del
Ministerio.
16. La persona titular de la Secretaría General Técnica ejercerá por delegación de
la persona titular del Ministerio, las facultades de contratación, hasta el límite
de 12.000.000 de euros, respecto de los créditos que gestione, que no correspondan a
otros órganos o unidades y que no se encuentren comprendidos en el ámbito de la Junta
de Contratación del Ministerio.
17. La persona titular de la Secretaría General Técnica ejercerá, por delegación de
la persona titular de la Subsecretaría, las competencias siguientes:
a) La aprobación y compromiso de gasto vinculados a los expedientes de
contratación cuyas competencias le hayan sido delegadas.
b) La aprobación y compromiso de gasto correspondientes a los expedientes de
contratación que, por razón de la materia, le correspondan, cuando las facultades de
contratación se encuentren comprendidas en el ámbito de la Junta de Contratación del
Ministerio.
18. La persona titular de la Subdirección General de Atención al Ciudadano,
Documentación y Publicaciones ejercerá, por delegación de la persona titular del
Ministerio, las facultades de contratación en materia de derechos de propiedad
intelectual de las obras a editar y publicar por el Ministerio en cuanto titular o cesionario
de tales derechos.
19. Las personas titulares de las Direcciones Provinciales de Ceuta y Melilla
ejercerán, por delegación de la persona titular de la Secretaría de Estado de Educación,
las facultades de contratación, respecto de los créditos distribuidos que gestionen, hasta
el límite de los contratos menores, así como para los contratos de servicios y suministros
cuya adjudicación se realice por el procedimiento abierto simplificado, y para los
contratos de servicios destinados a los centros docentes públicos no universitarios y
dependencias administrativas provinciales, en materia de limpieza, vigilancia, seguridad,
transporte y mantenimiento, así como la aprobación de los documentos contables
correspondientes.
20. Las personas titulares de las Direcciones Provinciales de Ceuta y Melilla
ejercerán, por delegación de la persona titular del Ministerio, las facultades de
contratación, respecto de los créditos distribuidos que gestionen del servicio
presupuestario de la Secretaria General de Formación Profesional, hasta el límite de los
contratos menores, así como para los contratos de servicios y suministros cuya
adjudicación se realice por el procedimiento abierto simplificado, con la aprobación y
cve: BOE-A-2025-7021
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 84
Lunes 7 de abril de 2025
Sec. III. Pág. 48007
disposición adicional quinta de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
b) En relación con el servicio presupuestario de la Secretaría General Técnica, el
reconocimiento de la obligación y la propuesta de pago, y la expedición y aprobación de
los documentos contables en todas sus fases, vinculados a los expedientes de
contratación cuyas competencias hayan sido delegadas a la Secretaría General Técnica.
15. Las personas titulares de las Subdirecciones Generales de Oficialía Mayor,
Tecnologías de la Información y Comunicaciones, Personal y de Gestión Económica y
del Fondo Social Europeo ejercerán, por delegación de la persona titular de la
Subsecretaría, las competencias siguientes:
a) La aprobación y compromiso de gasto, el reconocimiento de la obligación y la
propuesta de pago, así como la aprobación de los documentos contables
correspondientes, vinculados a los expedientes de contratación cuyas competencias le
hayan sido delegadas, con la excepción de lo recogido en el apartado 14.a) de este
artículo.
b) La aprobación y compromiso de gasto correspondientes a los expedientes de
contratación que, por razón de la materia, les correspondan, cuando las facultades de
contratación se encuentren comprendidas en el ámbito de la Junta de Contratación del
Ministerio.
16. La persona titular de la Secretaría General Técnica ejercerá por delegación de
la persona titular del Ministerio, las facultades de contratación, hasta el límite
de 12.000.000 de euros, respecto de los créditos que gestione, que no correspondan a
otros órganos o unidades y que no se encuentren comprendidos en el ámbito de la Junta
de Contratación del Ministerio.
17. La persona titular de la Secretaría General Técnica ejercerá, por delegación de
la persona titular de la Subsecretaría, las competencias siguientes:
a) La aprobación y compromiso de gasto vinculados a los expedientes de
contratación cuyas competencias le hayan sido delegadas.
b) La aprobación y compromiso de gasto correspondientes a los expedientes de
contratación que, por razón de la materia, le correspondan, cuando las facultades de
contratación se encuentren comprendidas en el ámbito de la Junta de Contratación del
Ministerio.
18. La persona titular de la Subdirección General de Atención al Ciudadano,
Documentación y Publicaciones ejercerá, por delegación de la persona titular del
Ministerio, las facultades de contratación en materia de derechos de propiedad
intelectual de las obras a editar y publicar por el Ministerio en cuanto titular o cesionario
de tales derechos.
19. Las personas titulares de las Direcciones Provinciales de Ceuta y Melilla
ejercerán, por delegación de la persona titular de la Secretaría de Estado de Educación,
las facultades de contratación, respecto de los créditos distribuidos que gestionen, hasta
el límite de los contratos menores, así como para los contratos de servicios y suministros
cuya adjudicación se realice por el procedimiento abierto simplificado, y para los
contratos de servicios destinados a los centros docentes públicos no universitarios y
dependencias administrativas provinciales, en materia de limpieza, vigilancia, seguridad,
transporte y mantenimiento, así como la aprobación de los documentos contables
correspondientes.
20. Las personas titulares de las Direcciones Provinciales de Ceuta y Melilla
ejercerán, por delegación de la persona titular del Ministerio, las facultades de
contratación, respecto de los créditos distribuidos que gestionen del servicio
presupuestario de la Secretaria General de Formación Profesional, hasta el límite de los
contratos menores, así como para los contratos de servicios y suministros cuya
adjudicación se realice por el procedimiento abierto simplificado, con la aprobación y
cve: BOE-A-2025-7021
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