Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. III. Otras disposiciones. Delegación de competencias. (BOE-A-2025-7021)
Orden EFD/335/2025, de 3 de abril, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y de delegación de competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 7 de abril de 2025
Sec. III. Pág. 48006
b) La aprobación y compromiso del gasto correspondientes a los expedientes de
contratación a ella atribuidas hasta el límite de 12.000.000 de euros, en el ámbito de la
Subsecretaría y la Secretaría General Técnica.
c) La aprobación y compromiso de gasto, correspondientes a los expedientes de
contratación cuando la cuantía de los contratos exceda de 12.000.000 de euros, en el
ámbito de la Subsecretaría y de la Secretaría General Técnica.
11. La persona titular del Gabinete Técnico de la Subsecretaría ejercerá, por
delegación de la persona titular del Ministerio, las facultades de contratación hasta el
límite de los contratos menores referidas al ámbito del servicio presupuestario propio de
la Subsecretaría que no correspondan a otros órganos o unidades de la Subsecretaría.
Y, por delegación de la persona titular de la Subsecretaría, las competencias de la
aprobación y compromiso de gasto, el reconocimiento de la obligación y la propuesta de
pago, así como la aprobación de los documentos contables correspondientes, vinculados
a dichos expedientes de contratación.
12. Las personas titulares de las Subdirecciones Generales de Oficialía Mayor,
Tecnologías de la Información y Comunicaciones, Personal y de Gestión Económica y
del Fondo Social Europeo ejercerán, en su respectivo ámbito, por delegación de la
persona titular del Ministerio, las facultades de contratación, respecto a los créditos que
gestionen, que no correspondan a otros órganos o unidades de la Subsecretaria y que
no se encuentren comprendidos en el ámbito de la Junta de Contratación del
Departamento.
13. La persona titular de la Subdirección General de Gestión Económica y del
Fondo Social Europeo ejercerá, además, por delegación de la persona titular del
Ministerio, las siguientes competencias:
a) Respecto a los créditos presupuestarios de la Secretaría General de Formación
Profesional, las relativas al reconocimiento de la obligación, la propuesta de pago y la
expedición y aprobación de los documentos contables en todas sus fases, vinculado a
los expedientes de contratación siguientes:
1.º Los que excedan de 12.000.000 de euros.
2.º Aquéllos cuyas facultades de contratación sean de competencia de la persona
titular del Gabinete Técnico de la Secretaría General de Formación Profesional.
3.º Aquéllos cuyas facultades de contratación sean de competencia de la persona
titular de la Dirección General de Planificación, Innovación y Gestión de la Formación
Profesional.
b) Respecto a los créditos presupuestarios de la Subsecretaría y la Secretaría
General Técnica, las relativas al reconocimiento de la obligación, la propuesta de pago y
la expedición y aprobación de los documentos contables en todas sus fases, vinculados
a los contratos competencia de la Subsecretaría, y a los contratos cuya cuantía exceda
de 12.000.000 de euros, en el ámbito de la Subsecretaría y de la Secretaría General
Técnica.
14. La persona titular de la Subdirección General de Gestión Económica y del
Fondo Social Europeo ejercerá, por delegación de las personas titulares del Ministerio,
Secretaría de Estado de Educación y Subsecretaría:
a) En relación con los créditos de sus respectivos ámbitos de gestión, las
competencias sobre el reconocimiento de la obligación, la propuesta de pago y la
expedición y aprobación de los documentos contables en todas sus fases, vinculados a
los expedientes de contratación cuyas competencias se encuentren comprendidas en el
ámbito de la Junta de Contratación del Ministerio, y a todos los expedientes de
contratación en los que interviene la Mesa de Contratación como órgano de asistencia.
Se exceptúa de esta competencia la aprobación del documento contable A de los
expedientes de contratación que instrumenten ayudas en especie, al amparo de la
cve: BOE-A-2025-7021
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 84
Lunes 7 de abril de 2025
Sec. III. Pág. 48006
b) La aprobación y compromiso del gasto correspondientes a los expedientes de
contratación a ella atribuidas hasta el límite de 12.000.000 de euros, en el ámbito de la
Subsecretaría y la Secretaría General Técnica.
c) La aprobación y compromiso de gasto, correspondientes a los expedientes de
contratación cuando la cuantía de los contratos exceda de 12.000.000 de euros, en el
ámbito de la Subsecretaría y de la Secretaría General Técnica.
11. La persona titular del Gabinete Técnico de la Subsecretaría ejercerá, por
delegación de la persona titular del Ministerio, las facultades de contratación hasta el
límite de los contratos menores referidas al ámbito del servicio presupuestario propio de
la Subsecretaría que no correspondan a otros órganos o unidades de la Subsecretaría.
Y, por delegación de la persona titular de la Subsecretaría, las competencias de la
aprobación y compromiso de gasto, el reconocimiento de la obligación y la propuesta de
pago, así como la aprobación de los documentos contables correspondientes, vinculados
a dichos expedientes de contratación.
12. Las personas titulares de las Subdirecciones Generales de Oficialía Mayor,
Tecnologías de la Información y Comunicaciones, Personal y de Gestión Económica y
del Fondo Social Europeo ejercerán, en su respectivo ámbito, por delegación de la
persona titular del Ministerio, las facultades de contratación, respecto a los créditos que
gestionen, que no correspondan a otros órganos o unidades de la Subsecretaria y que
no se encuentren comprendidos en el ámbito de la Junta de Contratación del
Departamento.
13. La persona titular de la Subdirección General de Gestión Económica y del
Fondo Social Europeo ejercerá, además, por delegación de la persona titular del
Ministerio, las siguientes competencias:
a) Respecto a los créditos presupuestarios de la Secretaría General de Formación
Profesional, las relativas al reconocimiento de la obligación, la propuesta de pago y la
expedición y aprobación de los documentos contables en todas sus fases, vinculado a
los expedientes de contratación siguientes:
1.º Los que excedan de 12.000.000 de euros.
2.º Aquéllos cuyas facultades de contratación sean de competencia de la persona
titular del Gabinete Técnico de la Secretaría General de Formación Profesional.
3.º Aquéllos cuyas facultades de contratación sean de competencia de la persona
titular de la Dirección General de Planificación, Innovación y Gestión de la Formación
Profesional.
b) Respecto a los créditos presupuestarios de la Subsecretaría y la Secretaría
General Técnica, las relativas al reconocimiento de la obligación, la propuesta de pago y
la expedición y aprobación de los documentos contables en todas sus fases, vinculados
a los contratos competencia de la Subsecretaría, y a los contratos cuya cuantía exceda
de 12.000.000 de euros, en el ámbito de la Subsecretaría y de la Secretaría General
Técnica.
14. La persona titular de la Subdirección General de Gestión Económica y del
Fondo Social Europeo ejercerá, por delegación de las personas titulares del Ministerio,
Secretaría de Estado de Educación y Subsecretaría:
a) En relación con los créditos de sus respectivos ámbitos de gestión, las
competencias sobre el reconocimiento de la obligación, la propuesta de pago y la
expedición y aprobación de los documentos contables en todas sus fases, vinculados a
los expedientes de contratación cuyas competencias se encuentren comprendidas en el
ámbito de la Junta de Contratación del Ministerio, y a todos los expedientes de
contratación en los que interviene la Mesa de Contratación como órgano de asistencia.
Se exceptúa de esta competencia la aprobación del documento contable A de los
expedientes de contratación que instrumenten ayudas en especie, al amparo de la
cve: BOE-A-2025-7021
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 84