Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. III. Otras disposiciones. Delegación de competencias. (BOE-A-2025-7021)
Orden EFD/335/2025, de 3 de abril, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y de delegación de competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 84

Lunes 7 de abril de 2025

Sec. III. Pág. 48011

aprobación de los documentos contables correspondientes. La delegación se extiende a
cuantas otras actuaciones se deriven del ejercicio de las facultades delegadas con
independencia de su cuantía y a la instrucción y resolución de los procedimientos de
reintegro.
5. La persona titular de la Subdirección General de Gestión Económica y del Fondo
Social Europeo ejercerá, por delegación de las personas titulares del Ministerio,
Secretaría de Estado de Educación y Subsecretaría, el reconocimiento de la obligación y
la propuesta de pago, y la expedición y aprobación de los documentos contables en
todas sus fases, vinculados a transferencias, premios, becas, subvenciones y ayudas
públicas, y contribuciones o aportaciones en el ámbito del servicio presupuestario de la
Secretaría General Técnica.
6. La persona titular de la Secretaría General Técnica ejercerá, por delegación de la
persona titular de la Subsecretaría, las facultades relativas a transferencias, premios,
becas, subvenciones y ayudas públicas, y contribuciones o aportaciones en su
respectivo ámbito de gestión, incluida la resolución, con excepción de la convocatoria,
hasta el límite de 600.000 euros, así como cuantas otras actuaciones se deriven de las
mismas, con independencia de su cuantía, incluyendo la aprobación y compromiso de
gasto. La delegación se extiende a cuantas otras actuaciones se deriven del ejercicio de
las facultades delegadas con independencia de su cuantía y a la instrucción y resolución
de los procedimientos de reintegro.
7. Las personas titulares de las Subdirecciones Generales de la Secretaria de
Estado de Educación, de la Secretaría General de Formación Profesional y de la
Subsecretaría ejercerán, por delegación de las personas titulares del Ministerio, de la
Secretaría de Estado de Educación y de la Subsecretaría, en sus ámbitos
correspondientes, la instrucción, en su caso y de acuerdo con lo establecido en las
correspondientes convocatorias, de los procedimientos de reintegro de transferencias,
premios, becas, subvenciones y ayudas públicas y contribuciones o aportaciones en sus
ámbitos respectivos de gestión.
Artículo 7.

Indemnizaciones por razón de servicio.

1. La persona titular de la Subsecretaría ejercerá, por delegación de la persona
titular del Ministerio, la autorización de las comisiones de servicio con derecho a
indemnización por cuantía exacta para la persona titular del Ministerio y altos cargos
dependientes de la misma.
2. La persona titular del Gabinete de la Ministra ejercerá, por delegación de la
persona titular del Ministerio, las competencias siguientes:

3. Las personas titulares de los órganos y unidades que se indican ejercerán, por
delegación de la persona titular de la Subsecretaría, las competencias siguientes:
a) La persona titular de la Dirección del Gabinete de la Ministra las competencias de:
1.º La designación de comisiones de servicio con derecho a indemnización de los
miembros de las delegaciones que presida la persona titular del Ministerio, incluidas las
personas no dependientes del Ministerio que puedan formar parte de las mismas por
cualquier circunstancia.

cve: BOE-A-2025-7021
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a) La aprobación de las indemnizaciones al personal que desempeñe cometidos
especiales de escolta y a los conductores de la persona titular del Ministerio, a que
hacen referencia las disposiciones adicionales séptima y octava del Real
Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, así
como el visado de los gastos susceptibles de indemnización.
b) El visado de conformidad de la justificación documental de los gastos realizados
por el personal que forme parte de las delegaciones oficiales presididas por la persona
titular del Ministerio, para su resarcimiento, cuando este visado no se encomiende a un
comisionado con rango al menos de Subdirección General o equivalente.