Ministerio Del Interior. I. Disposiciones generales. Armas. Reglamento. (BOE-A-2025-6796)
Orden INT/330/2025, de 2 de abril, por la que se modifica la Instrucción Técnica Complementaria número 1 «Características y medidas de seguridad en galerías y campos de tiro» del Reglamento de Armas, aprobado por el Real Decreto 137/1993, de 29 de enero.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 82

Viernes 4 de abril de 2025

Sec. I. Pág. 46383

Las puertas de acceso abrirán hacia afuera, dispondrán de un sistema de
retención que evite su cierre violento y serán del tamaño suficiente para el paso
por ella del material auxiliar y equipos de emergencia. Podrán ser de una o de dos
hojas, normalizadas y con un sistema anti-pánico.
Las puertas de acceso, así como las puertas de servicio si existieran, estarán
fabricadas de chapa metálica de 1,5 centímetros de espesor mínimo, Con material
aislante y absorbente acústico en su interior, con revestimiento exterior y cierre de
presión mediante leva que impedirá que el ruido producido en el interior se filtre
hacia el exterior.
c)

Paramentos o cerramientos laterales.

En todo caso el espesor y naturaleza de los materiales utilizados serán
suficientes para detener y absorber los proyectiles y evitar rebotes.
Los paramentos laterales serán de muro de hormigón armado de al menos 25
centímetros de espesor.
El revestimiento interior de las paredes estará compuesto de recubrimiento de
pared con material de aislamiento acústico y cobertura de las paredes mediante
rastrel de madera y panel de aglomerado y planchas exteriores sobre el conjunto
de pared y forrados de caucho balístico anti-rebote de al menos 5 centímetros de
espesor.
d) Techo.
El revestimiento del techo será similar al de las paredes, estando en todo caso
las estructuras que lo soportan recubiertas de material balístico anti-rebote con
terminación en poro abierto de 5 centímetros de espesor como mínimo.
e) Suelo.
El piso o suelo será plano, horizontal y de material no resbaladizo o que pueda
provocar la caída del tirador durante su desplazamiento.
El material del suelo debe absorber los impactos en todas direcciones, y en
ningún caso podrá ser de cemento, hormigón o cualquier otro material duro o
contener elementos susceptibles de producir rebotes.
f)

Columnas.

Si existiesen, serán cuadradas, nunca redondas ni con bordes redondeados, y
colocadas de tal manera que los impactos incidan sobre superficies planas
perpendiculares a la línea de fuego. Estarán siempre protegidas con material antirebote de 5 centímetros de espesor mínimo.
No se permitirá ningún tipo de tirante metálico de sujeción de los elementos de
la cancha en los que puedan incidir los proyectiles y ser desviados.
Espaldón.

El espaldón tiene por objeto detener los proyectiles disparados en la cancha y
deben cubrir todo su ancho. En todo caso, su espesor y características serán los
adecuados al máximo calibre a emplear, debiendo detener y absorber los
proyectiles, sin producir rebotes ni desprendimientos de esquirlas, así como
impedir la producción de plomo en suspensión. El espaldón podrá ser de:
– Cortina de caucho. Podrá estar compuesto por una cortina de caucho antifragmentos seguida de dos hileras de láminas de caucho, suspendidas y
entrecruzadas entre sí 45 grados, favoreciendo el rozamiento del proyectil y por
tanto la pérdida de energía del mismo. Este sistema permite que el proyectil no se

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g)