Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-6775)
Resolución de 27 de marzo de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula la declaración ambiental estratégica del «Plan Director de Infraestructuras del Puerto de Santa Cruz de La Palma».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 81

Jueves 3 de abril de 2025

Sec. III. Pág. 46302

En la información aportada por el promotor no figura su respuesta a este informe.
Por su parte la Agencia Canaria de Protección del Medio Natural considera que no
tiene que realizar informe respecto de este Plan Director de Infraestructuras.
La Dirección General de la Costa y el Mar del MITECO recuerda que las especies
protegidas presentes en la zona de actuación y recogidas en el LESRPE y el CEEA, se
encuentran sometidas a las medidas de protección establecidas en la citada
Ley 42/2007, y en particular a las prohibiciones de su artículo 57. El promotor ni en el
EsAE ni en su respuesta a este informe desarrolla ningún tipo de medida en este
sentido. En lo que se refiere al Plan de Vigilancia Ambiental dicha Dirección General
comunica que el Plan Director de Infraestructuras propuesto incluye diversas
actuaciones que van a alterar las corrientes del puerto, pudiendo modificar la tasa de
renovación de agua marina en el interior del puerto, y en consecuencia pudiendo afectar
a medio-largo plazo a las comunidades bentónicas marinas que se ubican en las aguas
de la Zona I y II de Servicio de dicho puerto. Por lo que recomienda ampliar el Plan de
Vigilancia Ambiental asociado al Plan Director de Infraestructuras.
También comunica que el EsAE debería profundizar en la evaluación del ruido
submarino sobre la fauna marina de la zona, tanto durante la fase de obras, como en la
fase de funcionamiento. El promotor no contesta a este requerimiento.
La presente resolución incluye los condicionantes establecidos por la Subdirección
General de Biodiversidad Terrestre y Marina y la Dirección General de la Costa, ambas
del MITECO.
Red Natura 2000 y otros Espacios Protegidos:

En el entorno del puerto, se ubican varios espacios de la Red Natura 2000,
concretamente la Zona Especial de Conservación (ZEC) ES7020014 «Risco de La
Concepción» y ES7020076 «Riscos de Bajamar». así como la Zona de Especial
Protección para las Aves (ZEPA) ES0000525 «Espacio Marino del Norte de La Palma»
de gestión estatal. Las dos ZEC son de carácter terrestre y sus objetivos de
conservación son hábitats de interés comunitario terrestres. Están próximas al puerto,
pero no se verán directamente afectadas por las actuaciones y tampoco sus objetivos de
conservación. Respecto a la ZEPA, la Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y
Marina del MITECO ha informado que no cabe esperar, a priori, una afección negativa
significativa de los valores naturales que motivaron la designación del espacio a causa
de la implementación del plan, dada la distancia a la que se encuentra.
Además de estos espacios, la totalidad de la isla junto con dos franjas marinas está
declarada Reserva Mundial de la Biosfera. El plan de gestión establece la zonificación
diferenciando por orden decreciente de protección en zona núcleo, zona tampón y zona
de transición. El puerto se localiza en esta última zona, aunque en la Punta de Los
Guinchos, aproximadamente a 1 km de las obras propuestas, se localiza una zona
núcleo de la citada Reserva de la Biosfera coincidente con el hábitat de especies de
algas protegidas y con el hábitat de la langosta pintada, en peligro de extinción.
El EsAE califica el impacto para esta zona con una relevancia alta, negativo, con
efecto a medio plazo y permanente, dadas las características ambientales detectadas en
el entorno. Como única medida para la protección de la zona núcleo de la Reserva de la
Biosfera el promotor plantea que los distintos proyectos para desarrollar el PDI, en sus
procesos de evaluación de impacto ambiental, tengan en cuenta las potenciales
afecciones a la zona de la Punta de Los Guinchos y, en su caso, propongan las medidas
correctoras y de seguimiento necesarias.
C.2.5

Suelos, fondos marinos:

El EsAE establece que el Puerto de Santa Cruz de La Palma no requiere dragados
de mantenimiento en la actualidad. La batimetría, los aportes sedimentarios de la cuenca
hidrográfica que vierte a la dársena, así como la dinámica litoral del entorno del Puerto
de Santa Cruz de La Palma no propician acumulaciones sedimentarias que impidan la

cve: BOE-A-2025-6775
Verificable en https://www.boe.es

C.2.4