Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-6774)
Resolución de 25 de marzo de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parque eólico Lécera de 179,84 MW, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Zaragoza».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 81

Jueves 3 de abril de 2025

Sec. III. Pág. 46281

casi toda la zona. El promotor propone el protocolo a seguir en caso de conato de
incendio en el parque eólico.
– Riesgos geológicos: el EsIA incluye entre estos riesgos el de colapso, indicando
que según el mapa del Instituto Geológico y Minero de España (IGME) sobre
movimientos del terreno de España, la zona de implantación del proyecto presenta una
susceptibilidad de riesgo de colapso muy baja, al dominar las gravas y arcillas, no
localizándose suelos subterráneos de materiales solubles. En cuanto al riesgo de
deslizamientos, el riesgo es bajo, señalando que los materiales no presentan una
susceptibilidad de riesgo de deslizamiento. En lo que se refiere al riesgo sísmico, señala
que, según el mapa de «peligrosidad sísmica de España», el proyecto se halla en una
zona donde son previsibles sismos de intensidad inferior a los de grado VI.
– Riesgos meteorológicos: en lo que respecta al viento, según el mapa de
susceptibilidad de vientos fuertes del Departamento de Política Territorial e Interior del
Gobierno de Aragón, el ámbito de estudio se encuentra en zona de riesgo alto por
fuertes vientos. En la zona del proyecto, existe el riesgo de que se produzcan impactos
por rayos generados durante las tormentas, ya que el parque eólico se encuentra
localizado dentro de una región o área catalogada con un índice 1,50 (densidad de
impactos sobre el terreno, número impactos/año, km2), siendo la probabilidad de
ocurrencia baja, y estando los aerogeneradores protegidos contra la acción de rayos.
Asimismo, se indica que como sistemas de protección adicional el sistema eléctrico
cuenta con protectores de sobretensión. En cuanto al riesgo de inundación, una vez
analizados los datos del Plan Especial Protección Civil por inundaciones del Gobierno de
Aragón, se indica que la zona de actuación se localiza en un área de bajo riesgo de
inundaciones, considerando que las instalaciones analizadas no son vulnerables a este
tipo de catástrofe. Por otro lado, el EsIA indica que, según la cartografía de la
Confederación Hidrográfica del Ebro, el tramo correspondiente al área de estudio es
catalogado como zona con bajo riesgo de inundación, de acuerdo con la consulta sobre
zonas afectadas por láminas de inundación para los distintos periodos de retorno.
Asimismo, señala que la cartografía presenta una amplia área de inundación en ambas
márgenes del río Gállego, al noreste del área de estudio, indicando que en ningún
momento se prevé que el área de inundación llegue a la zona de ubicación de la línea de
evacuación aérea.
Finalmente, el EsIA realiza un análisis cuantitativo de la vulnerabilidad del proyecto,
considerando que el riesgo más significativo se relaciona con la probabilidad de que se
genere un incendio y, en menor medida, contaminación por lixiviados o humos producto
de un incendio; señalando que las instalaciones disponen de las medidas de prevención
antiincendios normativamente establecidas.
Programa de vigilancia ambiental.

El EsIA incluye un Plan de Vigilancia Ambiental (en adelante PVA) estructurado en
cuatro fases: fase previa al inicio de las obras, fase de construcción, fase de explotación
y fase de desmantelamiento, abarcando todo el periodo de vida útil de las instalaciones,
establecido en veinticinco años. Asimismo, se determina el tipo de informes a emitir, su
periodicidad, así como el presupuesto establecido.
Entre los controles contemplados en el PVA para la fase previa al inicio de las obras,
figuran la verificación de replanteo de la obra, la verificación de la no afección a los
elementos del medio, previamente identificados y caracterizados en el estudio de
impacto ambiental, así como la realización de un reportaje fotográfico de las zonas a
afectar previamente a su alteración. El promotor indica que la metodología, resultado y
conclusiones de estos estudios se incluirán en un primer informe de vigilancia ambiental
previo al inicio de la obra.

cve: BOE-A-2025-6774
Verificable en https://www.boe.es

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