Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-6774)
Resolución de 25 de marzo de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parque eólico Lécera de 179,84 MW, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Zaragoza».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 81

Jueves 3 de abril de 2025

Sec. III. Pág. 46277

Conocimiento Espacial de Aragón (ICE-Aragón). Respecto a los impactos relativos al
conjunto de los desarrollos eólicos en el ámbito de estudio, la zona ya cuenta con un
impacto asociado a desarrollos eólicos de parques construidos, así como de parques en
un estado de tramitación más avanzado. Concluye, que el global de impactos analizados
del presente proyecto, después de la aplicación de las medidas correctoras propuestas,
es compatible-moderado.
Se incluye una condición sobre el paisaje en el condicionado de la resolución.
b.9

Patrimonio cultural, bienes materiales y vías pecuarias.

El promotor indica que ha realizado las correspondientes prospecciones
arqueológicas previas en el ámbito comprendido por el parque eólico y por la línea de
evacuación, que fueron remitidas al órgano autonómico competente para su valoración.
A este respecto, el promotor ha recibido resolución de la Dirección General de
Patrimonio Cultural del Gobierno de Aragón relativa a los resultados de las mencionadas
prospecciones, en la que el organismo destaca los siguientes aspectos:
– El informe presentado reúne la información resultante de las prospecciones
realizadas recientemente y la información extraída de expedientes anteriores.
– En las prospecciones arqueológicas realizadas se han detectado varias afecciones
al patrimonio arqueológico, por lo que se proponen medidas correctivas.
– En materia de patrimonio etnológico, se han localizado 42 elementos
correspondientes al patrimonio etnológico, preindustrial e industrial: el peirón de San
Gregorio de Lagata, Bien de Interés Cultural; 19 casetas de refugio relacionadas con
actividades agroganaderas; 18 corrales o parideras de grandes dimensiones, 1 pozo o
balsa; un mojón de delimitación de término entre los términos municipales de Moneva y
Letux (Zaragoza); dos zonas de extracción de áridos y alabastro; finalmente, las
construcciones de la antigua estación de ferrocarril de Lécera y el trazado de la
desaparecida línea férrea de la compañía Minas y Ferrocarriles de Utrillas.
En virtud de ello, plantea unas medidas preventivas que, en su mayoría, hacen
referencia al control y seguimiento arqueológico durante las obras.
Respecto a la línea de evacuación, el promotor incluye como anexo VI el
correspondiente informe sobre la prospección arqueológica, destacando lo siguiente:
En materia de arqueología, el promotor señala:
– Ante el hallazgo de cerámicas producidas a mano en el emplazamiento del
apoyo 19 (término municipal Samper del Salz), se realizarán catas previas, siempre que
no sea posible el desplazamiento de la torre. Asimismo, considera necesaria la
realización de catas previas en el apoyo 81 (término municipal de Fuendetodos), siempre
que no sea posible el desplazamiento del mismo.
– A una distancia inferior a 15 m del eje del acceso al apoyo 82, y a 49 m del mismo
se localizan el Parapeto de Las Viñas y una Cerrada ganadera (término municipal
Fuendetodos), por lo que considera recomendable evitar la afección, así como el
balizado preventivo de los restos.

– El Corral de Juan Graso (término municipal de Azuara) se halla a unos 36 m del
apoyo 32, considerando que no hay motivos para que se vea afectado en el transcurso
de las obras.
– El Corral de la Portillada (término municipal de Azuara) se sitúa a 34 m de
distancia del eje del acceso al apoyo 65.
– Caseta ubicada a 50 m del apoyo 57 (término municipal de Azuara); caseta
ubicada a 15 m del apoyo 14 (término municipal de Villanueva de Huerva); caseta
ubicada a 6 metros del apoyo 121 (término municipal de Villanueva de Huerva); caseta

cve: BOE-A-2025-6774
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El promotor, en materia de etnología señala, entre otras, las siguientes
consideraciones: