Tribunal Constitucional. T.C. Sección del Tribunal Constitucional. Sentencias. (BOE-A-2025-6592)
Sala Primera. Sentencia 48/2025, de 24 de febrero de 2025. Recurso de amparo 3301-2024. Promovido por doña Clara Pérez Balboa en relación con las resoluciones administrativas y judiciales que desestimaron su petición de revisión y ampliación de la prestación por nacimiento y cuidado de hijo menor, como madre biológica de familia monoparental. Vulneración del derecho a la igualdad ante la ley sin discriminación por razón de nacimiento: resoluciones judiciales y administrativas que aplican una regulación legal declarada inconstitucional en la STC 140/2024, en tanto que omite la posibilidad de que las madres biológicas de familias monoparentales, trabajadoras por cuenta ajena, puedan ampliar su permiso por nacimiento disfrutando del permiso que correspondería al otro progenitor, caso de existir.
5 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 78

Martes 1 de abril de 2025

Sec. TC. Pág. 44701

5. La Secretaría de Justicia de la Sala Primera del Tribunal, por diligencia de
ordenación de 30 de diciembre de 2024, tuvo por recibido el testimonio de las
actuaciones, por personada y parte a la letrada de la administración de la Seguridad
Social en nombre del INSS y de la Tesorería General de la Seguridad Social; y acordó
dar vista de las actuaciones a las partes personadas y al Ministerio Fiscal, por plazo
común de veinte días, a fin de que, conforme con lo previsto en el art. 52 de la Ley
Orgánica del Tribunal Constitucional, pudieran presentar alegaciones.
6. El Ministerio Fiscal, mediante escrito registrado el 29 de enero de 2025, presentó
alegaciones interesando la estimación del recurso de amparo por vulneración del
derecho fundamental a la igualdad ante la ley sin discriminación por razón de nacimiento
(art. 14 CE), para cuyo restablecimiento insta que se declare la nulidad de las
resoluciones administrativas y judiciales impugnadas en amparo, con retroacción de
actuaciones al momento en el que se dictó la resolución administrativa a fin de que, en
los términos expuestos en la STC 140/2024, de 6 de noviembre, se dicte otra respetuosa
con el derecho fundamental vulnerado.
El Ministerio Fiscal, tras resumir la jurisprudencia constitucional establecida en la
STC 140/2024, en la que se acuerda la inconstitucionalidad —sin nulidad— de los
arts. 48.4 LET y 177 LGSS, hace aplicación de ella al presente recurso y considera que
procede la estimación del recurso pues al aplicar los mencionados artículos,
recientemente declarados inconstitucionales, las resoluciones impugnadas han
producido la discriminación prohibida por el art. 14.1 CE, tanto de la demandante de
amparo por constituir una familia monoparental, (por razón del modelo de familia), como
del hijo por razón de nacimiento, por haber nacido en una familia monoparental.
7. La administración de la Seguridad Social, por escrito registrado el 15 de enero
de 2025, presentó alegaciones allanándose a la demanda, poniendo de manifiesto que, a
la vista de la jurisprudencia establecida en la STC 140/2024, de 6 de noviembre, y en las
diversas sentencias que la aplican, la Dirección General del Servicio Jurídico de la
Seguridad Social dictó la instrucción 10/2024, de 23 de diciembre, de la que se
acompaña copia, en la que se autoriza su allanamiento en los recursos de amparo
pendientes ante el Tribunal Constitucional que resulten afectados por lo establecido en el
FJ 7 de la STC 140/2024, que es lo que sucede en el presente recurso.
8.

La demandante de amparo no presentó alegaciones.

9. Por providencia de 20 de febrero de 2025 se señaló para deliberación y votación
de la presente sentencia el día 24 del mismo mes y año.
II. Fundamentos jurídicos
Objeto del recurso.

El objeto del presente proceso es determinar si las resoluciones impugnadas han
ocasionado a la demandante una discriminación por razón de nacimiento, contraria al
art. 14 CE, en relación con el art. 39 CE, al aplicar el art. 48.4 del texto refundido de la
Ley del estatuto de los trabajadores, en relación con el art. 177 del texto refundido de la
Ley general de la Seguridad Social, en la redacción dada a los mismos por el Real
Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de
trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación.
2. Aplicación de la doctrina constitucional fijada en la STC 140/2024, de 6 de
noviembre.
La cuestión de fondo planteada en este recurso de amparo es coincidente con la
resuelta por la STC 140/2024, de 6 de noviembre, por lo que es preciso remitirse a sus
fundamentos jurídicos, en los que, respectivamente, se expusieron la evolución de la

cve: BOE-A-2025-6592
Verificable en https://www.boe.es

1.