Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-6572)
Resolución de 27 de marzo de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica el Protocolo general de actuación entre el Ministerio de Defensa y la Universidad Nacional de Educación a Distancia, para facilitar al personal militar cursar enseñanzas universitarias oficiales y otras titulaciones.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 78

Martes 1 de abril de 2025

Sec. III. Pág. 44591

actividades profesionales que exijan la aplicación de conocimientos y métodos científicos
y para la creación artística, y establecer y desarrollar programas de educación
permanente, promoción cultural, perfeccionamiento y actualización profesional.
Finalidades que la UNED recoge y especifica en el artículo 4, letras a, b y c de sus
Estatutos.
Noveno.
Que la UNED está orientada a que su estudiantado pueda llevar a cabo sus estudios
en el lugar y momento que estime convenientes, ofreciéndole un importante apoyo
presencial en los centros asociados, así como en los centros y aulas en el exterior.
distribuidos en países de Europa, América y África. Para el cumplimiento de dicha
finalidad, la UNED ejerce sus actividades académicas a través de la modalidad de
educación a distancia, siendo su ámbito de actuación el conjunto del Estado y aquellos
lugares del extranjero donde pueda desarrollar legalmente su actividad, donde lo
aconsejen razones demográficas, culturales, educativas o investigadoras, facilitando, de
esta forma, el cursar estudios superiores, con independencia de la situación geográfica
de la persona (Disposición adicional primera. Universidad Nacional de Educación a
Distancia, de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario).
Décimo.
Que ambas partes consideran de interés facilitar que el militar pueda cursar
enseñanzas universitarias oficiales, particularmente las que posibiliten el cambio de
escala o, en su caso, de cuerpo, adaptar o reorientar su carrera o ejercer en los campos
de actividad correspondientes con una mayor especialización, así como, en su caso,
apoyar al personal de tropa y marinería con al menos 25 años de edad, para que pueda
acceder a los estudios universitarios oficiales de grado, mediante la superación de la
correspondiente prueba de acceso a la Universidad para mayores de 25, 40 o 45 años.
Undécimo.
Que ambas partes consideran de interés facilitar que el militar pueda realizar
aquellas enseñanzas propias de la UNED que se adapten a las necesidades formativas
del MDEF y contribuyan a su formación y especialización.
Duodécimo.
Que ambas partes consideran de interés el estudio de posibles colaboraciones en el
marco de la investigación de interés común y de las enseñanzas oficiales y propias de la
UNED, que satisfagan necesidades de formación del MDEF, así como las propias de la
UNED.

Que, a la vista del incremento de las líneas de colaboración entre las dos
instituciones, es también interés de ambas partes que se estudie la posibilidad de
establecer un Programa UNED-Ministerio de Defensa, encargado de la coordinación de
las distintas actividades que se desarrollen bajo el amparo del presente Protocolo.

cve: BOE-A-2025-6572
Verificable en https://www.boe.es

Decimotercero.