Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-6353)
Resolución de 6 de marzo de 2025, de la Dirección General de Carreteras, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Paiporta, relativo a las actuaciones en materia de infraestructura viaria para hacer frente a los daños causados por la depresión aislada en niveles altos, DANA, entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024.
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 76
Sábado 29 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 42927
De acuerdo con lo expuesto, ambas administraciones suscriben este convenio con
sujeción a las siguientes
CLAÚSULAS
Primera.
Objeto del convenio.
El presente convenio tiene por objeto:
Establecer el régimen de colaboración entre el Ministerio de Transportes y Movilidad
Sostenible y el Ayuntamiento de Paiporta para el restablecimiento de las infraestructuras
viarias afectadas por los daños causados por la depresión aislada en niveles altos
(DANA), al amparo de lo establecido en el artículo 74 del Real Decreto-ley 7/2024, de 11
de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes para el impulso del Plan de
respuesta inmediata, reconstrucción y relanzamiento frente a los daños causados por la
depresión aislada en niveles altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de
octubre y el 4 de noviembre de 2024.
Las actuaciones objeto del presente convenio consisten en la reparación del Pont
Nou, del puente de la calle Primero de Mayo y del puente de la CV-406. Así mismo se
prevé la construcción de la pasarela Carrer Convent.
Segunda. Obligaciones del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible.
1. Contratar los trabajos de ingeniería para la definición de las actuaciones
recogidas en la cláusula primera.
2. Ejecutar las actuaciones recogidas en la cláusula primera, incluyendo todas las
asistencias técnicas necesarias para el correcto desarrollo de las mismas (control y
vigilancia, seguridad y salud, etc.).
3. Formalizar la cesión al Ayuntamiento de Paiporta de las infraestructuras
indicadas en la cláusula primera mediante acta de recepción y entrega suscrita por las
administraciones interesadas, en la que se definirán con precisión los límites de las
mismas.
4. Entregar al Ayuntamiento de Paiporta toda la documentación técnica existente
sobre las actuaciones realizadas en el municipio, tanto la relativa a las obras de
reparación como las de nueva construcción.
5. Subsanar las posibles deficiencias que puedan surgir durante el plazo de
garantía según lo establecido en la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, en el
Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general
de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, así como en el Pliego de
Cláusulas Administrativas Generales para la Contratación de Obras del Estado,
aprobado por Decreto 3854/1970 de 31 de diciembre.
6. Asumir el coste y el pago de las expropiaciones mencionadas al amparo de lo
dispuesto en la Resolución de declaración de emergencia de fecha 13 de diciembre
de 2024 dictada por el Secretario de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible en la
que se recogía un importe estimado para expropiaciones.
7. Tramitar la oportuna ampliación de la declaración de emergencia citada en el
punto anterior si fuera necesario autorizar un gasto superior para hacer frente al importe
derivado del expediente expropiatorio.
Tercera.
Obligaciones del Ayuntamiento de Paiporta.
El Ayuntamiento de Paiporta se compromete a:
1. Asumir la titularidad de las infraestructuras resultantes de las actuaciones
recogidas en la cláusula primera, incluyendo su puesta en servicio.
cve: BOE-A-2025-6353
Verificable en https://www.boe.es
El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible se compromete a:
Núm. 76
Sábado 29 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 42927
De acuerdo con lo expuesto, ambas administraciones suscriben este convenio con
sujeción a las siguientes
CLAÚSULAS
Primera.
Objeto del convenio.
El presente convenio tiene por objeto:
Establecer el régimen de colaboración entre el Ministerio de Transportes y Movilidad
Sostenible y el Ayuntamiento de Paiporta para el restablecimiento de las infraestructuras
viarias afectadas por los daños causados por la depresión aislada en niveles altos
(DANA), al amparo de lo establecido en el artículo 74 del Real Decreto-ley 7/2024, de 11
de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes para el impulso del Plan de
respuesta inmediata, reconstrucción y relanzamiento frente a los daños causados por la
depresión aislada en niveles altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de
octubre y el 4 de noviembre de 2024.
Las actuaciones objeto del presente convenio consisten en la reparación del Pont
Nou, del puente de la calle Primero de Mayo y del puente de la CV-406. Así mismo se
prevé la construcción de la pasarela Carrer Convent.
Segunda. Obligaciones del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible.
1. Contratar los trabajos de ingeniería para la definición de las actuaciones
recogidas en la cláusula primera.
2. Ejecutar las actuaciones recogidas en la cláusula primera, incluyendo todas las
asistencias técnicas necesarias para el correcto desarrollo de las mismas (control y
vigilancia, seguridad y salud, etc.).
3. Formalizar la cesión al Ayuntamiento de Paiporta de las infraestructuras
indicadas en la cláusula primera mediante acta de recepción y entrega suscrita por las
administraciones interesadas, en la que se definirán con precisión los límites de las
mismas.
4. Entregar al Ayuntamiento de Paiporta toda la documentación técnica existente
sobre las actuaciones realizadas en el municipio, tanto la relativa a las obras de
reparación como las de nueva construcción.
5. Subsanar las posibles deficiencias que puedan surgir durante el plazo de
garantía según lo establecido en la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, en el
Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general
de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, así como en el Pliego de
Cláusulas Administrativas Generales para la Contratación de Obras del Estado,
aprobado por Decreto 3854/1970 de 31 de diciembre.
6. Asumir el coste y el pago de las expropiaciones mencionadas al amparo de lo
dispuesto en la Resolución de declaración de emergencia de fecha 13 de diciembre
de 2024 dictada por el Secretario de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible en la
que se recogía un importe estimado para expropiaciones.
7. Tramitar la oportuna ampliación de la declaración de emergencia citada en el
punto anterior si fuera necesario autorizar un gasto superior para hacer frente al importe
derivado del expediente expropiatorio.
Tercera.
Obligaciones del Ayuntamiento de Paiporta.
El Ayuntamiento de Paiporta se compromete a:
1. Asumir la titularidad de las infraestructuras resultantes de las actuaciones
recogidas en la cláusula primera, incluyendo su puesta en servicio.
cve: BOE-A-2025-6353
Verificable en https://www.boe.es
El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible se compromete a: