Ministerio Para La Transformación Digital y de La Función Pública. III. Otras disposiciones. Ayudas. (BOE-A-2025-6371)
Orden TDF/304/2025, de 27 de marzo, por la que se modifica la Orden ETD/1180/2022, de 25 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca la concesión de ayudas para la creación de cátedras universidad-empresa (Cátedras Enia), destinadas a la investigación y desarrollo de la inteligencia artificial, para su difusión y la formación en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 29 de marzo de 2025

Sec. III. Pág. 43031

desarrollo de acciones de investigación, divulgación y explotación de resultados a través
de las cátedras universidad-empresa a financiar por medio de la convocatoria de ayudas
Cátedras Enia.
En relación con los principios de eficacia, eficiencia y transparencia, se ha recurrido a
la concurrencia competitiva, pues se trata del instrumento más adecuado para garantizar
la efectiva ejecución de las políticas públicas del Gobierno en la materia, asegurando la
igualdad de oportunidades. Por último, en relación con los principios de seguridad
jurídica y proporcionalidad, esta norma es coherente con el ordenamiento jurídico y el
instrumento es el más adecuado de acuerdo con lo establecido en la Ley 38/2003, de 17
de noviembre.
Por ello, las bases reguladoras de las ayudas incluidas en el ámbito de aplicación de
esta orden incorporan las previsiones, garantías y controles contenidos en la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, así como en su reglamento, aprobado por Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio y, en particular, en su artículo 17.3, quedando
sometidas todas las solicitudes de ayuda al régimen general de concurrencia competitiva
y a las normas de procedimiento definidas para él en dicha normativa.
Igualmente, se establecen, las obligaciones de publicidad y comunicación por parte
de los beneficiarios definidas por los artículos 18 y 20 de la Ley 38/2003 y los
artículos 30 y 31 de su reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio,
así como todas las derivadas de la legislación europea que sea de aplicación al Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia.
El artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
establece que, en el ámbito de la Administración General del Estado, así como de los
organismos públicos y restantes entidades de derecho público con personalidad jurídica
propia vinculadas o dependientes de aquella, los ministros correspondientes
establecerán las oportunas bases reguladoras de la concesión de subvenciones.
En su virtud, dispongo:
Artículo único. Modificar la Orden ETD/1180/2022, de 25 de noviembre, por la que se
establecen las bases reguladoras y se convoca la concesión de ayudas para la
creación de cátedras universidad-empresa (Cátedras Enia), destinadas a la
investigación y desarrollo de la inteligencia artificial, para su difusión y la formación
en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo,
financiado por la Unión Europea-Next Generation EU. Queda modificada en los
siguientes términos:.
Uno. Se modifica el artículo 8, Financiación de las actividades, que pasa a tener la
siguiente redacción:
«Artículo 8. Financiación de las actividades.
Desde la presentación de la solicitud por el beneficiario de la ayuda y hasta la
finalización de las actividades financiadas en la resolución de concesión, y que no
podrá ser, en ningún caso, posterior a la fecha de finalización establecida por el
hito 253 del Componente 16 Reforma 1, las ayudas que financien el proyecto se
cubrirán con los fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
con cargo a la reforma 1 del componente 16 de dicho plan.
Finalizadas dichas actividades financiadas con el Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia y durante el período de los doce meses siguientes, el
resto de las actividades previstas en el Plan de Actuaciones deberán financiarse
obligatoriamente con fondos propios que alcancen como mínimo un tercio de la
ayuda otorgada en la resolución de concesión proveniente del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia.»

cve: BOE-A-2025-6371
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Núm. 76