Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-5902)
Resolución de 14 de marzo de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto «Instalación de almacenamiento energético Picassent BESS, de 107,91 MW, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Valencia».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 71
Lunes 24 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 40193
minimizar el ruido en los equipos de refrigeración y la implantación de vegetación
arbolada en el perímetro de la parcela, a modo de pantalla acústica.
2.
Suelo y geomorfología.
Los principales impactos sobre los suelos tienen lugar en la fase de construcción,
durante las excavaciones y movimientos de tierra necesarios para la explanación de la
plataforma, la subestación y las zanjas y canalizaciones para la instalación de la línea
subterránea de evacuación, así como en la adecuación de los viales y caminos
necesarios.
El documento ambiental analiza los impactos asociados a la ocupación del suelo,
tránsito de vehículos y personas, desbroce y despeje del terreno, así como los posibles
vertidos accidentales de aceites, hidrocarburos u otros derrames que puedan producirse
por parte de los propios vehículos y de la maquinaria. En conjunto, estas actividades
pueden dar lugar a un aumento de la erosión y de la contaminación del suelo.
Durante la fase de explotación, no se prevén impactos potencialmente significativos
sobre el suelo, más allá de la propia ocupación de la planta, que a lo largo de la vida útil
del proyecto va a impedir recuperar el uso tradicional del suelo.
Las medidas preventivas propuestas por el promotor consisten en señalizar y
acotar la zona de obras, planificar las excavaciones y los movimientos de tierra
estrictamente necesarios para minimizar el volumen de excedentes generados y
fomentar la máxima compensación de tierras mediante su reutilización en rellenos y
terraplenes de la propia obra.
Aguas.
El documento ambiental señala que, durante la fase de obras, no se espera que haya
impactos significativos sobre las masas de agua superficiales, dado que no se identifica
ningún drenaje suficientemente cercano al ámbito del proyecto. Respecto a las aguas
subterráneas, el promotor señala que puede producirse puntualmente la contaminación
por vertidos accidentales de aceites y combustibles de la maquinaria a emplear, así
como una potencial alteración de la red de drenaje por los movimientos de tierra
previstos. Además, señala que podría verse afectada la capacidad de drenaje del suelo
por las actividades de cimentación necesarias para el montaje de los elementos
permanentes.
La Confederación Hidrográfica del Júcar confirma la ausencia de afecciones
significativas sobre cauces y sus zonas de servidumbre y policía.
El promotor propone una serie de medidas preventivas entre las que se incluye: la
instalación de un adecuado sistema de drenaje para la evacuación de las aguas
pluviales, establecimiento de un emplazamiento adecuado para el acopio de materiales,
así como para zona de vertedero, y la limpieza y mantenimiento de los vehículos de obra
en zonas impermeabilizadas, con el objetivo de evitar la infiltración sobre el terreno de
sustancias contaminantes. Por otro lado, señala que, en caso de vertidos accidentales,
se procederá al tratamiento inmediato de la zona afectada mediante el absorbente
adecuado, que sería gestionado posteriormente como residuo peligroso con el
tratamiento que legalmente corresponda.
La Dirección General de Calidad y Educación Ambiental de la Generalitat Valenciana
indica una serie de medidas a tener en cuenta por el promotor, que se incorporan como
prescripciones en la presente resolución, en aplicación de la Ley 7/2022 de Residuos y
Suelos Contaminados para una Economía Circular.
4.
Vegetación, flora y hábitats de interés comunitario.
Los impactos identificados por el promotor sobre este factor se concentran al inicio
de la fase de obra, con la eliminación de la vegetación existente dentro de la parcela de
implantación, zanjas para canalizaciones eléctricas y acondicionamiento de los accesos.
cve: BOE-A-2025-5902
Verificable en https://www.boe.es
3.
Núm. 71
Lunes 24 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 40193
minimizar el ruido en los equipos de refrigeración y la implantación de vegetación
arbolada en el perímetro de la parcela, a modo de pantalla acústica.
2.
Suelo y geomorfología.
Los principales impactos sobre los suelos tienen lugar en la fase de construcción,
durante las excavaciones y movimientos de tierra necesarios para la explanación de la
plataforma, la subestación y las zanjas y canalizaciones para la instalación de la línea
subterránea de evacuación, así como en la adecuación de los viales y caminos
necesarios.
El documento ambiental analiza los impactos asociados a la ocupación del suelo,
tránsito de vehículos y personas, desbroce y despeje del terreno, así como los posibles
vertidos accidentales de aceites, hidrocarburos u otros derrames que puedan producirse
por parte de los propios vehículos y de la maquinaria. En conjunto, estas actividades
pueden dar lugar a un aumento de la erosión y de la contaminación del suelo.
Durante la fase de explotación, no se prevén impactos potencialmente significativos
sobre el suelo, más allá de la propia ocupación de la planta, que a lo largo de la vida útil
del proyecto va a impedir recuperar el uso tradicional del suelo.
Las medidas preventivas propuestas por el promotor consisten en señalizar y
acotar la zona de obras, planificar las excavaciones y los movimientos de tierra
estrictamente necesarios para minimizar el volumen de excedentes generados y
fomentar la máxima compensación de tierras mediante su reutilización en rellenos y
terraplenes de la propia obra.
Aguas.
El documento ambiental señala que, durante la fase de obras, no se espera que haya
impactos significativos sobre las masas de agua superficiales, dado que no se identifica
ningún drenaje suficientemente cercano al ámbito del proyecto. Respecto a las aguas
subterráneas, el promotor señala que puede producirse puntualmente la contaminación
por vertidos accidentales de aceites y combustibles de la maquinaria a emplear, así
como una potencial alteración de la red de drenaje por los movimientos de tierra
previstos. Además, señala que podría verse afectada la capacidad de drenaje del suelo
por las actividades de cimentación necesarias para el montaje de los elementos
permanentes.
La Confederación Hidrográfica del Júcar confirma la ausencia de afecciones
significativas sobre cauces y sus zonas de servidumbre y policía.
El promotor propone una serie de medidas preventivas entre las que se incluye: la
instalación de un adecuado sistema de drenaje para la evacuación de las aguas
pluviales, establecimiento de un emplazamiento adecuado para el acopio de materiales,
así como para zona de vertedero, y la limpieza y mantenimiento de los vehículos de obra
en zonas impermeabilizadas, con el objetivo de evitar la infiltración sobre el terreno de
sustancias contaminantes. Por otro lado, señala que, en caso de vertidos accidentales,
se procederá al tratamiento inmediato de la zona afectada mediante el absorbente
adecuado, que sería gestionado posteriormente como residuo peligroso con el
tratamiento que legalmente corresponda.
La Dirección General de Calidad y Educación Ambiental de la Generalitat Valenciana
indica una serie de medidas a tener en cuenta por el promotor, que se incorporan como
prescripciones en la presente resolución, en aplicación de la Ley 7/2022 de Residuos y
Suelos Contaminados para una Economía Circular.
4.
Vegetación, flora y hábitats de interés comunitario.
Los impactos identificados por el promotor sobre este factor se concentran al inicio
de la fase de obra, con la eliminación de la vegetación existente dentro de la parcela de
implantación, zanjas para canalizaciones eléctricas y acondicionamiento de los accesos.
cve: BOE-A-2025-5902
Verificable en https://www.boe.es
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