Comunidad Autónoma de Aragón. I. Disposiciones generales. Universidad de Zaragoza. Estatutos. (BOE-A-2025-5746)
Decreto 23/2025, de 28 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Zaragoza.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 70

Sábado 22 de marzo de 2025

Sec. I. Pág. 38673

Sección 3.ª De la selección de otro profesorado contratado y de Profesoras/es Eméritas/os
Artículo 167. Convocatoria.
1. La contratación del profesorado por la Universidad de Zaragoza se realizará,
mediante la convocatoria pública de los correspondientes concursos, que se publicará en
el Boletín Oficial de Aragón, en la que se indicarán, al menos, el número y características
de cada plaza, la duración concreta y el régimen de dedicación de los contratos, la
composición de la comisión que resolverá el concurso, los plazos, términos y fases de
desarrollo de los concursos y los criterios para la adjudicación.
2. Los sistemas de selección serán el concurso o el concurso de méritos, según
corresponda a cada caso, con las especialidades propias de cada categoría. La
selección se realizará de acuerdo con lo previsto en la presente sección, que podrá ser
desarrollada por el Consejo de Gobierno.
3. El Consejo de Gobierno aprobará la normativa reguladora de la provisión urgente
y temporal de plazas como consecuencia de situaciones sobrevenidas que no puedan
ser atendidas mediante los mecanismos ordinarias.
Artículo 168.

Selección de Profesoras y Profesores Ayudantes Doctoras/es.

1. La selección de Profesoras y Profesores Ayudantes Doctoras/es se hará
mediante concursos públicos de méritos, con respeto a los principios de igualdad, mérito
y capacidad.
2. Las comisiones que resolverán los citados concursos estarán formadas por los
tres miembros siguientes, procurando una composición equilibrada entre mujeres y
hombres, salvo que no sea posible por razones fundadas y objetivas debidamente
motivadas:
a) Un profesor/a con vinculación permanente preferentemente del área o ámbito de
conocimiento o, en su caso, de área o ámbito de conocimiento afín, cuyo nombramiento
será a propuesta del Consejo de Departamento.
b) Dos profesoras/es, con vinculación permanente, del área o ámbito de
conocimiento cuya elección será por sorteo en los términos de los presentes Estatutos y
que no podrán pertenecer a la misma universidad.
Todos los miembros de la comisión serán nombrados por la Rectora o Rector, quien
designará presidenta/e y secretaria/o, a propuesta del Consejo de Departamento.
El mismo procedimiento se seguirá para la propuesta y designación de los miembros
suplentes.
3. Las comisiones de selección resolverán los concursos de acuerdo con la
adecuación de los currículos de los candidatos al área o ámbito de conocimiento
mediante la aplicación de criterios objetivos previamente establecidos de acuerdo con las
directrices aprobadas por los presentes Estatutos. Los criterios serán aprobados por el
respectivo departamento pudiendo fijarse, en su caso, criterios diferenciados para las
distintas especialidades que lo integren.
4. Los criterios de valoración se establecerán por el Consejo de Gobierno.

1. La selección de las Profesoras y Profesores Asociadas/os se hará mediante
concursos públicos de méritos, con respeto a los principios de igualdad, mérito y capacidad.
2. Las comisiones de selección estarán formadas por tres miembros
preferentemente del área o ámbito de conocimiento o, en su caso, de área o ámbito afín,
de la plaza convocada nombrados a propuesta del Consejo de Departamento. La
propuesta se efectuará, en primer lugar, entre profesorado doctor de la Universidad de
Zaragoza a tiempo completo y, en su defecto, de otras universidades.

cve: BOE-A-2025-5746
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Artículo 169. Selección de Profesoras y Profesores Asociadas/os.