Tribunal Constitucional. T.C. Sección del Tribunal Constitucional. Sentencias. (BOE-A-2025-5726)
Sala Segunda. Sentencia 29/2025, de 10 de febrero de 2025. Recurso de amparo 3182-2023. Promovido por doña Noelia Velarte Lahoz en relación con las resoluciones administrativas y judiciales que desestimaron su petición de revisión y ampliación de la prestación por nacimiento y cuidado de hijo menor, como madre biológica de familia monoparental. Vulneración del derecho a la igualdad ante la ley sin discriminación por razón de nacimiento: resoluciones judiciales y administrativas que aplican una regulación legal declarada inconstitucional en la STC 140/2024, en tanto que omite la posibilidad de que las madres biológicas de familias monoparentales, trabajadoras por cuenta ajena, puedan ampliar su permiso por nacimiento disfrutando del permiso que correspondería al otro progenitor, caso de existir.
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 21 de marzo de 2025

Sec. TC. Pág. 38413

El Ministerio Fiscal considera aplicable la doctrina constitucional expuesta en la
STC 150/2024, de 2 de diciembre, que resuelve el recurso de amparo núm. 1845-2024
en la que se aplica la doctrina constitucional fijada en la STC 140/2024, y
consiguientemente estimar la vulneración del derecho a la igualdad ante la ley sin
discriminación por razón de nacimiento (art. 14 CE).
Se detiene el fiscal en efectuar un examen del alcance del recurso de amparo a fin
de justificar únicamente la nulidad de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de
Aragón de 20 de marzo de 2023, que revocó la sentencia de 22 de noviembre de 2022
del Juzgado de lo Social que reconocía «el derecho de la actora a acumular a su
prestación de maternidad ya reconocida, otras once semanas adicionales de prestación
por nacimiento parto múltiple y cuidado de menores por su condición de familia
monoparental».
De este modo, examina la regulación relativa a la ampliación del permiso de once
semanas en caso de parto múltiple prevista en el art. 48.6 LET antes y después de la
modificación operada por el Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se
adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias
económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla
de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de directivas de la
Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y
conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores;
y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea, e indica que la
sentencia de instancia, en aplicación de la normativa vigente sobre la materia, otorgó
una ampliación del permiso de once semanas, las que se distribuyen en diez semanas,
que serían las que les correspondían al otro progenitor, tal como declaró la doctrina
constitucional mencionada, y una semana adicional por nacimiento múltiple, conforme a
la normativa vigente (Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para
garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el
empleo y la ocupación) en el momento del nacimiento de los menores que tuvo lugar el
día 7 de junio de 2022.
7. Mediante diligencia del secretario de la Sección Tercera de 21 enero de 2025, se
hizo constar haberse recibido los precedentes escritos de alegaciones quedando el
presente recurso de amparo pendiente para deliberación cuando por turno corresponda.
8. Por providencia de 6 de febrero de 2025, se señaló para deliberación y votación
de la presente sentencia el día 10 del mismo mes y año.
II. Fundamentos jurídicos
Único. Aplicación de la doctrina constitucional fijada en la STC 140/2024, de 6 de
noviembre.
El objeto del presente proceso es dilucidar si la sentencia 223/2023, de 20 de marzo,
dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, por la que se
estima el recurso de suplicación núm. 17-2023, revocando la sentencia dictada por el
Juzgado de lo Social núm. 3 de Zaragoza y desestimando la pretensión deducida por la
actora con absolución del INSS, ha ocasionado a la demandante una vulneración del
derecho a la igualdad (art. 14 CE) al aplicar el art. 48.4 y 6 del texto refundido de la Ley
del estatuto de los trabajadores (LET), en relación con el art. 177 del texto refundido de
la Ley general de la Seguridad Social (LGSS), en la redacción dada a los mismos por el
Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la
igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la
ocupación.
La cuestión de fondo planteada en este recurso de amparo es coincidente con la
resuelta por la STC 140/2024, de 6 de noviembre, por lo que debemos remitirnos a sus
fundamentos jurídicos, en los que respectivamente expusimos la evolución de la doctrina
constitucional sobre la protección por nacimiento y cuidado de menor (FJ 3), el alcance

cve: BOE-A-2025-5726
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 69