Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2025-5704)
Resolución de 4 de marzo de 2025, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a CSF Continua Anguita, SL, la declaración, en concreto, de utilidad pública para la planta fotovoltaica CSF Anguita, de 85,80 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación en Arcos de Jalón y Medinaceli (Soria).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 69

Viernes 21 de marzo de 2025

Sec. III. Pág. 38322








Número 38: municipio 39, parcela 5.025, polígono 63.
Número 39: municipio 39, parcela 9.001, polígono 64.
Número 53: municipio 39, parcela 87, polígono 63.
Número 62: municipio 39, parcela 5.062, polígono 64.
Número 76: municipio 39, parcela 168, polígono 65.
Número 89: municipio 39, parcela 9.001, polígono 63.

cve: BOE-A-2025-5704
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proyectos de tramitación autonómica de otros promotores con los que comparte algún
tipo de infraestructura. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación, el cual
indica que los proyectos están debidamente coordinados, existiendo contactos entre las
partes para poder alcanzar acuerdos de forma previa a la expropiación.
Se ha recibido respuesta de Iberenova Promociones, SAU, en la cual muestra su
oposición a la solicitud de declaración de utilidad pública, dado que Iberenova es
propietaria de dos fincas afectadas por el proyecto, indicando la no existencia de
contactos previos por parte del promotor para alcanzar un acuerdo amistoso para el uso
de las mismas. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación, el cual indica que
ya se han tenido contactos para el uso de dichas parcelas. El promotor manifiesta su
voluntad de alcanzar un acuerdo para regular su acceso a las parcelas indicadas. Se da
traslado de dicha respuesta a Iberenova, para que muestre su conformidad o reparos, no
habiéndose recibido contestación alguna en el plazo reglamentario, por lo que se
entiende la conformidad en virtud de lo dispuesto en el artículo 147.2 del referido Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Preguntados la Dirección General de Infraestructuras y Sostenibilidad Ambiental de
la Junta de Castilla y León, la Dirección General de Ordenación del Territorio de la Junta
de Castilla y León, la Diputación Provincial de Soria, la Compañía Logística de
Hidrocarburos Exolum, Green Capital Power, SL, Infraestructuras de Medinaceli, y el
Servicio Territorial de Cultura y Turismo de Soria, no se recibió contestación por su parte,
por lo que se entiende la conformidad en virtud de lo dispuesto en el artículo 146.1 del
referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
La petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo previsto en el
referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, con la publicación el 22 de marzo
de 2024 en el «Boletín Oficial del Estado» y el 11 de marzo de 2024 en el «Boletín Oficial
de la Provincia de Soria». Además, el anuncio fue publicado en el Diario de Soria del
día 19 de marzo de 2024 y remitido a los Ayuntamientos de Arcos de Jalón y Medinaceli
para su exposición pública. Se recibieron alegaciones al trámite de información pública
en el plazo previsto, las cuales fueron contestadas por el promotor.
El Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Soria emitió
informe en fecha 16 de septiembre de 2024.
La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico reconoce la libre iniciativa
empresarial para el ejercicio de las actividades destinadas al suministro de energía eléctrica.
La citada autorización se va a conceder sin perjuicio de las concesiones y
autorizaciones que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio
ambiente, y a cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables,
así como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para
la ejecución de la obra.
De acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la propuesta de resolución de
esta Dirección General ha sido sometida a trámite de audiencia del promotor, que ha
respondido al mismo manifestando su conformidad.
Asimismo, el promotor ha manifestado haber alcanzado acuerdos con los titulares de
una serie de terrenos afectados, por lo que solicita excluir de la relación de bienes y
derechos afectados las siguientes parcelas: