Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2025-5704)
Resolución de 4 de marzo de 2025, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a CSF Continua Anguita, SL, la declaración, en concreto, de utilidad pública para la planta fotovoltaica CSF Anguita, de 85,80 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación en Arcos de Jalón y Medinaceli (Soria).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 69
Viernes 21 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 38321
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 4 de marzo de 2025, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a CSF Continua Anguita, SL, la
declaración, en concreto, de utilidad pública para la planta fotovoltaica CSF
Anguita, de 85,80 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de
evacuación en Arcos de Jalón y Medinaceli (Soria).
Con fecha 30 de junio de 2023, mediante Resolución de la Dirección General de
Política Energética y Minas se otorga a CSF Continua Anguita, SL, autorización
administrativa previa para la instalación fotovoltaica CSF Anguita de 93 MW de potencia
pico, 82,488 MW de potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en los
términos municipales de Arcos de Jalón y Medinaceli, de la provincia de Soria, publicada
en el «Boletín Oficial del Estado» número 165, de 12 de julio de 2023.
Con fecha 18 de septiembre de 2024, mediante Resolución de la Dirección General
de Política Energética y Minas se otorga a CSF Continua Anguita, SL, autorización
administrativa de construcción para la planta fotovoltaica CSF Anguita, de 85,80 MW de
potencia instalada, 93,06 MW de potencia pico y sus infraestructuras de evacuación, en
los términos municipales de Arcos de Jalón y Medinaceli, en la provincia de Soria.
CSF Continua Anguita, SL, en adelante el promotor, solicitó con fecha 25 de enero
de 2024, la declaración, en concreto, de utilidad pública para la instalación fotovoltaica
CSF Anguita y sus infraestructuras de evacuación.
El expediente fue incoado en el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del
Gobierno en Soria y se tramitó de conformidad con lo previsto en el Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, y con lo dispuesto en el artículo 56 de la Ley 24/2013
de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, habiéndose solicitado los correspondientes
informes a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o
de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y
derechos a su cargo.
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición, de la
Confederación Hidrográfica del Ebro, de Red Eléctrica de España, SAU y de la Dirección
General de Salud Pública de la Junta de Castilla y León. Se ha dado traslado al promotor
de dichas contestaciones, que expresa su conformidad con las mismas.
Se han recibido contestaciones de Adif Alta Velocidad, de la Dirección General de
Carreteras e Infraestructuras de la Junta de Castilla y León, y del Servicio de Movilidad y
Transformación Digital de la Junta de Castilla y León en las que se establecen
condicionados técnicos y, en su caso, la necesidad de solicitar autorización ante dichos
organismos por la ocupación o el cruzamiento de la instalación con bienes o servicios de
sus competencias. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual
expresa su conformidad con las mismas.
Se ha recibido contestación de la Agencia de Protección Civil y Emergencias de la
Junta de Castilla y León, en la que remite informe ambiental sobre los riesgos naturales y
tecnológicos de la zona afectada. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación,
el cual expresa su conformidad con la misma.
Se ha recibido informe de la Dirección General de Energía y Minas de la Junta de
Castilla y León, en el que indica que el expediente expropiatorio de las infraestructuras
de evacuación del proyecto deberá tener en cuenta la planificación y ejecución de los
cve: BOE-A-2025-5704
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5704
Núm. 69
Viernes 21 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 38321
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 4 de marzo de 2025, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a CSF Continua Anguita, SL, la
declaración, en concreto, de utilidad pública para la planta fotovoltaica CSF
Anguita, de 85,80 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de
evacuación en Arcos de Jalón y Medinaceli (Soria).
Con fecha 30 de junio de 2023, mediante Resolución de la Dirección General de
Política Energética y Minas se otorga a CSF Continua Anguita, SL, autorización
administrativa previa para la instalación fotovoltaica CSF Anguita de 93 MW de potencia
pico, 82,488 MW de potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en los
términos municipales de Arcos de Jalón y Medinaceli, de la provincia de Soria, publicada
en el «Boletín Oficial del Estado» número 165, de 12 de julio de 2023.
Con fecha 18 de septiembre de 2024, mediante Resolución de la Dirección General
de Política Energética y Minas se otorga a CSF Continua Anguita, SL, autorización
administrativa de construcción para la planta fotovoltaica CSF Anguita, de 85,80 MW de
potencia instalada, 93,06 MW de potencia pico y sus infraestructuras de evacuación, en
los términos municipales de Arcos de Jalón y Medinaceli, en la provincia de Soria.
CSF Continua Anguita, SL, en adelante el promotor, solicitó con fecha 25 de enero
de 2024, la declaración, en concreto, de utilidad pública para la instalación fotovoltaica
CSF Anguita y sus infraestructuras de evacuación.
El expediente fue incoado en el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del
Gobierno en Soria y se tramitó de conformidad con lo previsto en el Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, y con lo dispuesto en el artículo 56 de la Ley 24/2013
de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, habiéndose solicitado los correspondientes
informes a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o
de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y
derechos a su cargo.
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición, de la
Confederación Hidrográfica del Ebro, de Red Eléctrica de España, SAU y de la Dirección
General de Salud Pública de la Junta de Castilla y León. Se ha dado traslado al promotor
de dichas contestaciones, que expresa su conformidad con las mismas.
Se han recibido contestaciones de Adif Alta Velocidad, de la Dirección General de
Carreteras e Infraestructuras de la Junta de Castilla y León, y del Servicio de Movilidad y
Transformación Digital de la Junta de Castilla y León en las que se establecen
condicionados técnicos y, en su caso, la necesidad de solicitar autorización ante dichos
organismos por la ocupación o el cruzamiento de la instalación con bienes o servicios de
sus competencias. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual
expresa su conformidad con las mismas.
Se ha recibido contestación de la Agencia de Protección Civil y Emergencias de la
Junta de Castilla y León, en la que remite informe ambiental sobre los riesgos naturales y
tecnológicos de la zona afectada. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación,
el cual expresa su conformidad con la misma.
Se ha recibido informe de la Dirección General de Energía y Minas de la Junta de
Castilla y León, en el que indica que el expediente expropiatorio de las infraestructuras
de evacuación del proyecto deberá tener en cuenta la planificación y ejecución de los
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