Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. I. Disposiciones generales. Seguros privados. (BOE-A-2025-5609)
Orden ECM/271/2025, de 27 de febrero, por la que se aprueban los modelos de información cuantitativa a efectos de supervisión, estadísticos y contables de las entidades aseguradoras y reaseguradoras y los modelos de información cuantitativa a efectos estadísticos y contables de los grupos de entidades aseguradoras y reaseguradoras.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 69
Viernes 21 de marzo de 2025
Sec. I. Pág. 37809
ordenación de los seguros y las bases y coordinación de la planificación general de
actividad económica, respectivamente.
Esta orden se dicta de conformidad con lo establecido en el artículo 159.3 y en
disposición final undécima del Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre.
En su virtud, con la aprobación previa de la persona titular del Ministerio para
Transformación Digital y de la Función Pública, otorgada conforme a lo dispuesto en
artículo 26.5 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, dispongo:
Artículo 1.
la
la
la
el
Objeto.
Esta orden tiene por objeto la aprobación, de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 159.3 del Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación,
supervisión y solvencia de entidades aseguradoras y reaseguradoras, de los modelos de
información cuantitativa a efectos de supervisión, estadísticos y contables a remitir por
las entidades aseguradoras y reaseguradoras, y de los modelos de información
cuantitativa a efectos estadísticos y contables a remitir por los grupos de entidades
aseguradoras y reaseguradoras.
Artículo 2.
Ámbito subjetivo de aplicación.
Esta orden es aplicable a:
a) Las entidades aseguradoras y reaseguradoras con domicilio social en España,
así como a las sucursales establecidas en España de entidades aseguradoras y
reaseguradoras domiciliadas en terceros países.
b) Los grupos de entidades aseguradoras y reaseguradoras cuando la Dirección
General de Seguros y Fondos de Pensiones ejerza las funciones de supervisor de grupo
en los términos establecidos en los artículos 132 y 134 de la Ley 20/2015, de 14 de julio,
de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras,
y en los artículos 175 y 176 del Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre.
Artículo 3.
Modelos trimestrales de información cuantitativa.
1. Se aprueban los modelos de información cuantitativa a efectos de supervisión,
estadísticos y contables, incluidos en el anexo I de esta orden, que deberán remitir con
periodicidad trimestral a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones las
entidades aseguradoras a las que le resulte de aplicación el régimen general de
solvencia y las entidades reaseguradoras.
2. Se aprueban los modelos de información cuantitativa a efectos de supervisión,
estadísticos y contables, incluidos en el anexo II de esta orden, que deberán remitir con
periodicidad trimestral a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones las
entidades aseguradoras acogidas al régimen especial de solvencia que se encuentren
en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 160.3 del Real
Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre.
1. Se aprueban los modelos de información cuantitativa a efectos de supervisión,
estadísticos y contables, incluidos en el anexo III de esta orden, que deberán remitir con
una periodicidad anual a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones las
entidades aseguradoras en régimen general de solvencia y las entidades
reaseguradoras.
2. Se aprueban los modelos de información cuantitativa a efectos de supervisión,
estadísticos y contables, incluidos en el anexo IV de esta orden, que deberán remitir con
periodicidad anual a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones las
entidades aseguradoras a las que les resulte de aplicación el régimen especial de
solvencia.
cve: BOE-A-2025-5609
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 4. Modelos anuales de información cuantitativa.
Núm. 69
Viernes 21 de marzo de 2025
Sec. I. Pág. 37809
ordenación de los seguros y las bases y coordinación de la planificación general de
actividad económica, respectivamente.
Esta orden se dicta de conformidad con lo establecido en el artículo 159.3 y en
disposición final undécima del Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre.
En su virtud, con la aprobación previa de la persona titular del Ministerio para
Transformación Digital y de la Función Pública, otorgada conforme a lo dispuesto en
artículo 26.5 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, dispongo:
Artículo 1.
la
la
la
el
Objeto.
Esta orden tiene por objeto la aprobación, de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 159.3 del Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación,
supervisión y solvencia de entidades aseguradoras y reaseguradoras, de los modelos de
información cuantitativa a efectos de supervisión, estadísticos y contables a remitir por
las entidades aseguradoras y reaseguradoras, y de los modelos de información
cuantitativa a efectos estadísticos y contables a remitir por los grupos de entidades
aseguradoras y reaseguradoras.
Artículo 2.
Ámbito subjetivo de aplicación.
Esta orden es aplicable a:
a) Las entidades aseguradoras y reaseguradoras con domicilio social en España,
así como a las sucursales establecidas en España de entidades aseguradoras y
reaseguradoras domiciliadas en terceros países.
b) Los grupos de entidades aseguradoras y reaseguradoras cuando la Dirección
General de Seguros y Fondos de Pensiones ejerza las funciones de supervisor de grupo
en los términos establecidos en los artículos 132 y 134 de la Ley 20/2015, de 14 de julio,
de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras,
y en los artículos 175 y 176 del Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre.
Artículo 3.
Modelos trimestrales de información cuantitativa.
1. Se aprueban los modelos de información cuantitativa a efectos de supervisión,
estadísticos y contables, incluidos en el anexo I de esta orden, que deberán remitir con
periodicidad trimestral a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones las
entidades aseguradoras a las que le resulte de aplicación el régimen general de
solvencia y las entidades reaseguradoras.
2. Se aprueban los modelos de información cuantitativa a efectos de supervisión,
estadísticos y contables, incluidos en el anexo II de esta orden, que deberán remitir con
periodicidad trimestral a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones las
entidades aseguradoras acogidas al régimen especial de solvencia que se encuentren
en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 160.3 del Real
Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre.
1. Se aprueban los modelos de información cuantitativa a efectos de supervisión,
estadísticos y contables, incluidos en el anexo III de esta orden, que deberán remitir con
una periodicidad anual a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones las
entidades aseguradoras en régimen general de solvencia y las entidades
reaseguradoras.
2. Se aprueban los modelos de información cuantitativa a efectos de supervisión,
estadísticos y contables, incluidos en el anexo IV de esta orden, que deberán remitir con
periodicidad anual a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones las
entidades aseguradoras a las que les resulte de aplicación el régimen especial de
solvencia.
cve: BOE-A-2025-5609
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 4. Modelos anuales de información cuantitativa.