Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto DemográficoV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Planes de estudios. (BOE-B-2025-10318)
Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Tajo O.A. de la Resolución de fecha 4 de febrero de 2025 por la que se autoriza al Canal de Isabel II S.A., la ejecución de obras en dominio público hidráulico y zona de policía del "Proyecto Descriptivo del Tramo 8 del Segundo Anillo Principal de Distribución de Agua Potable de la Comunidad de Madrid", en los términos municipales de Getafe y Madrid (Madrid). Referencia O-0290/2017.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 69

Viernes 21 de marzo de 2025

Sec. V-B. Pág. 15569

Las siembras y actuaciones que se realicen una vez enterradas las tuberías en
los hábitats prioritarios de la Directiva 92/43/CEE, deberán estar encaminadas a
mejorar estos hábitats y en ningún caso a la creación de un parque lineal que
aumentaría las afecciones de la conducción.
Estas actuaciones se realizarán en estrecha coordinación con la Consejería de
Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma de Madrid.
Durante la construcción se producirá la mínima afección a la vegetación de
ribera, que en ningún caso superará la anchura de la banda de expropiación
permanente. Si se afectase a masas o bandas de carrizo (Phragmites australis) en
la Vega del Manzanares, se procederá a la extracción de sus rizomas que serán
empleados en la restauración de las riberas. Si el plazo
transcurrido entre la extracción y su empleo fuese prolongado, se habilitará una
zona para su adecuada conservación o se entregarán a un vivero para su
mantenimiento hasta la utilización.
Fauna
12. En el tramo de obra comprendido al sur de la M-50 entre los kilómetros
42,5 y 45,5, la ejecución de las obras evitará el periodo comprendido entre el 15 de
abril y el 5 de agosto.
13. Antes de iniciar los trabajos de apeo o corte de vegetación que pudieran
ser necesarios, se realizará una inspección visual para comprobar que no hay
nidos o camadas de cualquier especie de fauna. Esta inspección se hará también
en las zonas previstas como acceso, zonas auxiliares o de acopio. En caso de que
se localicen especies protegidas, se notificará a esa unidad administrativa o a los
Agentes Forestales para que dispongan las actuaciones necesarias para su mejor
conservación.

15. Las zanjas se taparán por la noche, dotándolas de rampas de salida y en
caso de ser necesario algún tipo de infraestructura hidráulica o arquetas, será
obligatorio que en la totalidad de ellas se instale al menos una rampa de obra en el
interior que permita la salida de los animales que puedan quedar atrapados.
16. Al final de cada jornada de trabajo, los extremos de las tuberías quedarán
cerrados para evitar que la fauna quede atrapada en las mismas. Asimismo, se
realizará la revisión de las zanjas todas las mañanas en previsión de encontrar
individuos atrapados.
Espacios naturales protegidos y Red Natura 2000

cve: BOE-B-2025-10318
Verificable en https://www.boe.es

14. Se deberá cumplir lo establecido en la DIA del proyecto del año 2003, y
concretamente los epígrafes relativos al medio natural y a los espacios protegidos,
así como los informes emitidos por la Unidad de Parques Regionales de la
Comunidad de Madrid en septiembre de 2017 y en diciembre de 2013. Así, con
objeto de minimizar la afección sobre las especies más valiosas que habitan la
zona, en particular sobre el ciclo reproductor de las aves, con anterioridad al inicio
de las obras se realizarán recorridos para detectar la posible existencia de nidales,
madrigueras y dormideros. Los resultados obtenidos se comunicarán a la
Consejería de Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma de Madrid que
determinará, en su caso, los períodos del año en que podría haber restricciones
para ejecutar las obras.