Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. III. Otras disposiciones. Real Federación Española de Gimnasia. Estatutos. (BOE-A-2025-5492)
Resolución de 7 de marzo de 2025, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Real Federación Española de Gimnasia.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 67
Miércoles 19 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 36827
d) Aprobación de la solicitud y contratación de préstamos, por mayoría de dos
tercios, a petición de la Junta Directiva, siempre y cuando su importe no exceda del diez
por ciento del presupuesto.
e) Aprobar el mapa de riesgos y sistema de compliance de la RFEG.
f) Velar por el buen funcionamiento y garantizar la independencia del Órgano de
cumplimiento.
g) Cualquier otra materia que la Asamblea General pueda delegarle o
encomendarle expresamente, siempre que sea ello legalmente posible.
h) Todas aquellas otras funciones y competencias que tenga atribuidas legal,
estatutaria o reglamentariamente.
Artículo 28.
La Comisión Delegada se reunirá como mínimo una vez cada cuatro meses, a
propuesta del Presidente y su mandato coincidirá con el de la Asamblea General.
Las demás reuniones de la Comisión Delegada tendrán carácter extraordinario.
La convocatoria de la Comisión Delegada se hará por el Presidente, que deberá
notificarla a sus miembros al menos con siete días de antelación.
La Comisión Delegada quedará válidamente constituida cuando concurran en
primera convocatoria la mayoría de sus miembros, y en segunda convocatoria la tercera
parte de los mismos.
La Comisión Delegada podrá ser convocada, constituirse y adoptar acuerdos por
medios electrónicos.
El presidente podrá acordar la celebración de reuniones por medios electrónicos,
para todas las sesiones ordinarias y extraordinarias o solo para sesiones puntuales.
Dicho acuerdo, será notificado a los miembros de la Comisión Delegada y especificará:
a) El medio electrónico por el que se remitirá la convocatoria.
b) El medio electrónico por el que se celebrará la reunión.
c) El medio electrónico por el que se podrá consultar la documentación relativa a
los puntos del orden del día y el tiempo durante el que estará disponible la información.
d) El modo de participar en los debates y deliberaciones y el periodo de tiempo
durante el que tendrán lugar.
e) El medio de emisión del voto y el período de tiempo durante el que se podrá
votar.
f) El medio de difusión de las actas de las sesiones y el período durante el que se
podrán consultar. El sistema garantizará la seguridad, integridad, confidencialidad y
autenticidad de la información, estableciéndose un servicio electrónico de acceso
restringido para los miembros de la Comisión Delegada.
Artículo 29.
Sección cuarta.
El Presidente de la Real Federación Española de Gimnasia
Artículo 30.
El Presidente, es el órgano ejecutivo de la misma. Ostenta su representación legal,
convoca y preside los órganos de gobierno y representación y ejecuta los acuerdos de
estos.
cve: BOE-A-2025-5492
Verificable en https://www.boe.es
Los miembros de la Comisión Delegada cesarán por las mismas causas de cese de
los miembros de la Asamblea General.
La asistencia a las reuniones de la Comisión Delegada no es delegable.
La falta de asistencia, sin justificación, durante tres sesiones consecutivas o cinco
alternas de un miembro de la Comisión Delegada a las reuniones de esta, se presentará
a la Asamblea para cesarlo y sustituir su vacante.
Núm. 67
Miércoles 19 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 36827
d) Aprobación de la solicitud y contratación de préstamos, por mayoría de dos
tercios, a petición de la Junta Directiva, siempre y cuando su importe no exceda del diez
por ciento del presupuesto.
e) Aprobar el mapa de riesgos y sistema de compliance de la RFEG.
f) Velar por el buen funcionamiento y garantizar la independencia del Órgano de
cumplimiento.
g) Cualquier otra materia que la Asamblea General pueda delegarle o
encomendarle expresamente, siempre que sea ello legalmente posible.
h) Todas aquellas otras funciones y competencias que tenga atribuidas legal,
estatutaria o reglamentariamente.
Artículo 28.
La Comisión Delegada se reunirá como mínimo una vez cada cuatro meses, a
propuesta del Presidente y su mandato coincidirá con el de la Asamblea General.
Las demás reuniones de la Comisión Delegada tendrán carácter extraordinario.
La convocatoria de la Comisión Delegada se hará por el Presidente, que deberá
notificarla a sus miembros al menos con siete días de antelación.
La Comisión Delegada quedará válidamente constituida cuando concurran en
primera convocatoria la mayoría de sus miembros, y en segunda convocatoria la tercera
parte de los mismos.
La Comisión Delegada podrá ser convocada, constituirse y adoptar acuerdos por
medios electrónicos.
El presidente podrá acordar la celebración de reuniones por medios electrónicos,
para todas las sesiones ordinarias y extraordinarias o solo para sesiones puntuales.
Dicho acuerdo, será notificado a los miembros de la Comisión Delegada y especificará:
a) El medio electrónico por el que se remitirá la convocatoria.
b) El medio electrónico por el que se celebrará la reunión.
c) El medio electrónico por el que se podrá consultar la documentación relativa a
los puntos del orden del día y el tiempo durante el que estará disponible la información.
d) El modo de participar en los debates y deliberaciones y el periodo de tiempo
durante el que tendrán lugar.
e) El medio de emisión del voto y el período de tiempo durante el que se podrá
votar.
f) El medio de difusión de las actas de las sesiones y el período durante el que se
podrán consultar. El sistema garantizará la seguridad, integridad, confidencialidad y
autenticidad de la información, estableciéndose un servicio electrónico de acceso
restringido para los miembros de la Comisión Delegada.
Artículo 29.
Sección cuarta.
El Presidente de la Real Federación Española de Gimnasia
Artículo 30.
El Presidente, es el órgano ejecutivo de la misma. Ostenta su representación legal,
convoca y preside los órganos de gobierno y representación y ejecuta los acuerdos de
estos.
cve: BOE-A-2025-5492
Verificable en https://www.boe.es
Los miembros de la Comisión Delegada cesarán por las mismas causas de cese de
los miembros de la Asamblea General.
La asistencia a las reuniones de la Comisión Delegada no es delegable.
La falta de asistencia, sin justificación, durante tres sesiones consecutivas o cinco
alternas de un miembro de la Comisión Delegada a las reuniones de esta, se presentará
a la Asamblea para cesarlo y sustituir su vacante.