Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-5496)
Resolución de 7 de marzo de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Extracción de arenas en aguas profundas de Valencia y transporte para alimentación de playas».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 67

Miércoles 19 de marzo de 2025

Sec. III. Pág. 36896

sumergidos) se localizará en la Punta de Els Molins y el segundo de 345 m de longitud (210
m emergidos y 135 m sumergidos) se localizará en la zona de Blay-Beach de la playa de Les
Marins. En esta última zona también se prevé desmantelar el dique exento existente. En los
tres tramos se proyectan actuaciones de regeneración dunar mediante la conformación de
cordones dunares a partir de los vestigios de dunas todavía existentes, con objeto de reforzar
la defensa natural de la costa, conseguir su regeneración medioambiental y mejorar su
calidad paisajística. La vida útil de esta actuación de regeneración es de 15 años.
El tramo de costa que abarca las playas del Marenyet y del Estany tiene una longitud
de 2900 m y va desde el actual espigón de protección del margen sur de la
desembocadura del río Júcar hasta la Gola del Estany, en el término municipal de Cullera
(Valencia).
Su regeneración se proyecta mediante el vertido de un volumen de 1.078.628,47 m3
de arena, la construcción de tres espigones rectos de 195 m, 280 m y 222 m, para lo
cual se dispondrá de un volumen de 21.885 m3 de escollera, la reconstrucción y
acondicionamiento de los tramos de los diques de encauzamiento de la desembocadura
del Estany, sin modificar sus condiciones geométricas y la retirada de la escollera de
protección existente en la costa, salvo en las zonas próximas a los muros de escollera
existentes que conforman las defensas longitudinales hasta conseguir un mínimo de 40
m de anchura de playa, intentando recuperar la línea de costa del año 1957. Asimismo,
las actuaciones de regeneración incluyen la creación de nuevos cordones dunares y el
mantenimiento y la reconstrucción de aquellos existentes que se encuentren en buen
estado o deteriorados, respectivamente, con el fin de restaurar ambientalmente la zona
costera y preservar su biodiversidad. Para la regeneración del ecosistema dunar, el
promotor tiene como referencia su estado en el período 1955-1965. La vida útil de esta
actuación de regeneración es de 15 años.
Las playas de El Perelló, Pouet y Les Palmeres presentan una longitud aproximada
de 3.500 m y se localizan en el Parque Natural de la Albufera, entre el puerto deportivo
de El Perelló y la gola del Rey, en el término municipal de Sueca (Valencia).
La regeneración de este tramo de costa se proyecta mediante el aporte de un
volumen de 775.842,44 m3 de arena hasta conseguir un ancho medio de playa de 22
metros. Asimismo, incluye la regeneración del cordón dunar a pie del paseo marítimo
para hacerlo lo más continuo posible, respetando los accesos existentes entre el paseo
marítimo y la playa. Para ello, se han determinado zonas donde se llevará a cabo la
restauración de la duna existente y zonas en las que se crearán nuevos cordones
dunares. La vida útil de esta actuación de regeneración es de 36 años.
2.
2.1

Tramitación del procedimiento

Tramitación previa a la acumulación de los expedientes de evaluación.

Con fecha de 1 de julio de 2019, conforme a lo establecido en el artículo 37 de la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, el órgano sustantivo realiza las
consultas a las administraciones públicas afectadas y personas interesadas y, el 2 de
julio de 2019, se publican en el «Boletín Oficial del Estado» los anuncios de la
información pública de ambos proyectos. El anexo recoge las consultas realizadas y las
alegaciones recibidas durante la información pública.
Con fecha 12 de diciembre de 2019, tienen entrada, las dos solicitudes de inicio de la
tramitación de procedimientos de evaluación de impacto ambiental ordinarios de los
proyectos.
Con fecha de 26 de noviembre de 2020, se requiere la subsanación de ambos
expedientes, de acuerdo con el artículo 40.1 de la Ley de evaluación ambiental, al no

cve: BOE-A-2025-5496
Verificable en https://www.boe.es

2.1.1 Actuaciones de regeneración de playas en la provincia de Alicante:
Recuperación de la playa Marineta Casiana, T.M. de Denia (Alicante) y Recuperación del
tramo de costa comprendido entre el Puerto de Denia y el río Girona, T.M. de Denia
(Alicante).