Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-5496)
Resolución de 7 de marzo de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Extracción de arenas en aguas profundas de Valencia y transporte para alimentación de playas».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 67

Miércoles 19 de marzo de 2025

Sec. III. Pág. 36917

marina (Pancratium maritimum L.), la campanilla de mar (Calystegia soldanella), una
gran densidad de grama de la arena (Elymus farctus) y algún enebro marino (Juniperus
macrocarpa) disperso. También se pueden encontrar presentes Crucianella maritima y
oruga de mar (Cakile marítima). La especie invasora que más afecta a todas las dunas
mediterráneas y que se encuentra también presente en la zona de regeneración de las
playas del presente proyecto, es la uña de gato (Carpobrotus Edulis).
La regeneración dunar proyectada busca la formación de cordones dunares a partir
de los vestigios de dunas todavía existentes, sobre las que se han instalado las
edificaciones e instalaciones de primera línea de playa, con la finalidad de reforzar la
defensa natural de la costa y su calidad paisajística. Se plantea la creación de nuevos
cordones dunares, manteniendo los que se encuentran en buen estado y reconstruyendo
los deteriorados, eliminando previamente la vegetación alóctona. Estos nuevos cordones
dunares elevarán la cota de la playa para asegurar el resguardo suficiente frete a las
sobreelevaciones del nivel del mar y las inundaciones por eventos de temporal. Se
proyecta la creación o rehabilitación de dunas de hasta 3,5 m de altura, respetando en
todos los casos la accesibilidad al mar según lo contemplado en la Ley de Costas.
Entre las medidas preventivas y correctoras para la adecuada protección de los
cordones dunares existentes, figura la instalación de un acordonamiento provisional que
evite su afección durante las obras, el cual será sustituido por un vallado blando
definitivo y la señalización inequívoca de la zona de obras para evitar la afección sobre
zonas anexas de interés y evitar así su destrucción o daño por el trasiego de maquinaria
o personas, entre otras. Una vez finalizadas las obras, se realizará una revegetación de
las dunas mediante la plantación de ejemplares de vegetación típicas de las dunas
costeras, tales como Pancratium maritimum, Cakile marítima o Euphorbia paralias.
Asimismo, se contempla la instalación de paneles informativos sobre las especies
protegidas en la zona inmediata y la reposición del cerramiento de protección. En la
presente resolución se añaden condiciones adicionales para la adecuada conservación
de los sistemas dunares.
Respecto a la fauna asociada con los hábitats de dunas en las playas objeto de
regeneración, destaca la presencia de chorlitejo patinegro (Charadrias alexandrinus), con
diversos puntos de anidamiento inventariado. En 2018, se identificaron cinco nidos en
esta zona, uno de los cuales fue catalogado como probable y el resto seguros.
Como medida preventiva, el promotor informa que no se instalarán captadores de
arena en el área de nidificación del chorlitejo patinegro. No obstante, de acuerdo con lo
indicado por el Servicio de Vida Silvestre de la Dirección General de Medio Natural y
Animal de la Generalitat Valenciana, la presente resolución incluye prescripciones
adicionales para evitar afecciones sobre la reproducción de esta especie.
Medio socioeconómico (pesca).

Durante la fase de explotación del proyecto, tanto en la zona de extracción como en
la de regeneración, se pueden producir afecciones sobre el sector pequero por el
aumento de la turbidez y el ruido que provocará la migración de especies, la destrucción
de hábitats y criaderos incidiendo sobre los caladeros de pesca de arrastre y artesanal.
En la zona de dragado, las especies de interés comercial afectadas son principalmente
piscícolas mientras que, en las zonas de regeneración, las especies afectadas
corresponden a bivalvos.
A partir de la información proporcionada por las Administraciones autonómica y
estatal competentes, el promotor estima, en base al Sistema de Monitoreo de
Embarcaciones (VMS) que el promedio anual de jornadas de pesca en la zona donde se
ubica el yacimiento submarino es de 108 días entre 2019 y 2023. La superficie total del
yacimiento supone el 1,1 % de la superficie habitual de pesca de las 8 embarcaciones
que han faenado alguna vez en la zona del yacimiento durante el periodo analizado,
mientras que la superficie del polígono PC-D2 donde se dragarán las arenas para las
actuaciones de regeneración del presente proyecto representa el 0,1 % de su área de
pesca habitual. Respecto a los posicionamientos gps de buques en las zonas marinas de

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