Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-5496)
Resolución de 7 de marzo de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Extracción de arenas en aguas profundas de Valencia y transporte para alimentación de playas».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 19 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 36914
Documento técnico sobre impactos y mitigación de la contaminación acústica
(MAGRAMA). Asimismo, el programa de vigilancia ambiental incluye la realización de un
control mensual de la emisión de ruido submarino. En la presente resolución, se añaden
prescripciones adicionales sobre medidas preventivas y correctoras, así como sobre el
seguimiento, para minimizar esta potencial afección.
El promotor indica que las especies bentónicas son las que mayor afección potencial
pueden recibir como consecuencia de la fase de dragado. No obstante, en el estudio de
caracterización del bento marino realizado para la totalidad del yacimiento submarino, no
identifica ninguna especie prioritaria. Los estudios realizados han consistido en la
identificación de las características de las zonas muestreadas mediante filmación con
cámara de video remolcada en cada una de las estaciones de muestreo y en la toma de
muestras de bentos marino para la identificación taxonómica de macroinvertebrados
bentónicos.
Entre las especies observadas durante la caracterización del fondo marino,
correspondiente a un fondo sedimentario enfangado, el promotor destaca la presencia de
Virgularia mirabilis. En lo que respecta a la dominancia, los poliquetos son el grupo
taxonómico dominante, seguido de los moluscos y crustáceos. El mayor valor de
dominancia observado es el molusco Timoclea ovata. Entre los poliquetos, destacan las
especies Goniada maculata, Golfingia sp y Abyssoninoe cf hibernica, si bien las
diferencias entre especies en el grupo de los poliquetos no son muy relevantes. En el
caso de los crustáceos, destaca la especie Tuberapseudes echinatus. En cuanto a la
riqueza específica, los poliquetos son el grupo que presenta mayor número de especies
(61 registros) seguido de los moluscos y crustáceos (17 y 15 especies, respectivamente)
y, finalmente, se identificaron 3 especies de equinodermos.
La fase de dragado del proyecto va a provocar la eliminación de las poblaciones
bentónicas en toda la zona de extracción. La fauna de las zonas próximas a la zona de
dragado también se verá afectadas por el incremento de la turbidez como consecuencia
de la dispersión de los finos por el fondo y su deposición en el fondo tras el overflow de
los mismos desde la cántara de la draga. El promotor considera estos impactos como
temporales ya que una vez que se deje de dragar el yacimiento, se recuperarán los
factores ambientales afectados. Estima que la recuperación del poblamiento
endobentónico podría llevar un plazo de unos 2 años, mientras que la recuperación del
poblamiento epibentónico, requerirá de un tiempo mayor. Los impactos por el incremento
de la turbidez y por la deposición de finos requerirán tiempos menores tal y como se ha
analizado en el apartado de los impactos sobre el agua. Asimismo, teniendo en cuenta
que en el entorno del yacimiento las comunidades bentónicas son similares, el dragado
supondrá la eliminación de una pequeña parte del área de distribución total de este tipo
de poblaciones.
La zona de extracción del yacimiento ha sido alterada, con anterioridad, por los
dragados de arenas para la regeneración de las playas El Saler, La Garrofera y Les
Deveses. Asimismo, en la configuración final del proyecto objeto de la presente
evaluación ambiental, se reduce el volumen a dragar y se limita la superficie afectada a
una única duna del yacimiento, por lo que el potencial impacto sobre las comunidades
bentónicas se reduce notablemente en la zona de extracción de las arenas para la
regeneración de las playas.
Para minimizar la afección sobre las comunidades bentónicas en la zona de dragado
y permitir su regeneración, para futuros dragados en el yacimiento, el promotor deberá
designar zonas en las que no se actúe para permitir la posterior recolonización del resto
del área afectada. Asimismo, para permitir la posible recolonización de las áreas
afectadas, entre las áreas a dragar deberá designar también zonas en las que no se
extraerá la potencia total de arena presente con el objetivo de dejar una proporción
suficiente de lecho marino con las mismas condiciones que en la actualidad y se acelere
así la posible recolonización biológica de las comunidades bentónicas.
La Subdirección General de Protección del Mar del MITECO indica la necesidad de
evaluar el efecto del dragado sobre las especies de los géneros Phymatolithon,
cve: BOE-A-2025-5496
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 67
Miércoles 19 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 36914
Documento técnico sobre impactos y mitigación de la contaminación acústica
(MAGRAMA). Asimismo, el programa de vigilancia ambiental incluye la realización de un
control mensual de la emisión de ruido submarino. En la presente resolución, se añaden
prescripciones adicionales sobre medidas preventivas y correctoras, así como sobre el
seguimiento, para minimizar esta potencial afección.
El promotor indica que las especies bentónicas son las que mayor afección potencial
pueden recibir como consecuencia de la fase de dragado. No obstante, en el estudio de
caracterización del bento marino realizado para la totalidad del yacimiento submarino, no
identifica ninguna especie prioritaria. Los estudios realizados han consistido en la
identificación de las características de las zonas muestreadas mediante filmación con
cámara de video remolcada en cada una de las estaciones de muestreo y en la toma de
muestras de bentos marino para la identificación taxonómica de macroinvertebrados
bentónicos.
Entre las especies observadas durante la caracterización del fondo marino,
correspondiente a un fondo sedimentario enfangado, el promotor destaca la presencia de
Virgularia mirabilis. En lo que respecta a la dominancia, los poliquetos son el grupo
taxonómico dominante, seguido de los moluscos y crustáceos. El mayor valor de
dominancia observado es el molusco Timoclea ovata. Entre los poliquetos, destacan las
especies Goniada maculata, Golfingia sp y Abyssoninoe cf hibernica, si bien las
diferencias entre especies en el grupo de los poliquetos no son muy relevantes. En el
caso de los crustáceos, destaca la especie Tuberapseudes echinatus. En cuanto a la
riqueza específica, los poliquetos son el grupo que presenta mayor número de especies
(61 registros) seguido de los moluscos y crustáceos (17 y 15 especies, respectivamente)
y, finalmente, se identificaron 3 especies de equinodermos.
La fase de dragado del proyecto va a provocar la eliminación de las poblaciones
bentónicas en toda la zona de extracción. La fauna de las zonas próximas a la zona de
dragado también se verá afectadas por el incremento de la turbidez como consecuencia
de la dispersión de los finos por el fondo y su deposición en el fondo tras el overflow de
los mismos desde la cántara de la draga. El promotor considera estos impactos como
temporales ya que una vez que se deje de dragar el yacimiento, se recuperarán los
factores ambientales afectados. Estima que la recuperación del poblamiento
endobentónico podría llevar un plazo de unos 2 años, mientras que la recuperación del
poblamiento epibentónico, requerirá de un tiempo mayor. Los impactos por el incremento
de la turbidez y por la deposición de finos requerirán tiempos menores tal y como se ha
analizado en el apartado de los impactos sobre el agua. Asimismo, teniendo en cuenta
que en el entorno del yacimiento las comunidades bentónicas son similares, el dragado
supondrá la eliminación de una pequeña parte del área de distribución total de este tipo
de poblaciones.
La zona de extracción del yacimiento ha sido alterada, con anterioridad, por los
dragados de arenas para la regeneración de las playas El Saler, La Garrofera y Les
Deveses. Asimismo, en la configuración final del proyecto objeto de la presente
evaluación ambiental, se reduce el volumen a dragar y se limita la superficie afectada a
una única duna del yacimiento, por lo que el potencial impacto sobre las comunidades
bentónicas se reduce notablemente en la zona de extracción de las arenas para la
regeneración de las playas.
Para minimizar la afección sobre las comunidades bentónicas en la zona de dragado
y permitir su regeneración, para futuros dragados en el yacimiento, el promotor deberá
designar zonas en las que no se actúe para permitir la posterior recolonización del resto
del área afectada. Asimismo, para permitir la posible recolonización de las áreas
afectadas, entre las áreas a dragar deberá designar también zonas en las que no se
extraerá la potencia total de arena presente con el objetivo de dejar una proporción
suficiente de lecho marino con las mismas condiciones que en la actualidad y se acelere
así la posible recolonización biológica de las comunidades bentónicas.
La Subdirección General de Protección del Mar del MITECO indica la necesidad de
evaluar el efecto del dragado sobre las especies de los géneros Phymatolithon,
cve: BOE-A-2025-5496
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 67