Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2025-5504)
Resolución de 5 de marzo de 2025, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Arada Solar, SL, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica Arada Solar, de 153,78 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Xilxes, Moncofa, La Vall d'Uixó, Nules, Burriana, Les Alqueries, Vila-real y Betxí (Castellón).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 19 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 37012
Energía y Minas de la Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo de la
Generalitat Valenciana, la Dirección General de Urbanismo, Paisaje y Evaluación
Ambiental y el Servicio Territorial de Obras Públicas en Castellón de la Conselleria de
Medio Ambiente, Infraestructuras y Territorio de la Generalitat Valenciana; los
Ayuntamientos de Les Alqueries, Nules y Burriana; la Federación de Comunidades de
Regantes de la Comunidad Valenciana, no se ha recibido contestación por su parte, por
lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en los
artículos 127.2 y 131.1 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la petición ha sido sometida a información pública, con la publicación el 1
de junio de 2024 en el «Boletín Oficial del Estado»; el 4 de junio de 2024 en el «Boletín
Oficial de la Provincia de Castellón», el 4 de junio de 2024 en el diario «El Periódico
Mediterráneo» y con la exposición al público en los tablones de edictos de los
Ayuntamientos de Alqueries, Betxí, Borriana, Moncofa, Nules, La Vall d’Uixó, Vila-real y
Xilxes. Se han recibido alegaciones, que han sido contestadas por el promotor.
Se ha recibido alegación de la Comunidad de Regantes de Vila-real, que se opone al
proyecto por motivos legales y socioeconómicos. Se ha dado traslado al promotor de la
citada alegación, que manifiesta haber presentado separata para el organismo de
cuenca y para la Federación de Comunidades de Regantes de la Comunidad Valenciana,
la cual adjunta a su respuesta, indicando que está aplicando medidas de compensación
de superficie agrícola y plantea la posibilidad de combinar los usos de suelo agrícola y
energético (agrivoltaica). Adicionalmente, manifiesta estar en conversaciones para llegar
a un acuerdo con las comunidades de riego locales para el mantenimiento de las
acciones de agua y que el proyecto es compatible con las infraestructuras de riego
existentes.
Se ha recibido alegación de la Comunidad General de Regantes de Vall de Uxó, que
manifiesta oposición. Se ha dado traslado al promotor de la citada alegación, que
responde que está aplicando medidas de compensación de superficie agrícola.
La Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno
en Castellón ha emitido informe en fecha 4 de diciembre de 2024, complementado
posteriormente.
De conformidad con lo previsto en los artículos 127 y 131 del Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, el promotor se comprometió a llevar a cabo
determinadas modificaciones sobre el proyecto, en particular, en respuesta a los
informes de la Dirección General de Medio Natural y Animal de la Conselleria de Medio
Ambiente, Agua, Infraestructuras y Territorio de la Generalitat Valenciana; del Servicio de
Gestión de Riesgos en el Territorio y el Servicio de Planificación Territorial y del Servicio
de Paisaje y del Servicio de Planificación Territorial (en materia de infraestructura verde)
de la Dirección General de Urbanismo, Paisaje y Evaluación Ambiental de la Conselleria
de Medio Ambiente, Infraestructuras y Territorio de la Generalitat Valenciana; y el
«Acuerdo de compatibilización de la actividad minera y de generación de energía
fotovoltaica» suscrito entre la mercantil Cales de la Plana, SA, y el promotor consistentes
en:
– Reducción de la superficie de implantación de la planta solar, pasando de 329,14
ha a 305,97 ha.
– Reducción de la longitud del vallado, pasando de 53.070,86 m a 46.137,84 m.
– Reducción en el número de recintos vallados, pasando de 37 a 34.
– Reducción del número de paneles y modificación de fabricante y modelo, pasando
de 236.280 paneles de 680 W de potencia a 195.840 paneles de 715 W de potencia.
– Reducción de la potencia instalada en paneles, pasando de 160,67 MW a 140,026 MW.
Asimismo, de conformidad con lo previsto en los artículos 127 y 131 del Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, el promotor se comprometió a llevar a cabo
determinadas modificaciones sobre el proyecto, en particular, en respuesta a los
cve: BOE-A-2025-5504
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 67
Miércoles 19 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 37012
Energía y Minas de la Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo de la
Generalitat Valenciana, la Dirección General de Urbanismo, Paisaje y Evaluación
Ambiental y el Servicio Territorial de Obras Públicas en Castellón de la Conselleria de
Medio Ambiente, Infraestructuras y Territorio de la Generalitat Valenciana; los
Ayuntamientos de Les Alqueries, Nules y Burriana; la Federación de Comunidades de
Regantes de la Comunidad Valenciana, no se ha recibido contestación por su parte, por
lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en los
artículos 127.2 y 131.1 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la petición ha sido sometida a información pública, con la publicación el 1
de junio de 2024 en el «Boletín Oficial del Estado»; el 4 de junio de 2024 en el «Boletín
Oficial de la Provincia de Castellón», el 4 de junio de 2024 en el diario «El Periódico
Mediterráneo» y con la exposición al público en los tablones de edictos de los
Ayuntamientos de Alqueries, Betxí, Borriana, Moncofa, Nules, La Vall d’Uixó, Vila-real y
Xilxes. Se han recibido alegaciones, que han sido contestadas por el promotor.
Se ha recibido alegación de la Comunidad de Regantes de Vila-real, que se opone al
proyecto por motivos legales y socioeconómicos. Se ha dado traslado al promotor de la
citada alegación, que manifiesta haber presentado separata para el organismo de
cuenca y para la Federación de Comunidades de Regantes de la Comunidad Valenciana,
la cual adjunta a su respuesta, indicando que está aplicando medidas de compensación
de superficie agrícola y plantea la posibilidad de combinar los usos de suelo agrícola y
energético (agrivoltaica). Adicionalmente, manifiesta estar en conversaciones para llegar
a un acuerdo con las comunidades de riego locales para el mantenimiento de las
acciones de agua y que el proyecto es compatible con las infraestructuras de riego
existentes.
Se ha recibido alegación de la Comunidad General de Regantes de Vall de Uxó, que
manifiesta oposición. Se ha dado traslado al promotor de la citada alegación, que
responde que está aplicando medidas de compensación de superficie agrícola.
La Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno
en Castellón ha emitido informe en fecha 4 de diciembre de 2024, complementado
posteriormente.
De conformidad con lo previsto en los artículos 127 y 131 del Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, el promotor se comprometió a llevar a cabo
determinadas modificaciones sobre el proyecto, en particular, en respuesta a los
informes de la Dirección General de Medio Natural y Animal de la Conselleria de Medio
Ambiente, Agua, Infraestructuras y Territorio de la Generalitat Valenciana; del Servicio de
Gestión de Riesgos en el Territorio y el Servicio de Planificación Territorial y del Servicio
de Paisaje y del Servicio de Planificación Territorial (en materia de infraestructura verde)
de la Dirección General de Urbanismo, Paisaje y Evaluación Ambiental de la Conselleria
de Medio Ambiente, Infraestructuras y Territorio de la Generalitat Valenciana; y el
«Acuerdo de compatibilización de la actividad minera y de generación de energía
fotovoltaica» suscrito entre la mercantil Cales de la Plana, SA, y el promotor consistentes
en:
– Reducción de la superficie de implantación de la planta solar, pasando de 329,14
ha a 305,97 ha.
– Reducción de la longitud del vallado, pasando de 53.070,86 m a 46.137,84 m.
– Reducción en el número de recintos vallados, pasando de 37 a 34.
– Reducción del número de paneles y modificación de fabricante y modelo, pasando
de 236.280 paneles de 680 W de potencia a 195.840 paneles de 715 W de potencia.
– Reducción de la potencia instalada en paneles, pasando de 160,67 MW a 140,026 MW.
Asimismo, de conformidad con lo previsto en los artículos 127 y 131 del Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, el promotor se comprometió a llevar a cabo
determinadas modificaciones sobre el proyecto, en particular, en respuesta a los
cve: BOE-A-2025-5504
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Núm. 67