Ministerio de Sanidad. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2025-5510)
Resolución de 13 de marzo de 2025, de la Dirección General de Salud Pública y Equidad en Salud, por la que se publica el Convenio con la Universidad Pompeu Fabra, para la definición y propuesta de indicadores para la monitorización de la salud laboral en España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 67

Miércoles 19 de marzo de 2025
Segunda.

Sec. III. Pág. 37058

Actuaciones que corresponden al Ministerio de Sanidad.

El Ministerio de Sanidad, a través de la Dirección General de Salud Pública y
Equidad en Salud, en virtud del convenio que se suscribe, realizará las siguientes
actuaciones:
1. Facilitar el apoyo técnico necesario a la Universidad Pompeu Fabra para lograr
una coordinación efectiva entre las partes que incluya la planificación conjunta y
estratégica de las acciones y la priorización de las mismas, así como la implementación
de las acciones, su supervisión y seguimiento.
2. Prestar mutuamente con la Universidad Pompeu Fabra el asesoramiento
necesario en relación con el objeto del convenio.
3. Acordar con la Universidad Pompeu Fabra las acciones dirigidas a identificar los
indicadores básicos para la monitorización de la salud laboral, teniendo en cuenta un
marco conceptual que ordene los determinantes micro, meso y macro que influyen sobre
la salud de las personas que trabajan.
4. Revisar las fuentes de información de salud laboral en España que se utilizarán
en estos trabajos.
5. Acordar el procedimiento para evaluar la calidad y fiabilidad de las fuentes de
datos para estimar los indicadores identificados.
6. Supervisar la propuesta del conjunto de indicadores y sus definiciones, así como
las características de las fuentes de datos útiles para cada uno de los indicadores.
7. Revisar la elaboración de los indicadores propuestos por sexo, edad, ocupación,
actividad económica y comunidad autónoma, tras la valoración cualitativa de la calidad y
fiabilidad de los datos utilizados para su cálculo.
Tercera. Actuaciones que corresponden a la Universidad Pompeu Fabra.

1. Identificar los indicadores básicos para la monitorización de la salud laboral,
teniendo en cuenta determinantes micro (edad, sexo, nivel educativo), meso (ocupación
y actividad económica) y macro (tipo de contrato y régimen de la seguridad social) que
influyen sobre la salud de las personas que trabajan.
2. Revisar de manera exhaustiva las principales fuentes de información de salud
laboral en España: Ministerio de Trabajo, Seguridad Social, Instituto Nacional de
Estadística e Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.
3. Evaluar la calidad y fiabilidad de las fuentes de datos para estimar los
indicadores identificados, teniendo en cuenta estudios realizados.
4. Proponer el conjunto mínimo de indicadores y sus definiciones, que tenga en
cuenta el mercado de trabajo (participación, informalidad, asalariado permanente,
temporales y autónomos), así como las condiciones de trabajo (riesgos de seguridad,
higiénicos, ergonómicos, y organizativos) y las condiciones de salud (lesiones,
enfermedades e incapacidades), además de recursos y actividades preventivas
(servicios de prevención, evaluaciones, profesionales, e inspección y fiscalía).
5. Estimar los indicadores seleccionados por sexo, edad, ocupación, actividad
económica y comunidad autónoma como primer Informe de Salud Laboral en España.
6. Llevar a cabo, previo acuerdo de ambas partes, la difusión de resultados en
jornadas anuales, Web del Ministerio de Sanidad y de la UPF y otros medios que se
acuerden entre ambas partes.
En todas las acciones que se realicen aparecerá el logo del Ministerio de Sanidad
junto con el de la Universidad Pompeu Fabra y la firma de las instituciones firmantes, de
acuerdo con la cláusula sexta del presente convenio.

cve: BOE-A-2025-5510
Verificable en https://www.boe.es

La Universidad Pompeu Fabra en virtud del convenio que se suscribe, realizará las
siguientes actuaciones: