Cortes Generales. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal laboral. (BOE-A-2025-5424)
Resolución de 12 de marzo de 2025, de la Secretaría General del Senado, por la que se convoca proceso selectivo, por los turnos libre, de promoción interna y de discapacidad, para la provisión de plazas de Técnico/a intermedio/a de tecnologías de la información.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 67

Miércoles 19 de marzo de 2025

Sec. II.B. Pág. 36601

Se publicarán en la página web del Senado el nombre y las calificaciones total y
parciales de las personas que hayan aprobado todos los ejercicios del proceso selectivo.
Se considerará que han superado el proceso selectivo las seis personas aspirantes
que hayan aprobado los cuatro ejercicios y hayan obtenido la mayor puntuación total en
el turno libre, las dos personas aspirantes que hayan aprobado los cuatro ejercicios y
hayan obtenido la mayor puntuación total de entre quienes hubiesen optado por el turno
de promoción interna, y la persona aspirante que haya aprobado los cuatro ejercicios y
haya obtenido la mayor puntuación total de entre quienes hubiesen optado por el turno
de discapacidad, sin perjuicio de lo dispuesto en los dos párrafos siguientes.
Las plazas del turno de promoción interna y la del turno de discapacidad, que no se
cubrieran, incrementarán las plazas del turno libre.
En el supuesto de que algunas de las personas aspirantes que se hayan presentado
mediante turno de promoción interna o turno de discapacidad superasen todos los
ejercicios del proceso selectivo, pero no obtuviesen plaza en ese turno, y su calificación
fuese superior a las obtenidas por las personas aspirantes del turno libre, serán incluidas
por su orden de calificación en el turno libre.
En ningún caso podrán superar el proceso selectivo más de nueve aspirantes,
sumando los de los tres turnos, libre, de promoción interna y de discapacidad.
Decimotercera. Propuesta de la Comisión de Selección.
Finalizado el proceso selectivo, la Comisión de Selección comunicará los nombres de
las personas que lo hayan superado a la Dirección de Recursos Humanos y Gobierno
Interior, quien a su vez elevará a la Mesa de la Cámara propuesta de contratación de
dichas personas, acompañada de la relación de las restantes personas que hayan
aprobado todos los ejercicios, ordenada según la puntuación obtenida.
El acuerdo de la Mesa de aprobación de dicha propuesta de contratación se
publicará en el «Boletín Oficial de las Cortes Generales (Sección Senado)».
Presentación de documentos.

Con carácter previo a la formalización del contrato, y en el plazo de quince días
hábiles, a contar desde el día siguiente a aquel en que se haga público el nombre de las
personas aspirantes propuestas para su contratación, estas deberán presentar en la
Dirección de Recursos Humanos y Gobierno Interior de la Secretaría General del
Senado la documentación que justifique la capacidad y requisitos exigidos en la base
Segunda de la convocatoria y, en particular, el documento original del título por el que
fueran admitidas a participar en el proceso selectivo.
Si alguna de las personas propuestas renunciase o no presentase la citada
documentación dentro del plazo fijado o, si del examen de la misma, se dedujera que
carece de alguno de los requisitos exigidos en la base Segunda, no podrá ser contratada
y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que
pudiera haber incurrido por falsedad en su solicitud de participación. En estos casos, la
propuesta de contratación se podrá completar con quien hubiera obtenido la siguiente
mejor puntuación entre quienes hubieran aprobado la totalidad de los ejercicios del
mismo turno, sin perjuicio de lo establecido en la base Duodécima.
Si alguna de las personas propuestas alegase grado de discapacidad, hayan o no
concurrido por este turno específico, deberán presentar, junto con la mencionada
documentación, certificación de los órganos competentes del Ministerio de Derechos
Sociales, Consumo y Agenda 2030 o, en su caso, de la Comunidad Autónoma
correspondiente, que acredite tanto su grado de discapacidad, como su capacidad
funcional para desempeñar las tareas propias de Técnico/a Intermedio/a de Tecnologías
de la Información, si no lo hubiera aportado anteriormente.

cve: BOE-A-2025-5424
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Decimocuarta.