Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-5498)
Resolución de 12 de marzo de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Autovía A-43, del Guadiana. Tramo: Torrefresneda (A-5)-Santa Amalia».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 67

Miércoles 19 de marzo de 2025

Sec. III. Pág. 36972

vigentes de las especies presentes. En respuesta, el promotor afirma que las
consideraciones incluidas serán tenidas en cuenta en fase de proyecto de construcción y
en fase de obra. Complementariamente, el condicionado de la presente resolución
incluye aquellas consideraciones del informe que no estaban incluidas en el EsIA.
B.7

Espacios naturales de interés:

No hay espacios naturales protegidos en el área de actuación, ni Zonas de Especial
Conservación (ZEC), ni Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA), ni espacios
naturales pertenecientes a la Red de Espacios Naturales Protegidos de Extremadura,
únicamente la IBA ya descrita. El espacio natural protegido más cercano, a 1,8 km en
línea recta, es la ZEC ES4310026 «Río Guadiana Alto – Zújar», que no va a verse
afectada por el proyecto.
La Dirección General de Sostenibilidad de la Junta de Extremadura informa
favorablemente el proyecto e indica que no es susceptible de afectar de forma apreciable
a los lugares incluidos en la Red Natura 2000, siempre que se cumplan las condiciones
contenidas en su informe. En respuesta, el promotor indica que dichas consideraciones
serán tenidas en cuenta en fase de proyecto de construcción y de obra.
Asimismo, el condicionado de la presente resolución incluye las consideraciones del
informe, no incluidas en el EsIA.
B.8

Paisaje:

El EsIA destaca que, en el área de actuación, no existen zonas con especial
sensibilidad a alteraciones del paisaje, ni tampoco figuras de protección del paisaje de
ningún tipo, ni Bienes de Interés Cultural, paisajes culturales, paisajes protegidos,
espacios incluidos en la Lista del Patrimonio Mundial, etc.
La unidad de paisaje predominante en el ámbito del estudio es la denominada
«Vegas Altas del Guadiana», correspondiente a los cultivos, además, en la parte final del
tramo hay una pequeña zona del tipo «Montes isla y sierras aisladas» que corresponde
una elevación del terreno con dehesa de encinas y alcornoques.
Durante la fase de construcción, el impacto se produce por la intrusión visual de las
obras, apertura de la traza, desbroce, presencia de máquinas, etc. Mientras que en fase
de explotación, el impacto se produce debido a la presencia de la infraestructura.
El EsIA prevé la aplicación de tratamientos de integración y restauración paisajística
que ayudarán a minimizar el impacto visual generado por la autovía.
Patrimonio cultural:

El EsIA incluye en su Apéndice 3 la «Memoria de prospección intensiva del
proyecto» realizada en septiembre de 2022. Se ha prospectado tanto el entorno del
trazado como las zonas de préstamo y vertedero. El resultado de la prospección ha sido
positivo en cuanto a la presencia de elementos arqueológicos y etnológicos constatables
en superficie.
El informe de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural de
la Junta de Extremadura de enero de 2024 concluye condicionando la implantación del
proyecto al estricto cumplimiento de determinadas medidas correctoras. En respuesta a
dicho informe el promotor se compromete a cumplir las medidas correctoras detalladas
en él. En el condicionado de la presente resolución se incluyen de manera resumida
estas medidas.
El proyecto prevé la reposición de las vías pecuaria afectadas: Colada Río Búrdalo,
Cordel de San Pedro y Cañada Real Leonesa, mediante los siguientes pasos superiores:
P.S. 2+660, P.S. 6+040 y P.S. 7+865, respectivamente.
C.

Análisis de los efectos ambientales resultado de la vulnerabilidad del proyecto.

El EsIA incluye un capítulo específico en que se analizan los efectos previsibles
sobre los factores ambientales derivados de la vulnerabilidad del proyecto ante riesgos

cve: BOE-A-2025-5498
Verificable en https://www.boe.es

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