Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-5498)
Resolución de 12 de marzo de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Autovía A-43, del Guadiana. Tramo: Torrefresneda (A-5)-Santa Amalia».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 67
Miércoles 19 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 36978
camiones de transporte, riego de superficies, zonas de lavado de ruedas, selección
adecuada de la ubicación de las zonas de acopio, revegetación temprana, cumplimiento
de condiciones técnicas de los vehículos y maquinaria pesada, etc.).
17. Se asegurará la minimización de emisiones acústicas en fase de obra mediante
el cumplimiento de las medidas establecidas en los manuales de buenas prácticas
relativos a construcción, edificación y transporte (limitación de velocidad de circulación
de vehículos, correcto mantenimiento de maquinaria, priorización de maquinaria con
silenciadores homologados, protección con gomas de partes de la maquinaria más
propensas a recibir golpes, etc.).
18. Los proyectos constructivos incluirán un estudio acústico de detalle que
modelice las emisiones de ruido en fase de obra una vez se conozca la ubicación
definitiva de las áreas auxiliares. Si como resultado del estudio se determinase su
necesidad, en el entorno de áreas habitadas se instalarán pantallas acústicas móviles,
que se irán trasladando a medida que avance la obra.
19. Los proyectos constructivos incluirán estudios acústicos, de mayor detalle que
el incluido en el EsIA, para la fase de explotación, que verifiquen los resultados
obtenidos en el estudio de ruido del EsIA y garanticen el cumplimiento de los objetivos
de calidad acústica y la no superación de los valores límite legalmente preceptuados.
20. Al finalizar los trabajos, se repondrán todos los servicios afectados por el
proyecto.
Flora, vegetación, y Hábitats de Interés Comunitario (HIC):
21. Antes del inicio de las obras, en la superficie de ocupación del trazado y en las
zonas auxiliares y áreas de préstamo/vertedero, se realizará una prospección del terreno
con objeto de identificar la presencia de especies de flora amenazada y, en caso de
detectarse, se informará al órgano competente en biodiversidad de la Junta de
Extremadura de forma que se establezcan las medidas de protección adecuadas.
22. Los proyectos de construcción incluirán un Plan de Restauración Vegetal e
Integración Paisajística, a escala y detalle apropiados, que comprenderá todas las
actuaciones de restauración integradas por el promotor en el proyecto, incluidas las
indicadas en esta resolución, concretando y cuantificando las superficies de trabajo,
métodos de preparación del suelo, especies vegetales a utilizar, métodos de siembra o
plantación y resto de prescripciones técnicas, así como el presupuesto y cronograma de
todas las actuaciones. Deberá asegurarse la viabilidad y supervivencia de todas las
plantaciones y restauraciones, contemplando la reposición de marras y los riegos de
mantenimiento si fuera preciso.
23. Se elaborará y desarrollará un protocolo de erradicación y control de flora
alóctona invasora que integre actuaciones específicas y que incluya el seguimiento de
las zonas afectadas por las obras.
24. El proyecto de construcción definirá e incorporará un plan de prevención y
extinción de incendios.
25. Antes del inicio de las obras, se realizará una prospección de la zona de obras
por personal técnico especializado, con el fin de determinar la existencia de animales,
nidos o madrigueras. En caso de localizar nidos o camadas de especies protegidas, se
avisará al órgano competente en biodiversidad de la Junta de Extremadura, que dará las
indicaciones oportunas.
26. Previo al inicio de los trabajos, se establecerá un calendario de obras, en el que
se definirán las limitaciones temporales y espaciales en función de la presencia de
especies faunísticas de interés, el cual podrá ser objeto de modificación por parte del
órgano competente en biodiversidad de la Junta de Extremadura. En cualquier caso, se
evitarán los desbroces, movimiento de tierras y actividades más ruidosas en el periodo
de cría de la fauna, de marzo a julio.
cve: BOE-A-2025-5498
Verificable en https://www.boe.es
Fauna:
Núm. 67
Miércoles 19 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 36978
camiones de transporte, riego de superficies, zonas de lavado de ruedas, selección
adecuada de la ubicación de las zonas de acopio, revegetación temprana, cumplimiento
de condiciones técnicas de los vehículos y maquinaria pesada, etc.).
17. Se asegurará la minimización de emisiones acústicas en fase de obra mediante
el cumplimiento de las medidas establecidas en los manuales de buenas prácticas
relativos a construcción, edificación y transporte (limitación de velocidad de circulación
de vehículos, correcto mantenimiento de maquinaria, priorización de maquinaria con
silenciadores homologados, protección con gomas de partes de la maquinaria más
propensas a recibir golpes, etc.).
18. Los proyectos constructivos incluirán un estudio acústico de detalle que
modelice las emisiones de ruido en fase de obra una vez se conozca la ubicación
definitiva de las áreas auxiliares. Si como resultado del estudio se determinase su
necesidad, en el entorno de áreas habitadas se instalarán pantallas acústicas móviles,
que se irán trasladando a medida que avance la obra.
19. Los proyectos constructivos incluirán estudios acústicos, de mayor detalle que
el incluido en el EsIA, para la fase de explotación, que verifiquen los resultados
obtenidos en el estudio de ruido del EsIA y garanticen el cumplimiento de los objetivos
de calidad acústica y la no superación de los valores límite legalmente preceptuados.
20. Al finalizar los trabajos, se repondrán todos los servicios afectados por el
proyecto.
Flora, vegetación, y Hábitats de Interés Comunitario (HIC):
21. Antes del inicio de las obras, en la superficie de ocupación del trazado y en las
zonas auxiliares y áreas de préstamo/vertedero, se realizará una prospección del terreno
con objeto de identificar la presencia de especies de flora amenazada y, en caso de
detectarse, se informará al órgano competente en biodiversidad de la Junta de
Extremadura de forma que se establezcan las medidas de protección adecuadas.
22. Los proyectos de construcción incluirán un Plan de Restauración Vegetal e
Integración Paisajística, a escala y detalle apropiados, que comprenderá todas las
actuaciones de restauración integradas por el promotor en el proyecto, incluidas las
indicadas en esta resolución, concretando y cuantificando las superficies de trabajo,
métodos de preparación del suelo, especies vegetales a utilizar, métodos de siembra o
plantación y resto de prescripciones técnicas, así como el presupuesto y cronograma de
todas las actuaciones. Deberá asegurarse la viabilidad y supervivencia de todas las
plantaciones y restauraciones, contemplando la reposición de marras y los riegos de
mantenimiento si fuera preciso.
23. Se elaborará y desarrollará un protocolo de erradicación y control de flora
alóctona invasora que integre actuaciones específicas y que incluya el seguimiento de
las zonas afectadas por las obras.
24. El proyecto de construcción definirá e incorporará un plan de prevención y
extinción de incendios.
25. Antes del inicio de las obras, se realizará una prospección de la zona de obras
por personal técnico especializado, con el fin de determinar la existencia de animales,
nidos o madrigueras. En caso de localizar nidos o camadas de especies protegidas, se
avisará al órgano competente en biodiversidad de la Junta de Extremadura, que dará las
indicaciones oportunas.
26. Previo al inicio de los trabajos, se establecerá un calendario de obras, en el que
se definirán las limitaciones temporales y espaciales en función de la presencia de
especies faunísticas de interés, el cual podrá ser objeto de modificación por parte del
órgano competente en biodiversidad de la Junta de Extremadura. En cualquier caso, se
evitarán los desbroces, movimiento de tierras y actividades más ruidosas en el periodo
de cría de la fauna, de marzo a julio.
cve: BOE-A-2025-5498
Verificable en https://www.boe.es
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