Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-5498)
Resolución de 12 de marzo de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Autovía A-43, del Guadiana. Tramo: Torrefresneda (A-5)-Santa Amalia».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 67

Miércoles 19 de marzo de 2025

Sec. III. Pág. 36977

9. Las zonas de vertedero finalmente seleccionadas para ubicar los excedentes de
excavación deberán contar con la autorización del organismo competente de la Junta de
Extremadura, que deberá informar los correspondientes proyectos de restauración
medioambiental e integración paisajística.
10. En relación con los vertederos de excedentes de tierras se deberá dar
cumplimiento a lo establecido en el artículo 16 del Reglamento del Dominio Público
Hidráulico. A este objeto, se deberán construir cunetas perimetrales en el pie del talud
del depósito, de manera que las aguas pluviales sean recogidas y evacuadas sin
provocar daños a terceros. Asimismo, deberán proyectarse las medidas necesarias para
evitar el impacto sobre la hidrología que puede provocar la remoción de tierras durante
los trabajos junto con su posterior arrastre pluvial, al generar un incremento del aporte de
sólidos a los cauces. En cualquier caso, se evitará la utilización del vertedero N.º2, al
situarse próximo al arroyo Cagánchez.
11. Se llevará a cabo la delimitación estricta de los perímetros de obra mediante
jalonamiento temporal, utilizando cerramientos rígidos en las zonas de mayor valor
ambiental. En el entorno de las áreas habitadas, se utilizarán pantallas acústicas
móviles, que se irán trasladando a medida que avance la obra.
12. Se establecerán áreas específicas, debidamente impermeabilizadas y
acondicionadas para las actividades que tengan más riesgo de vertidos de residuos
líquidos peligrosos, como puede ser el cambio de aceite de la maquinaria y vehículos
empleados. En caso de derrame accidental de aceites, lubricantes o hidrocarburos, se
actuará inmediatamente delimitando la zona de suelo afectada, construyendo una
barrera de contención para evitar la dispersión del vertido y retirando las tierras
contaminadas para su tratamiento como residuo peligroso. Los suelos afectados por
cualquier tipo de incidente serán objeto de limpieza y posterior restauración.
13. El área prevista como zona de instalaciones auxiliares de obra, que en fase de
explotación se utilizará como área de descanso, reducirá sus dimensiones al mínimo
imprescindible. Se utilizará preferentemente la parte situada más al norte, junto a la
carretera N-430, reduciendo la superficie por el sur y el este de modo que se evite la
afección a los pies de encina dispersa existentes y se establezca un resguardo suficiente
con el arroyo Cagánchez para evitar su afección.

14. Con anterioridad al inicio de los trabajos, toda actuación que afecte al dominio
público hidráulico (DPH) o a sus zonas de servidumbre o policía, así como el posible
vertido de aguas residuales y captaciones de agua, deberán contar con la preceptiva
autorización de la Confederación Hidrográfica del Guadiana. De igual forma, todas las
actuaciones que afecten a infraestructuras de la Zona Regable Orellana deberán ser
autorizadas por dicho organismo. En ningún caso se autorizarán dentro del DPH la
construcción, montaje o ubicación de instalaciones destinadas a albergar personas,
aunque sea con carácter provisional o temporal y se respetarán las servidumbres de 5 m
de anchura de los cauces públicos. Todo ello de acuerdo con la normativa vigente en la
materia.
15. El diseño de puentes, viaductos y obras de drenaje transversal, sobre los
cauces naturales y sus zonas inundables, se realizará de forma que no se ocupe la vía
de intenso desagüe con terraplenes o estribos y estas estructuras no supongan una
reducción de la capacidad de desagüe en la zona de flujo preferente. A tal efecto, los
dimensionamientos de las estructuras deberán cumplir con las exigencias del organismo
de cuenca, recabando informe favorable del mismo.
Población y Salud:
16. Se asegurará la minimización de emisiones de polvo y gases contaminantes en
fase de obra mediante el cumplimiento de las medidas establecidas en los manuales de
buenas prácticas relativos a construcción, edificación y transporte (cubrición de los

cve: BOE-A-2025-5498
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Agua: