Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-5490)
Resolución de 10 de marzo de 2025, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publica el Convenio con la Universitat Oberta de Catalunya, para la realización de acciones conjuntas que faciliten la formación e inserción laboral de los deportistas de alto nivel y rendimiento en el marco del Programa de Atención al Deportista.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 67
Miércoles 19 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 36801
La UOC podrá utilizar en sus comunicaciones los logos del PROAD y del CSD, como
entidad colaboradora del PROAD, previa autorización del CSD.
El CSD podrá utilizar en sus comunicaciones sobre el PROAD el logotipo de la UOC
como entidad colaboradora del citado Programa, previa autorización de esta.
El uso autorizado de estos logotipos tal como se acaba de prever, no supone ni
podrá ser interpretado o alegado por ninguna de las partes como una autorización
general para su uso con fines distintos a los indicados, ni como cualquier tipo de
transmisión o enajenación de su titularidad o derechos derivados de los mismos.
Tercera.
Descuentos.
Los deportistas vinculados al PROAD del CSD objeto del presente convenio se
beneficiarán de los siguientes descuentos:
Descuento del 10 % (acumulable a otros descuentos ofrecidos por la UOC en los
precios oficiales de matrícula de la siguiente oferta formativa:
Quedan excluidos aquellos programas de grado, máster universitario y doctorado, así
como los programas de titulación propia de la UOC, que se organicen junto con otras
universidades, cuando la UOC no sea la universidad coordinadora de dicho programa
conjunto.
Los profesionales vinculados al CSD que se matriculen en cualquiera de las
enseñanzas descritas disfrutarán de una ayuda económica que se descontará del precio
de la matrícula.
Esta ayuda es de un diez por ciento (10 %) que se aplica durante toda la duración de
las enseñanzas hasta su superación y sobre la primera matrícula de los créditos de estas
enseñanzas, quedando excluidas las segundas y sucesivas matrículas de un mismo
crédito (repeticiones).
Es un descuento acumulativo a otras políticas de descuentos comerciales que, con
carácter general, se apliquen en el momento de formalizar la matrícula. La ayuda
económica y, en su caso, los descuentos comerciales que se acumulen no podrán ser
superiores al treinta por ciento (30 %).
Los descuentos no son acumulables a otros descuentos comerciales que la UOC
haya acordado aplicar a determinados colectivos. Si el profesional puede disfrutar al
mismo tiempo de otro descuento por formar parte de otro colectivo, podrá escoger el
descuento comercial que más le convenga en el momento de formalizar la matrícula.
En titulaciones oficiales el descuento es aproximativo, ya que es el resultado de
aplicar un descuento del veinticinco por ciento (25 %) sobre el precio de los servicios de
apoyo al aprendizaje y los recursos para el aprendizaje (precio privado de la matrícula),
esto es, conceptos de la inscripción que fija el Patronato de la UOC y que no están
vinculados al convenio programa firmado con el departamento competente en materia de
universidades de la Generalitat de Cataluña.
cve: BOE-A-2025-5490
Verificable en https://www.boe.es
− Programas de máster de formación permanente.
− Programas de diploma de especialización.
− Programas de diploma de experto.
− Programas de especialización.
− Programas de corta duración y actualización.
− Cursos de idiomas.
− Cursos de acceso a la universidad para mayores de 25 años.
− Cursos de acceso a la universidad para mayores de 45 años.
− Programas de formación profesional.
− Programas de grado.
− Programas de máster universitario.
− Programas de doctorado.
Núm. 67
Miércoles 19 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 36801
La UOC podrá utilizar en sus comunicaciones los logos del PROAD y del CSD, como
entidad colaboradora del PROAD, previa autorización del CSD.
El CSD podrá utilizar en sus comunicaciones sobre el PROAD el logotipo de la UOC
como entidad colaboradora del citado Programa, previa autorización de esta.
El uso autorizado de estos logotipos tal como se acaba de prever, no supone ni
podrá ser interpretado o alegado por ninguna de las partes como una autorización
general para su uso con fines distintos a los indicados, ni como cualquier tipo de
transmisión o enajenación de su titularidad o derechos derivados de los mismos.
Tercera.
Descuentos.
Los deportistas vinculados al PROAD del CSD objeto del presente convenio se
beneficiarán de los siguientes descuentos:
Descuento del 10 % (acumulable a otros descuentos ofrecidos por la UOC en los
precios oficiales de matrícula de la siguiente oferta formativa:
Quedan excluidos aquellos programas de grado, máster universitario y doctorado, así
como los programas de titulación propia de la UOC, que se organicen junto con otras
universidades, cuando la UOC no sea la universidad coordinadora de dicho programa
conjunto.
Los profesionales vinculados al CSD que se matriculen en cualquiera de las
enseñanzas descritas disfrutarán de una ayuda económica que se descontará del precio
de la matrícula.
Esta ayuda es de un diez por ciento (10 %) que se aplica durante toda la duración de
las enseñanzas hasta su superación y sobre la primera matrícula de los créditos de estas
enseñanzas, quedando excluidas las segundas y sucesivas matrículas de un mismo
crédito (repeticiones).
Es un descuento acumulativo a otras políticas de descuentos comerciales que, con
carácter general, se apliquen en el momento de formalizar la matrícula. La ayuda
económica y, en su caso, los descuentos comerciales que se acumulen no podrán ser
superiores al treinta por ciento (30 %).
Los descuentos no son acumulables a otros descuentos comerciales que la UOC
haya acordado aplicar a determinados colectivos. Si el profesional puede disfrutar al
mismo tiempo de otro descuento por formar parte de otro colectivo, podrá escoger el
descuento comercial que más le convenga en el momento de formalizar la matrícula.
En titulaciones oficiales el descuento es aproximativo, ya que es el resultado de
aplicar un descuento del veinticinco por ciento (25 %) sobre el precio de los servicios de
apoyo al aprendizaje y los recursos para el aprendizaje (precio privado de la matrícula),
esto es, conceptos de la inscripción que fija el Patronato de la UOC y que no están
vinculados al convenio programa firmado con el departamento competente en materia de
universidades de la Generalitat de Cataluña.
cve: BOE-A-2025-5490
Verificable en https://www.boe.es
− Programas de máster de formación permanente.
− Programas de diploma de especialización.
− Programas de diploma de experto.
− Programas de especialización.
− Programas de corta duración y actualización.
− Cursos de idiomas.
− Cursos de acceso a la universidad para mayores de 25 años.
− Cursos de acceso a la universidad para mayores de 45 años.
− Programas de formación profesional.
− Programas de grado.
− Programas de máster universitario.
− Programas de doctorado.