Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. I. Disposiciones generales. Subvenciones. (BOE-A-2025-5410)
Real Decreto 206/2025, de 18 de marzo, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a determinadas entidades para la ejecución de actuaciones de relevancia deportiva y de interés público durante los ejercicios de 2024 y 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 67

Miércoles 19 de marzo de 2025

Sec. I. Pág. 36524

i) Servicios destinados a la mejora de las capacidades comerciales de los clubes.
j) Servicios destinados al cuidado y desarrollo del producto audiovisual.
k) Desarrollo estratégico y posicionamiento y visibilización de marca.
l) Alquileres de locales (con un máximo del 50 % del coste de los mismos).
m) Mejoras de infraestructuras de los clubes participantes en la Primera División de
Fútbol Femenino. La inversión irá destinada a tres ámbitos de actuación: seguridad,
control de accesos, equipamiento médico y cuidado de la salud de las futbolistas;
producción televisiva y cuidado de la imagen; y adquisición de sistemas de tracking
óptico para el análisis táctico y físico de los cuerpos técnicos de los clubes, a fin de
obtener un desarrollo profesional óptimo de la competición.
Artículo 6. Plazo de ejecución.
El plazo de ejecución estimado para las diferentes subvenciones es:
1. A la Real Federación Española de Atletismo, para la preparación y celebración
del Campeonato del Mundo de Trail Running 2025, desde el 1 de enero de 2025 hasta
el 31 de diciembre de 2025.
2. A la Fundación Real Club de Polo de Barcelona, para la preparación y
celebración del Concurso Hípico CSIO Barcelona en el marco de la celebración de la
Barcelona Equestrian Challenge, desde el 1 de enero de 2024 hasta el 31 de diciembre
de 2024.
3. A la Liga Nacional Femenina de Fútbol Profesional, para mejorar las
condiciones en las que se encuentran las profesionales de este deporte e impulsar y
consolidar esta nueva liga profesional, desde el 1 de enero de 2024 hasta el 31 de
diciembre de 2024.
Artículo 7.

Obligaciones de las entidades beneficiarias.

1. Las entidades beneficiarias quedarán sujetas a las obligaciones previstas en
las correspondientes resoluciones de concesión, así como a las obligaciones
establecidas en los artículos 14 y concordantes de Ley 38/2003, de 17 de
noviembre.
2. Las entidades beneficiarias estarán obligadas a la realización de la actividad
subvencionada por sí mismas, excluyéndose la posibilidad de subcontratación de la
actividad.
3. Las entidades beneficiarias tienen la obligación de someterse a las actuaciones
de comprobación que realice el Consejo Superior de Deportes, O.A., así como a las
actuaciones de control que pueda ejercer la Intervención General de la Administración
del Estado.
Artículo 8. Cuantía y financiación.

1. A la Real Federación Española de Atletismo para la preparación y celebración
del Campeonato del Mundo de Trail Running 2025: 400.000 euros.
2. A la Fundación Real Club de Polo de Barcelona para la preparación y
celebración del Concurso Hípico CSIO Barcelona en el marco de la celebración de la
Barcelona Equestrian Challenge: 400.000 euros.

cve: BOE-A-2025-5410
Verificable en https://www.boe.es

El importe total de las subvenciones asciende a 8.300.000 euros, cuantía que se
financiará con cargo a los créditos que al efecto se habiliten en el presupuesto del
Consejo Superior de Deportes, O.A., del ejercicio 2025. El desglose de este importe por
subvención individual es el siguiente: