Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. I. Disposiciones generales. Carreteras. (BOE-A-2025-5409)
Real Decreto 205/2025, de 18 de marzo, por el que se establecen los criterios para la determinación de los gravámenes, de sus exenciones y reducciones, y su aplicación a los vehículos por la utilización de determinadas infraestructuras integradas en la Red de Carreteras del Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 19 de marzo de 2025

Sec. I. Pág. 36493

af) «Subgrupo de vehículos»: un «subgrupo de vehículos» tal como se define en el
artículo 3, punto 8, del Reglamento (UE) 2019/1242 del Parlamento Europeo y del
Consejo de 20 de junio de 2019.
ag) «Grupo de vehículos»: un grupo de vehículos de los que figuran en el cuadro 1
del anexo I del Reglamento (UE) 2017/2400 de la Comisión de 12 de diciembre de 2017.
ah) «período de comunicación del año A»: un período de comunicación del año A
tal como se define en el artículo 3, punto 3, del Reglamento (UE) 2019/1242 del
Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de junio de 2019.
ai) «Trayectoria de reducción de emisiones» para el período de comunicación del
año (A) y el subgrupo de vehículos (sg), es decir, ETYsg: el producto de multiplicar el
factor de reducción (R-ETY) de emisiones de CO2 por las emisiones de CO2 de
referencia (rCO2sg) del subgrupo (sg), es decir, ETY,sg = R-ETY x rCO2sg; para los años
A ≤ 2030, R-ETY y rCO2sg ambos se determinan de conformidad con el punto 5.1 del
anexo I del Reglamento (UE) 2019/1242; para los años A > 2030, el factor R-ETY se fija
en 0,70; rCO2sg se aplica tal y como ha sido adaptado mediante los actos delegados
adoptados con arreglo al artículo 11, apartado 2, del Reglamento (UE) 2019/1242 del
Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de junio de 2019, para los períodos de
comunicación que comiencen después de la fecha de aplicación respectiva de dichos
actos delegados.
aj) «Emisiones de CO2 de referencia de un grupo de vehículos»:
1.º Para los vehículos contemplados en el Reglamento (UE) 2019/1242 del
Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de junio de 2019, la cantidad calculada de
conformidad con la fórmula del punto 3 del anexo I de dicho Reglamento;
2.º Para los vehículos no contemplados en el Reglamento (UE) 2019/1242 del
Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de junio de 2019, el valor medio de todas las
emisiones de CO2 de los vehículos de ese grupo de vehículos, comunicadas de
conformidad con el Reglamento (UE) 2018/956 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 28 de junio de 2018, sobre el seguimiento y la comunicación de las emisiones de CO2
y el consumo de combustible de los vehículos pesados nuevos, para el primer período
de comunicación, que comenzará a partir de la fecha en que la matriculación, venta o
puesta en circulación de los vehículos de dicho grupo de vehículos que no cumplan las
obligaciones a que se refiere el artículo 9 del Reglamento (UE) 2017/2400 esté
prohibida, de conformidad con el artículo 24 del Reglamento (UE) 2017/2400 del
Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de junio de 2019;
ak) «Contrato de concesión» o «Contrato concesional»: aquel contrato de
concesión de obras cuyo objeto se corresponde con lo establecido por el artículo 14 de
la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se
transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del
Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, y que en el caso de
autopistas de peaje se rige además por la Ley 8/1972, de 10 de mayo, de construcción,
conservación y explotación de autopistas en régimen de concesión.
al) «Modificación sustancial»: aquella modificación contractual que no está prevista
en la documentación que rige la licitación, se encuentra definida en el artículo 205.2 de la
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, y que en consecuencia
exige la resolución del contrato en vigor y la celebración de un nuevo contrato bajo las
condiciones pertinentes.
am) «Usuarios»: son aquéllos que realizan un recorrido por los tramos de carretera
a los que se refiere el artículo 3, empleando cualquier tipo de vehículo.
an) «Congestión»: una situación en la que los volúmenes de tráfico se aproximan a
la capacidad máxima de una carretera o la superan.
añ) «Peaje de concesión»: un peaje percibido por un concesionario en virtud de un
contrato de concesión.

cve: BOE-A-2025-5409
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Núm. 67