Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. I. Disposiciones generales. Ayudas. (BOE-A-2025-5408)
Real Decreto 204/2025, de 18 de marzo, por el que se modifican determinados reales decretos de concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas en materia de transporte de viajeros y mercancías por carretera, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 19 de marzo de 2025

Sec. I. Pág. 36474

transporte urbano, mientras que, en el programa de transformación de flotas, cada 3.000
actuaciones subvencionadas y justificadas contribuyen como un proyecto finalizado.
Este programa de incentivos busca acelerar las inversiones clave para la
sostenibilidad del transporte, con el fin de impulsar mejoras en el sector. De esta manera,
pretende favorecer la descarbonización y la mejora del aire en las ciudades mediante la
renovación de las flotas de vehículos y la implantación de nuevos puntos de recarga. El
diseño de este sistema de incentivos para la renovación de la flota de vehículos,
excluidos los de titularidad pública, tiene como objetivos la renovación del parque de
vehículos pesados de transporte de mercancías y de viajeros, incentivar la penetración
en España de tecnologías para la propulsión de vehículos que utilicen energías
alternativas bajas en carbono, así como la retirada de circulación de los vehículos más
antiguos y por lo tanto más contaminantes impulsando a la vez el sector de la
automoción y la reactivación industrial.
El programa de ayudas a la transformación de flotas ha sido un éxito y ha registrado
un gran número de solicitudes. A 31 de diciembre de 2023, se habían concedido ayudas
por un importe de 233,6 millones de euros que contribuyen directamente al
objetivo 5 CID de importes concedidos o adjudicados por las comunidades autónomas
hasta un valor mínimo de 900 millones. A esta misma fecha, se contaba con un total
de 6.744 actuaciones subvencionadas justificadas y finalizadas que contribuyen al
objetivo 6 como 2 proyectos finalizados del total de 25 proyectos a alcanzar en este
objetivo. Además, el número actual de actuaciones concedidas asciende a 15.841, por lo
que una vez que estas actuaciones estén justificadas y finalizadas podrán contribuir al
objetivo 9 con el equivalente a 5 proyectos finalizados.
Sin embargo, la complejidad de los programas, el elevado número de expedientes de
subvención a gestionar por parte de las comunidades y ciudades autónomas, y la
necesidad de que las actuaciones estén finalizadas y justificadas en los plazos exigidos
por el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, hacen difícil conseguir la
ejecución del cien por cien de los fondos transferidos en los plazos establecidos. Es
previsible que puedan quedar fondos remanentes como consecuencia de renuncias o
falta de justificación total o parcial por parte de los beneficiarios últimos y falta de tiempo
suficiente para poder reasignarlos y gestionarlos en plazo en nuevas concesiones.
Para poder optimizar el uso de los fondos es necesario, por una parte, habilitar a las
comunidades autónomas para que puedan reducir los plazos máximos de justificación de
las ayudas concedidas, asegurando en todo caso que estén justificadas a 30 de
noviembre de 2025, y por otra, adoptar las medidas necesarias para que el presupuesto
remanente pueda destinarse a otras líneas de inversión dentro de la medida C1.I1 del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. En concreto, a la línea de
proyectos de inversión por parte de las comunidades autónomas, que contribuye al logro
de los mismos objetivos críticos. De esta manera se busca maximizar el
aprovechamiento de los fondos y asegurar tanto su contribución a la finalidad perseguida
por esta medida del Componente 1, como al logro de los objetivos críticos a los que
contribuye.
Así, con la modificación del Real Decreto 983/2021, de 16 de noviembre, se permite
flexibilizar los plazos de justificación de las actuaciones y se completa la información a
remitir por parte de las comunidades y ciudades autónomas, con informes de
seguimiento en los momentos clave de fechas límite de justificación y de verificación de
las ayudas, y la posibilidad de solicitar el uso del remanente de presupuesto de la
convocatoria para financiación de actuaciones directas que cumplan lo establecido en el
apartado 8 del anexo II del Acuerdo de la Conferencia Nacional de Transporte de 5 de
noviembre de 2021 dentro de la medida C1.I1.
Por otra parte, el Real Decreto 902/2022, de 25 de octubre, por el que se aprueba la
concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de
ayudas para la modernización de empresas privadas de transporte de viajeros
prestadoras de servicios de transporte por carretera y de empresas privadas que
intervienen en el transporte de mercancías por carretera, en el marco del Plan de

cve: BOE-A-2025-5408
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Núm. 67