Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. I. Disposiciones generales. Ayudas. (BOE-A-2025-5408)
Real Decreto 204/2025, de 18 de marzo, por el que se modifican determinados reales decretos de concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas en materia de transporte de viajeros y mercancías por carretera, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 67

Miércoles 19 de marzo de 2025

Sec. I. Pág. 36473

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE
Real Decreto 204/2025, de 18 de marzo, por el que se modifican
determinados reales decretos de concesión directa a las comunidades
autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas en materia de
transporte de viajeros y mercancías por carretera, en el marco del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia -Financiado por la Unión
Europea- Next Generation EU.

En el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, hay dos líneas
de ayudas en materia de transportes de viajeros y mercancías por carretera dirigidas a
empresas privadas de transporte, una de ellas dentro de la medida C1.I1 de «Zonas de
bajas emisiones y transformación del transporte urbano y metropolitano» y la otra dentro
de la medida C6.I4 «Programa de apoyo para un transporte sostenible y digital». La
primera es un programa de ayudas para la transformación de flotas de transporte de
transporte de viajeros y mercancías de empresas privadas prestadoras de servicios de
transporte por carretera, así como de empresas que realicen transporte privado
complementario y la segunda de ayudas para la modernización de empresas privadas de
transporte de viajeros prestadoras de servicios de transporte por carretera y de
empresas privadas que intervienen en el transporte de mercancías por carretera.
Ambas líneas se instrumentan a través de reales decretos de ayudas directas a las
comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla, siendo estas las responsables
de la publicación de convocatorias de ayudas con las bases reguladoras y requisitos
dictados por dichos reales decretos.
El Real Decreto 983/2021, de 16 de noviembre, por el que se aprueba la concesión
directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas
para la transformación de flotas de transporte de viajeros y mercancías de empresas
privadas prestadoras de servicios de transporte por carretera, así como de empresas
que realicen transporte privado complementario, en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, tiene por objeto regular la concesión directa, con carácter
extraordinario, y por razones de interés público, social y económico, de ayudas a las
comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla, así como la aprobación de
las bases reguladoras de las subvenciones reguladas en el mismo, con la finalidad de
que las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla aprueben las
convocatorias para la transformación de flotas de transporte de viajeros y mercancías de
empresas privadas prestadoras de servicios de transporte por carretera y empresas que
realicen transporte privado complementario, en el marco del Componente 1 del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Las subvenciones objeto del real decreto corresponden en concreto a la
Inversión C1. I1 «Zonas de bajas emisiones y transformación del transporte urbano y
metropolitano», a la línea de incentivos para transformar las flotas de transporte de
viajeros y mercancías de empresas privadas. Esta línea de inversión de la medida C1.I1
contribuye junto a la línea de actuaciones directas por parte de las comunidades
autónomas, al objetivo crítico 5 CID, consistente en alcanzar un total de 900 millones de
euros en importes adjudicados y concedidos por las comunidades autónomas y
contribuye también a los objetivos 6 y 9 del CID consistentes en alcanzar
respectivamente 25 y 280 proyectos finalizados a diciembre de 2023 y a diciembre
de 2025. Para la consecución de los objetivos 6 y 9 contribuyen directamente tanto los
proyectos finalizados por las comunidades autónomas, como los finalizados por los
ayuntamientos para la implantación de zonas de bajas emisiones y transformación del

cve: BOE-A-2025-5408
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