Ministerio de Hacienda. I. Disposiciones generales. Impuestos. (BOE-A-2025-5407)
Orden HAC/262/2025, de 12 de marzo, por la que se modifica la Orden HFP/227/2017, de 13 de marzo, por la que se aprueba el modelo 202 para efectuar los pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondiente a establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, y el modelo 222 para efectuar los pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre Sociedades en régimen de consolidación fiscal y se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación electrónica.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 19 de marzo de 2025

Sec. I. Pág. 36463

colaboración social se realice mediante la utilización de técnicas y medios electrónicos,
informáticos y telemáticos.
Las habilitaciones al Ministro de Hacienda y al Ministro de Hacienda y
Administraciones Públicas deben entenderse conferidas en la actualidad a la
Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de Hacienda, de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 5 y en la disposición final segunda del Real Decreto 829/2023,
de 20 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales.
En su virtud, dispongo:
Artículo único. Modificación de la Orden HFP/227/2017, de 13 de marzo, por la que se
aprueba el modelo 202 para efectuar los pagos fraccionados a cuenta del Impuesto
sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondiente a
establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas
constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, y el modelo 222 para
efectuar los pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre Sociedades en régimen
de consolidación fiscal y se establecen las condiciones generales y el procedimiento
para su presentación electrónica.
Se introducen las siguientes modificaciones en la Orden HFP/227/2017, de 13 de
marzo, por la que se aprueba el modelo 202 para efectuar los pagos fraccionados a
cuenta del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes
correspondiente a establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución
de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, y el
modelo 222 para efectuar los pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre
Sociedades en régimen de consolidación fiscal y se establecen las condiciones
generales y el procedimiento para su presentación electrónica:
Uno. Se sustituye el anexo I de la Orden HFP/227/2017, de 13 de marzo, por el que
figura como anexo I de esta orden.
Dos. Se sustituye el anexo II de la Orden HFP/227/2017, de 13 de marzo, por el
que figura como anexo II de esta orden.
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado» y será aplicable por primera vez para las autoliquidaciones de pagos
fraccionados, modelo 202 y 222, cuyo plazo de presentación comienza en abril de 2025.
Madrid, 12 de marzo de 2025.–La Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de
Hacienda, María Jesús Montero Cuadrado.

cve: BOE-A-2025-5407
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Núm. 67