Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-5385)
Resolución de 12 de marzo de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y la Entidad Estatal de Derecho Público, Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, para el desarrollo de las acciones de formación profesional para el empleo de las personas en situación de privación de libertad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 66

Martes 18 de marzo de 2025

Sec. III. Pág. 36338

2. Por la Entidad Estatal de Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación
para el Empleo.

La Entidad Estatal de Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación para el
Empleo, una vez se conozca la existencia de la reserva presupuestaria contemplada en
la correspondiente Ley de Presupuestos Generales del Estado, presentará a la Comisión
Mixta, regulada en la cláusula octava de este convenio, la solicitud de programación.
La Entidad Estatal de Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación para el
Empleo y el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, tendrán en
cuenta tanto para elaborar la programación como para aprobar las acciones formativas,
los objetivos y sectores prioritarios establecidos en el Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, y al documento final de la adenda de ampliación del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia, aprobada por la Comisión Europea el 2
de octubre de 2023 para el periodo 2021-2026.
En los Informes anuales de prospección y detección de necesidades formativas y en
los trabajos de prospección del Observatorio de las Ocupaciones y del Observatorio
Profesional del Instituto Nacional de las Cualificaciones se puede obtener información
sobre las actividades económicas y ocupaciones con mejores perspectivas de empleo y
las necesidades formativas detectadas.
En la solicitud de programación que presente la Entidad Estatal de Derecho Público
Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo se incluirá ordenado por Comunidades
Autónomas y provincias, la denominación del centro de formación, su número de censo,
los certificados profesionales que se pretenden impartir con indicación del código de la
especialidad, los módulos profesionales seleccionados de cada certificado profesional,
en el caso de tener una programación modular, el número de alumnado a ser formado, el
número de horas a impartir y el módulo de formación práctica en centros de trabajo. Se
podrán incluir otras especialidades de formación complementaria idóneas para este
colectivo, tales como técnicas de búsqueda de empleo y otros módulos que puedan
incorporarse a los certificados profesionales, para cursar itinerarios formativos que
mejoren sus posibilidades de inserción laboral. En este sentido, la Entidad Estatal de
Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo podrá realizar
programas de orientación y acompañamiento dirigidos a la población privada de libertad
con el fin de mejorar el aprovechamiento de su participación en las acciones formativas y
podrá imputar el gasto de este servicio a los cursos que se gestionen en el marco de
este convenio y de los que serán personas beneficiarias los alumnos y alumnas que
participen en los mismos.
Examinada la solicitud de programación por la Comisión Mixta, esta propondrá la
programación definitiva para su aprobación, a la Subdirección General de Programas y
Gestión dependiente de la Dirección General de Planificación, Innovación y Gestión de la
Formación Profesional del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
Cuando la Entidad Estatal de Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación para
el Empleo detecte la necesidad de realizar acciones formativas urgentes no incluidas en la
programación anual aprobada, y siempre que exista disponibilidad presupuestaria,
informará a la Comisión Mixta para que esta proponga a la Subdirección General de
Programas y Gestión su aprobación mediante programaciones extraordinarias.
b) La impartición de las ofertas correspondientes.
i.

Selección de alumnado y cumplimiento de los requisitos de acceso.

Dadas las especiales características del alumnado la selección se realizará por los
Centros Penitenciarios.

cve: BOE-A-2025-5385
Verificable en https://www.boe.es

a) La planificación de la oferta del Sistema de Formación Profesional en esta
modalidad, en base al artículo 44. 1. a.1.º, sección 6.ª del Real Decreto 659/2023, de 18
de julio.