Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2025-5396)
Resolución de 11 de marzo de 2025, de la Dirección General del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas, O.A., M.P., por la que se publica el Convenio con Residuos Radiactivos, SA, S.M.E., el Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas, O.A., M.P., y la Universidad Politécnica de Madrid, para el desarrollo del curso «Gestión de Residuos Radiactivos».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 66

Martes 18 de marzo de 2025

Sec. III. Pág. 36415

para su desarrollo en modalidad presencial en las dependencias de la ETSII de la UPM y
se coordinará con el Ciemat en la modalidad virtual. Además, aportará el profesorado
experto de la universidad necesario para el desarrollo del curso.
Obligaciones de Enresa.
Enresa se obliga al apoyo de las actividades docentes colaborando con profesorado
propio y a la financiación máxima establecida en la cláusula séptima del presente
convenio, que será destinada a la financiación de los gastos del curso y a la supervisión
del mismo, con arreglo a los términos estipulados en la misma.
Cuarta.

Derechos de propiedad y protección de datos.

En todo cuanto afecte a los datos personales a que pudieran tener acceso durante el
desarrollo de las actividades recogidas en el presente convenio, las Partes se obligan al
cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales y con lo dispuesto en el Reglamento
(UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a
la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos
personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la
Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos, RGPD). Los programas
del curso y los materiales didácticos resultado del desarrollo del presente convenio serán
de propiedad conjunta.
Quinta.

Difusión de la colaboración.

El Ciemat, la UPM y Enresa se comprometen a difundir su colaboración en las
actividades realizadas al amparo de este convenio.
Sexta. Código Ético de Enresa.
La firma del presente convenio supone el compromiso por parte del Ciemat y de la
UPM de conocer, observar y respetar lo dispuesto en el Código Ético de Enresa, así
como colaborar en evitar su vulneración. El Código Ético de Enresa está publicado en la
página web de la entidad (www.enresa.es).
Condiciones económicas.

Para el desarrollo del objeto del presente convenio, Enresa aportará para el
desarrollo del curso la cantidad máxima de veinticinco mil doscientos euros (25.200
euros), y se efectuará mediante transferencia a la cuenta corriente ES89 0182 2370
4502 0001 9431 del Ciemat, una vez presentada la documentación justificativa de la
colaboración, consistente en una memoria y relación de gastos, y comprobado su
adecuado soporte documental. Además, el Ciemat, emitirá un certificado de haber
recibido la cantidad estipulada en el presente convenio.
Enresa no realizará ninguna otra aportación económica que la prevista anteriormente
y no estará obligada a retribuir al profesorado que imparta la formación.
Al presente convenio no le será aplicada revisión económica alguna durante la
vigencia de este y los gastos que se deriven de la ejecución del convenio no excederán,
en ningún caso, de la cantidad de veinticinco mil doscientos euros (25.200,00 euros).
Octava.

Responsabilidad por daños.

Enresa queda exonerada de cualquier imputación de responsabilidad por daños
contractuales o extracontractuales derivados de la ejecución de las actividades llevadas
a cabo al amparo del presente convenio. El Ciemat y la UPM como ejecutores son
responsables por los daños contractuales y extracontractuales que pudieran derivarse de
su ejecución.

cve: BOE-A-2025-5396
Verificable en https://www.boe.es

Séptima.