Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-5332)
Resolución de 12 de marzo de 2025, de Sepes Entidad Pública Empresarial de Suelo, por la que se publica el Convenio con E-Distribución Redes Digitales, SLU, para dotar de suministro eléctrico a la Actuación Urbanística residencial «Buenavista (PA-T.2-97)» en Málaga.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 65

Lunes 17 de marzo de 2025

Sec. III. Pág. 35777

Sepes responde de la legalidad del acuerdo de cesión en cuanto a las autorizaciones
y permisos de paso, derechos de superficie y/o servidumbres que se transmiten, por lo
que deberá mantener la responsabilidad de E-Distribución en la más completa
indemnidad por cuantos hechos u omisiones pudieran ser reclamados por terceros, ya
sean en ámbito civil, mercantil, administrativo, penal, y cualquier otro, comprometiéndose
Sepes a asumir de manera íntegra cualquier tipo de sanción económica o consecuencia
de cualquier índole derivadas de resoluciones administrativas o decisiones judiciales,
comprometiéndose Sepes frente a E-Distribución a hacer efectiva esta indemnidad en el
menor plazo de tiempo posible y previa petición formal de E-Distribución.
En el supuesto de que las instalaciones se ubicaran en parcelas de cesión
obligatoria, corresponderá al Ayuntamiento, a través de la figura que legalmente
corresponda, la concesión de las pertinentes autorizaciones relacionadas con la
explotación, conservación, mantenimiento y uso del suelo, comprometiéndose Sepes a
realizar las gestiones oportunas. Cuando las instalaciones se encuentren ubicadas en
parcelas lucrativas titularidad de Sepes, se recogerán las previsiones necesarias en el
proyecto de reparcelación y en los pliegos de comercialización de las parcelas.
Será de cuenta de Sepes el abono a la empresa distribuidora de los derechos por
supervisión de las instalaciones cedidas previa a su puesta en servicio, conforme a lo
establecido en la cláusula 3.ª Prestaciones económicas. El importe de dichos derechos
se le comunicará previamente a la recepción de las instalaciones, de acuerdo a las
cantidades detalladas en la Orden ITC/3519/2009, de 28 de diciembre, o la legislación
vigente en ese momento. En caso de existir defectos en la supervisión, se informará
posteriormente de los nuevos derechos de supervisión generados.
Documentación:

– Proyecto de las instalaciones e Ingeniería de detalle de potencia y control redactados
por técnico competente en materia eléctrica debidamente acreditado (mediante titulación
académica, carnet de colegiado, visado de proyecto…) o documentación suficiente que
especifique su alcance (memoria, planos, etc.).
– Licencia(s)/Autorización municipal de obras de las instalaciones eléctricas objeto
de cesión (o aprobación definitiva del Proyecto de Urbanización si las instalaciones se
incluyen en el mismo) y del abono de las tasas correspondientes.
– Licencias/Autorizaciones/Permisos oficiales necesarios en su caso.
– Autorización administrativa del Proyecto.
– Programa de ejecución de instalaciones.
– Informe geotécnico y topográfico del terreno donde se ubican las instalaciones, si
procede.
– Documentos acreditativos de constitución del derecho real de superficie y de
permisos de ocupación, vuelo, y paso a nombre de E-Distribución de todas las
propiedades de terceros por las que discurre la instalación que se cede.
– Licencia(s) municipal(es) y Dirección de Obra.
– Documentación as-built de las instalaciones ejecutadas.
– Autorizaciones de puesta en marcha de las instalaciones.
– Certificados de ensayos de equipos principales (transformadores, cables de
potencia, aparamenta de corte, protecciones, etc.).
– Declaración de conformidad e indicaciones de uso y mantenimiento de todos los
equipos, según indica la ITC-RAT-03 «Declaración de conformidad de equipos y aparatos
Instalaciones AT».
– Condicionados de Organismos Oficiales a los que pudiera estar sujeta la
instalación que se cede.
– Certificado de la empresa instaladora que ha realizado las instalaciones como
empresa instaladora autorizada para líneas de alta tensión de acuerdo a la ITC-LAT-03 o
para subestaciones de acuerdo a la ITC-RAT-21.

cve: BOE-A-2025-5332
Verificable en https://www.boe.es

Sepes deberá aportar a E-Distribución la siguiente documentación: