Comunidad Autónoma de Cataluña. I. Disposiciones generales. Medidas urgentes. (BOE-A-2025-5051)
Decreto-ley 1/2025, de 28 de enero, de medidas urgentes en materia de contención de rentas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 14 de marzo de 2025

Sec. I. Pág. 34513

promoción por parte del sector privado de vivienda de alquiler asequible protegida. En
este marco de acción pública se sitúa la regulación en materia de contención de rentas
de alquiler, la cual constituye una herramienta relevante para aliviar la presión económica
sobre los hogares más vulnerables, que son aquellas que tienen que destinar más de un
tercio de sus ingresos en el pago de la vivienda de alquiler.
En esta línea, el Parlament de Catalunya, por medio de la Moción 84/XII, aprobada
el 9 de mayo de 2019, instó al Gobierno a impulsar de manera urgente la aprobación de
medidas legislativas, en el marco del derecho civil propio, para permitir que Cataluña
cuente con una regulación propia del contrato de arrendamientos urbanos y, en
particular, dote a las administraciones públicas de las medidas necesarias para limitar los
incrementos de precios del alquiler de viviendas en zonas de mercado residencial
tensado.
La Ley estatal 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, que regula
aspectos esenciales del derecho constitucional a una vivienda digna y adecuada y a su
disfrute, mediante la disposición final primera, introdujo varias medidas a la LAU con el
fin de establecer un régimen de contención de los precios del alquiler, temporal y
prorrogable mientras persistan las circunstancias que de manera objetiva dan lugar a la
aplicación de estas medidas en las zonas declaradas de mercado residencial tensado en
los términos del artículo 18 de la mencionada ley estatal, a efectos de orientar las
actuaciones públicas en materia de vivienda en estos ámbitos.
Además, la Ley estatal 12/2023 adicionó la disposición transitoria séptima en la LAU
para concretar la aplicación de las medidas de contención de precios en los contratos
que se formalicen a partir de la entrada en vigor de esta Ley estatal 12/2023 y una vez
sea aprobado el sistema de índice de precios de referencia por resolución ministerial por
ámbitos territoriales.
La declaración de las zonas de mercado residencial tensado, a efectos de la
aplicación de las diferentes medidas previstas legalmente, corresponde a la
Administración competente en materia de vivienda (artículo 18.2), es decir, a la
Generalitat de Catalunya, de acuerdo con el artículo 137 del EAC.
A este efecto, mediante la Resolución de 14 de marzo de 2024 de la Secretaría de
Estado de Vivienda y Agenda Urbana («Boletín Oficial del Estado», BOE, núm. 66, de 15
de marzo), se recogió la declaración de zona de mercado residencial tensado de 140
municipios conforme a la Resolución TER/800/2024, de 13 de marzo («Diario Oficial de
la Generalitat de Catalunya», DOGC, núm. 9122, de 14 de marzo), que modifica la
Resolución TER/2940/2023, de 11 de agosto, en aplicación de la Ley estatal 12/2023,
de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda. En la misma fecha, mediante la Resolución
de 14 de marzo de 2024 de la misma Secretaría de Estado de Vivienda y Agenda
Urbana, se aprobó el sistema estatal de índices de precios de referencia a los efectos de
lo que establece el artículo 17.7 de la LAU.
Estas resoluciones de 14 de marzo de 2024 emitidas por la Secretaría de Estado de
Vivienda y Agenda Urbana han permitido que, desde el pasado día 16 de marzo
de 2024, los contratos de arrendamiento que se formalizan en los 140 municipios de
Cataluña declarados zona de mercado residencial tensado deban sujetarse a la
limitación de rentas recogida al apartados 6 y 7 del artículo 17 de la LAU así como a la
prórroga extraordinaria del artículo 10.3 de la misma ley.
Posteriormente, mediante la Resolución de 8 de octubre de 2024, de la Secretaría de
Estado de Vivienda y Agenda Urbana (BOE núm. 244, de 9 de octubre), se recogió la
declaración de zona de mercado residencial tensado de 131 municipios conforme a la
Resolución TER/2408/2024, de 1 de julio (DOGC núm. 9196, de 3 de julio).
En el primer trimestre de aplicación de la contención de rentas en Cataluña, el
segundo trimestre de 2024, el precio del alquiler en las zonas declaradas de mercado
tensado bajó un 5 % entre en abril y en junio, en comparación con los tres primeros
meses del año. Así, el Departamento de Territorio, Vivienda y Transición Ecológica, en el
informe de octubre de 2024, pudo acreditar que, inicialmente, dónde se aplicaba la
contención de rentas (teniendo en cuenta los primeros 140 municipios declarados) el

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