Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. I. Disposiciones generales. Acuerdos internacionales administrativos. (BOE-A-2025-5046)
Acta de la XV Reunión de la Comisión Mixta Hispano-Ecuatoriana de Cooperación, hecha en Cuenca el 14 de noviembre de 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 14 de marzo de 2025

Sec. I. Pág. 34331

Estas leyes han dado lugar a una política de Estado aterrizada plasmada en los
sucesivos Planes de Desarrollo y en concreto en el vigente, el Plan de Desarrollo para el
Nuevo Ecuador 2024-2025, y, sobre todo, el Plan Nacional para Prevenir y Erradicar la
Violencia contra las Mujeres, 2019-2025. Además, el Código Orgánico de la Función
Judicial dio competencia y jurisdicción a los jueces y juezas de violencia contra la mujer
para conocer este tipo de casos.
Adicionalmente, ante las alarmantes cifras de feminicidios en el país, el Gobierno del
Ecuador decidió poner en marcha el Sistema Nacional de Erradicación de la Violencia de
Género, con la finalidad de prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres. Este
sistema articula veintidós instituciones que deben coordinar múltiples acciones, con
objeto de prevenir, atender, sancionar, erradicar la violencia y reparar los derechos
vulnerados.
Sin embargo, la violencia estructural e institucional que afecta a las mujeres y niñas
en el país trasciende los textos legales y las instituciones y obliga al Estado a adoptar
medidas adicionales para hacer frente a esta problemática.
La erradicación de los diversos tipos de violencia es una necesidad apremiante. El
PDNE 2024-2025, anteriormente mencionado, tiene entre sus metas dos directamente
relacionadas con el objetivo:
– Reducir la tasa de femicidios por cada 100.000 mujeres de 1,14 en el año 2023
a 0,8 al 2025.
Para ello y con base en la importante conciliación normativa, se necesita ahora
impulsar la adecuada implementación de políticas públicas y la puesta en marcha de
procesos de concienciación que contribuyan al cambio de actitudes y comportamientos.
Para esto, es necesario el trabajo conjunto de diversos actores, incluidos el Estado, la
sociedad civil organizada, la academia y la comunidad.
De cara a lograr el aumento de las capacidades de prevención, respuesta y
supervisión del Estado Ecuatoriano para hacer frente a la violencia con base en el
género se impulsará la prevención del acoso en los espacios públicos, se continuará
potenciando los sistemas de atención efectiva a las víctimas de violencia de género en el
ámbito cantonal, se trabajará para evitar la revictimización en los procesos de denuncia y
judiciales, facilitando el acceso a la justicia para todas las víctimas y adecuando los
estándares judiciales a la definición y alcance de la ley. Todo ello, con un amplio enfoque
interseccional y una atención específica a la violencia contra colectivos LGTBIQ+,
mujeres en su diversidad, niños y niñas con discapacidad, mujeres indígenas y
afrodescendientes, migrantes y víctimas de trata.
Derechos económicos, políticos y sociales de colectivos en situación de
vulnerabilidad.
Al mismo tiempo y con el objeto de dar cumplimiento al segundo resultado
intermedio, se ha definido la apuesta clara de la Cooperación Española por facilitar el
pleno ejercicio de los derechos humanos de los colectivos en situación de vulnerabilidad,
como son mujeres, migrantes y refugiados, jóvenes sin empleo ni trabajo, personas con
discapacidad y personas LGTBI, entre otros.
En concreto, se continuará trabajando por promover la participación social,
comunitaria y política de las mujeres, sobre todo de aquellas con menos acceso a los
ámbitos de decisión, como mujeres afros e indígenas.
La Cooperación Española contribuirá a disminuir las brechas de desigualdad,
discriminación y exclusión de las personas con discapacidad en el Ecuador. El país
cuenta desde 2012, aunque su reglamento entró en vigor en 2017, con una Ley orgánica
encargada de asegurar la prevención, detección oportuna, habilitación y rehabilitación de
la discapacidad y garantizar la plena vigencia, difusión y ejercicio de los derechos de las
personas con discapacidad, sin embargo la inclusión efectiva es muy débil y aún se debe
trabajar para luchar contra las principales brechas identificadas en tres tipos de

cve: BOE-A-2025-5046
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Núm. 63