Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal técnico, de gestión y de administración y servicios. (BOE-A-2025-4992)
Resolución de 6 de marzo de 2025, de la Universidad Jaume I, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Superior de Análisis de Datos.
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 13 de marzo de 2025
Sec. II.B. Pág. 33994
12.2 La relación nominal de las personas que integran el órgano técnico de
selección será publicada con una antelación mínima de un mes a la fecha de comienzo
de las pruebas, mediante resolución que se publicará en el TAO-UJI, una vez hayan sido
publicadas las listas provisionales de personas admitidas y excluidas.
12.3 El órgano técnico de selección, para la realización de las pruebas, podrá
solicitar la designación de personal colaborador, ayudante y asesor especialista que
estime oportunos.
12.4 Corresponde al órgano técnico de selección las funciones relativas a la
determinación concreta del contenido de las pruebas y a la calificación de las personas
admitidas, así como, en general, la adopción de cuantas medidas sea precisas de cara al
correcto desarrollo de las pruebas selectivas.
12.5 Las personas integrantes del órgano técnico de selección, así como el personal
asesor, deberán abstenerse y podrán ser recusadas por las personas interesadas cuando
concurran en las mismas circunstancias de las previstas en los artículos 23 y 24 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Asimismo, deberán abstenerse las personas integrantes del órgano técnico de
selección que habían realizado tareas de preparación de aspirantes en los cinco años
anteriores a la publicación de esta convocatoria.
12.6 A efectos de comunicaciones y de cualquier otra incidencia el órgano técnico de
selección tendrá su sede en el Servicio de Recursos Humanos de la Universitat Jaume I.
12.7 El órgano técnico de selección, a efectos de gratificaciones e
indemnizaciones, se regirá por lo dispuesto en el Reglamento sobre indemnizaciones por
razón del servicio y gratificaciones de la Universitat Jaume I, aprobado por el Consejo de
Gobierno del 12 de julio de 2023 y modificado por el Consejo de Gobierno del 24 de
octubre de 2023.
12.8 El funcionamiento del órgano técnico de selección se adaptará a lo establecido
en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y otra
normativa vigente.
12.9 Para el desarrollo de estas pruebas selectivas, el órgano técnico de selección
se ajustará a las Instrucciones para los órganos técnicos de selección encargados de los
procesos selectivos del PTGAS de la Universitat Jaume I aprobadas por la Gerencia.
ANEXO II
Temario
General
1. La Constitución Española.
2. El Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana.
3. El Estatuto Básico del Empleado público.
4. La función pública valenciana.
5. Ley Orgánica del Sistema Universitario.
6. Ley de Convivencia Universitaria: aplicación al personal docente e investigador y
al personal técnico, de gestión y de administración y servicios.
7. Los Estatutos de la Universitat Jaume I.
8. Transparencia y acceso a la información pública. Aplicación en la Comunidad
Valenciana.
9. Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
10. Ley Orgánica para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres.
Específico
11. Calidad: Concepto, evolución y principios.
12. Procesos: Gestión por procesos. Reingeniería de procesos. Control estadístico
por procesos.
cve: BOE-A-2025-4992
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 62
Jueves 13 de marzo de 2025
Sec. II.B. Pág. 33994
12.2 La relación nominal de las personas que integran el órgano técnico de
selección será publicada con una antelación mínima de un mes a la fecha de comienzo
de las pruebas, mediante resolución que se publicará en el TAO-UJI, una vez hayan sido
publicadas las listas provisionales de personas admitidas y excluidas.
12.3 El órgano técnico de selección, para la realización de las pruebas, podrá
solicitar la designación de personal colaborador, ayudante y asesor especialista que
estime oportunos.
12.4 Corresponde al órgano técnico de selección las funciones relativas a la
determinación concreta del contenido de las pruebas y a la calificación de las personas
admitidas, así como, en general, la adopción de cuantas medidas sea precisas de cara al
correcto desarrollo de las pruebas selectivas.
12.5 Las personas integrantes del órgano técnico de selección, así como el personal
asesor, deberán abstenerse y podrán ser recusadas por las personas interesadas cuando
concurran en las mismas circunstancias de las previstas en los artículos 23 y 24 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Asimismo, deberán abstenerse las personas integrantes del órgano técnico de
selección que habían realizado tareas de preparación de aspirantes en los cinco años
anteriores a la publicación de esta convocatoria.
12.6 A efectos de comunicaciones y de cualquier otra incidencia el órgano técnico de
selección tendrá su sede en el Servicio de Recursos Humanos de la Universitat Jaume I.
12.7 El órgano técnico de selección, a efectos de gratificaciones e
indemnizaciones, se regirá por lo dispuesto en el Reglamento sobre indemnizaciones por
razón del servicio y gratificaciones de la Universitat Jaume I, aprobado por el Consejo de
Gobierno del 12 de julio de 2023 y modificado por el Consejo de Gobierno del 24 de
octubre de 2023.
12.8 El funcionamiento del órgano técnico de selección se adaptará a lo establecido
en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y otra
normativa vigente.
12.9 Para el desarrollo de estas pruebas selectivas, el órgano técnico de selección
se ajustará a las Instrucciones para los órganos técnicos de selección encargados de los
procesos selectivos del PTGAS de la Universitat Jaume I aprobadas por la Gerencia.
ANEXO II
Temario
General
1. La Constitución Española.
2. El Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana.
3. El Estatuto Básico del Empleado público.
4. La función pública valenciana.
5. Ley Orgánica del Sistema Universitario.
6. Ley de Convivencia Universitaria: aplicación al personal docente e investigador y
al personal técnico, de gestión y de administración y servicios.
7. Los Estatutos de la Universitat Jaume I.
8. Transparencia y acceso a la información pública. Aplicación en la Comunidad
Valenciana.
9. Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
10. Ley Orgánica para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres.
Específico
11. Calidad: Concepto, evolución y principios.
12. Procesos: Gestión por procesos. Reingeniería de procesos. Control estadístico
por procesos.
cve: BOE-A-2025-4992
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 62