Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-5031)
Resolución de 5 de marzo de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Almacén temporal individualizado de capacidad total (ATI-100) en la Central Nuclear de Almaraz».
19 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 62

Jueves 13 de marzo de 2025

Sec. III. Pág. 34215

pone de manifiesto la oposición al proyecto del Partido Ecologista Os Verdes, así como
de varios movimientos ecologistas (proTEJO, Quercus – Asociación Nacional para la
Conservación de la Naturaleza, ZERO- Asociación del Sistema Terrestre Sostenible) y de
un total de 16 alegaciones particulares. Asimismo, la Agência Portuguesa do Ambiente,
tras analizar los potenciales impactos del proyecto en territorio portugués, propone
ciertas condiciones para evitar, minimizar y/o compensar esos impactos.
Con fecha 14 de febrero de 2025, esta Dirección General remite al promotor, para
conocimiento y toma en consideración, el informe y documentación presentada por la
Agência Portuguesa do Ambiente, a la que responde oportunamente el 20 de febrero
de 2025.
El resultado del trámite de información pública y consultas se resume en el anexo de
la presente resolución.
3.
a.

Análisis técnico del expediente

Análisis de alternativas.

El EsIA ha empleado un análisis multicriterio contemplando 3 etapas:
1.ª) La gestión temporal de combustible generado, RAA y RE. Diferentes
alternativas.
– Alternativa 0 o de «No actuación»: Esta opción se descarta porque imposibilitaría
cumplir con el escenario de referencia para el desmantelamiento de las CCNN previsto
en la versión revisada del 7.º Plan de Gestión de Residuos Radiactivos (7.º PGRR),
actualmente en vigor.
– Alternativa 1: Se basa en el almacenamiento de los mencionados residuos en las
propias instalaciones de la central mediante un ATI-100 (seleccionada). Se considera la
más acorde en cumplimiento de lo establecido en el 7.º PGRR. Permitiría cumplir con los
objetivos propuestos y se plantea como una opción viable para garantizar la operatividad
de la central nuclear y el vaciado de las piscinas de combustible tras la parada definitiva.
– Alternativa 2: Construcción de un almacenamiento temporal centralizado (ATC)
fuera de la C.N. Almaraz. En el 7.º PGRR se abandona esta estrategia de gestión
temporal unificada, al considerarse inviable disponer del ATC dadas las dificultades
planteadas para lograr el necesario consenso social, político e institucional para su
construcción.
2.ª) La ubicación del ATI 100. El promotor, una vez considerados los criterios
técnicos y ambientales, plantea 6 opciones:

De todas ellas, las opciones 3, 4 y 6 son descartadas por diversas cuestiones
técnicas y logísticas. La evaluación de las tres alternativas de ubicación restantes no
arroja diferencias significativas entre ellas, de acuerdo con los distintos criterios
aplicados, ya que todas permiten en mayor o menor grado el cumplimiento de los
objetivos, sin que aparezca ningún aspecto que no pueda ser solventado. Finalmente, la
alternativa seleccionada es la opción 5, ya que la localización del futuro ATI-100 junto al
existente ATI 20, permite simplificar la operación de esta instalación y unificar en un

cve: BOE-A-2025-5031
Verificable en https://www.boe.es

– 1: Al este del campo de prácticas de Protección Contra Incendios.
– 2: Al noreste del Almacén Temporal de Residuos Radiactivos de Media y Baja
Actividad sólidos.
– 3: Localizada en la Unidad de Protección de la Instalación Nuclear, junto al parque
de residuos no peligrosos y almacén de residuos peligrosos.
– 4: Al norte del ATI-20 existente.
– 5: Al este del ATI-20 existente (seleccionada).
– 6: Junto al almacén de gases.