Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-5031)
Resolución de 5 de marzo de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Almacén temporal individualizado de capacidad total (ATI-100) en la Central Nuclear de Almaraz».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 13 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 34223
Concluye que los posibles impactos ambientales del proyecto en su territorio serán
insignificantes en una situación normal de explotación, pero que no es posible predecir
las consecuencias en caso de accidente, dada la limitada profundidad del análisis de
riesgos presentado. Por ello, considera importante que se tomen todas las medidas
posibles, para minimizar las consecuencias de un posible accidente, así como para que
se pueda responder adecuadamente, en caso de emergencia. Para evitar, minimizar y/o
compensar los posibles impactos del proyecto, además de las condiciones establecidas
en la documentación presentada, propone que se adopten, entre otras, las siguientes:
establecimiento de las medidas necesarias antiincendios; establecimiento de directrices
en caso de fallo de una presa aguas arriba de la instalación; diseño del sistema de
drenaje y limpieza de aguas pluviales para responder a una situación de extinción de
incendios; monitoreo de las aguas subterráneas mediante una red de piezómetros;
realización de las inspecciones necesarias para garantizar la seguridad de trabajadores,
población y medio ambiente; revisión de los planes de emergencia internos y externos de
la central considerando el nuevo ATI; aclarar el calendario de su desmantelamiento y
garantizar el seguimiento del proceso durante las distintas fases, por las autoridades
portuguesas.
El promotor, en respuesta al condicionado propuesto por la Agência Portuguesa,
realiza las siguientes observaciones:
− La prevención de posibles incendios es una de las bases de diseño del ATI-100, y
de la instalación nuclear en su conjunto. El estudio de seguridad de los contenedores
establece que la integridad estructural de la barrera no se ve afectada en caso de
incendio ni existe perdida de estanqueidad. Considera por ello, que no es preciso que la
red de drenaje prevista tenga función de retención de aguas de extinción de incendios.
Adicionalmente, indica que en la C.N. Almaraz ya existe un manual de protección contra
incendios y una memoria técnica de prevención de incendios forestales.
− En el hipotético caso de una rotura de la presa de Valdecañas, la inundación nunca
alcanzaría la superficie de explanación de la Central Nuclear de Almaraz. Informa que la
cota del nuevo ATI-100 se sitúa ampliamente por encima de dicha superficie de
explanación, razón por la cual no considera necesario implantar directrices específicas
en el ATI-100. Además, el estudio de seguridad de los contenedores concluye que no
sufren daños en caso de inundación.
− La Central Nuclear dispone de una red de control y vigilancia de las aguas
subterráneas, que permite el seguimiento de sus niveles y su calidad. En las
inmediaciones del ATI se están monitorizado, desde hace años, 9 piezómetros a los que
se han añadido 2 que ya están integrados en el seguimiento.
− Durante la fase de obras, el plan de vigilancia ambiental ya establece controles
para la protección del medio ambiente y de la población. Una vez en operación, el
ATI-100 se incorporará al sistema de gestión ambiental de la central.
− Se procederá a revisar el plan de emergencias interior de la central y, con respecto
al plan de emergencia exterior, muestra su disposición para participar en su revisión, si
las autoridades competentes lo consideran necesario. El calendario de funcionamiento
de los ATI está definido en el 7.º Plan General de Residuos Radiactivos.
− En relación con la participación activa de las autoridades portuguesas, así como
sobre facilitar información acerca de las distintas fases del proyecto, hace referencia a la
vigencia del Comité Local de Información de la central nuclear de Almaraz, presidido por
el MITECO, al que asisten con regularidad representantes del Gobierno de Portugal y
donde se llevará a cabo el seguimiento del ATI-100 en todas sus fases, incluido su futuro
desmantelamiento.
Respecto a la vulnerabilidad del proyecto frente accidentes graves y/o catástrofes
naturales la presente resolución recoge, resume y traslada los pronunciamientos de las
autoridades competentes en la materia y las cuestiones suscitadas en el procedimiento
de participación pública para su valoración por el órgano sustantivo, como órgano
competente en esta materia, previo a la autorización del proyecto.
cve: BOE-A-2025-5031
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 62
Jueves 13 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 34223
Concluye que los posibles impactos ambientales del proyecto en su territorio serán
insignificantes en una situación normal de explotación, pero que no es posible predecir
las consecuencias en caso de accidente, dada la limitada profundidad del análisis de
riesgos presentado. Por ello, considera importante que se tomen todas las medidas
posibles, para minimizar las consecuencias de un posible accidente, así como para que
se pueda responder adecuadamente, en caso de emergencia. Para evitar, minimizar y/o
compensar los posibles impactos del proyecto, además de las condiciones establecidas
en la documentación presentada, propone que se adopten, entre otras, las siguientes:
establecimiento de las medidas necesarias antiincendios; establecimiento de directrices
en caso de fallo de una presa aguas arriba de la instalación; diseño del sistema de
drenaje y limpieza de aguas pluviales para responder a una situación de extinción de
incendios; monitoreo de las aguas subterráneas mediante una red de piezómetros;
realización de las inspecciones necesarias para garantizar la seguridad de trabajadores,
población y medio ambiente; revisión de los planes de emergencia internos y externos de
la central considerando el nuevo ATI; aclarar el calendario de su desmantelamiento y
garantizar el seguimiento del proceso durante las distintas fases, por las autoridades
portuguesas.
El promotor, en respuesta al condicionado propuesto por la Agência Portuguesa,
realiza las siguientes observaciones:
− La prevención de posibles incendios es una de las bases de diseño del ATI-100, y
de la instalación nuclear en su conjunto. El estudio de seguridad de los contenedores
establece que la integridad estructural de la barrera no se ve afectada en caso de
incendio ni existe perdida de estanqueidad. Considera por ello, que no es preciso que la
red de drenaje prevista tenga función de retención de aguas de extinción de incendios.
Adicionalmente, indica que en la C.N. Almaraz ya existe un manual de protección contra
incendios y una memoria técnica de prevención de incendios forestales.
− En el hipotético caso de una rotura de la presa de Valdecañas, la inundación nunca
alcanzaría la superficie de explanación de la Central Nuclear de Almaraz. Informa que la
cota del nuevo ATI-100 se sitúa ampliamente por encima de dicha superficie de
explanación, razón por la cual no considera necesario implantar directrices específicas
en el ATI-100. Además, el estudio de seguridad de los contenedores concluye que no
sufren daños en caso de inundación.
− La Central Nuclear dispone de una red de control y vigilancia de las aguas
subterráneas, que permite el seguimiento de sus niveles y su calidad. En las
inmediaciones del ATI se están monitorizado, desde hace años, 9 piezómetros a los que
se han añadido 2 que ya están integrados en el seguimiento.
− Durante la fase de obras, el plan de vigilancia ambiental ya establece controles
para la protección del medio ambiente y de la población. Una vez en operación, el
ATI-100 se incorporará al sistema de gestión ambiental de la central.
− Se procederá a revisar el plan de emergencias interior de la central y, con respecto
al plan de emergencia exterior, muestra su disposición para participar en su revisión, si
las autoridades competentes lo consideran necesario. El calendario de funcionamiento
de los ATI está definido en el 7.º Plan General de Residuos Radiactivos.
− En relación con la participación activa de las autoridades portuguesas, así como
sobre facilitar información acerca de las distintas fases del proyecto, hace referencia a la
vigencia del Comité Local de Información de la central nuclear de Almaraz, presidido por
el MITECO, al que asisten con regularidad representantes del Gobierno de Portugal y
donde se llevará a cabo el seguimiento del ATI-100 en todas sus fases, incluido su futuro
desmantelamiento.
Respecto a la vulnerabilidad del proyecto frente accidentes graves y/o catástrofes
naturales la presente resolución recoge, resume y traslada los pronunciamientos de las
autoridades competentes en la materia y las cuestiones suscitadas en el procedimiento
de participación pública para su valoración por el órgano sustantivo, como órgano
competente en esta materia, previo a la autorización del proyecto.
cve: BOE-A-2025-5031
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 62