Comunidad Autónoma Del Principado de Asturias. I. Disposiciones generales. Ciencia, tecnología e innovación. (BOE-A-2025-4911)
Ley 1/2025, de 19 de febrero, de Ciencia, Tecnología e Innovación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 62

Jueves 13 de marzo de 2025

Sec. I. Pág. 33601

Disposición adicional segunda. Fundación para el Fomento en Asturias de la
Investigación Científica Aplicada y la Tecnología.
Sin perjuicio de su condición de agente ejecutor del SACI, la Fundación para el
Fomento en Asturias de la Investigación Científica Aplicada y la Tecnología (FICYT)
colaborará en la mejora de la excelencia mediante la adopción de medidas de buenas
prácticas, ayudará en la selección de comités científico-técnicos internacionales y
fomentará e impulsará la participación en proyectos y redes europeas.
Disposición adicional tercera.
Principado de Asturias.

Financiación con cargo a los Presupuestos Generales del

Las referencias de la presente ley a la financiación con cargo a los Presupuestos
Generales del Principado de Asturias deben entenderse hechas en cumplimiento de los
principios de estabilidad, sostenibilidad y suficiencia financiera, de acuerdo con las
disponibilidades presupuestarias.
Disposición transitoria única.

Plan de ciencia, tecnología e innovación aplicable.

El plan autonómico de ciencia, tecnología e innovación vigente en el momento de la
entrada en vigor de esta ley será objeto de seguimiento y evaluación por parte de la
consejería con competencias en materia de investigación, desarrollo tecnológico e
innovación.
Asimismo, el plan que se encuentre en tramitación a la fecha de entrada en vigor de
esta ley será elaborado bajo la dirección de la consejería con competencias en la
materia.
Disposición final única. Modificación de la Ley del Principado de Asturias 2/2023, de 15
de marzo, de Empleo Público.
La Ley del Principado de Asturias 2/2023, de 15 de marzo, de Empleo Público, se
modifica en los siguientes términos:
Uno. La letra a) del artículo 36 queda redactada como sigue:
«a)

Cuerpo Superior de Hacienda.
Cuerpo de Archivos, Bibliotecas y Museos.
Cuerpo de Arquitectura.
Cuerpo de Ciencias Ambientales.
Cuerpo de Farmacia.
Cuerpo de Psicología.
Cuerpo de Veterinaria.
Cuerpo de Medicina.
Cuerpo Superior de Investigación, integrado por las siguientes escalas:

● Profesor de Investigación.
● Investigador Científico.
● Científico Titular.





Cuerpo de Inspección de Prestaciones Sanitarias.
Cuerpo de Inspección de Prestaciones Farmacéuticas.
Cuerpo Técnico Superior de Laboratorio.
Cuerpo de Ingeniería, integrado por las siguientes escalas:

● Ingeniería Agronómica.
● Ingeniería de Caminos, Canales y Puertos.

cve: BOE-A-2025-4911
Verificable en https://www.boe.es











Grupo A, subgrupo A1: