Comunidad Autónoma Del Principado de Asturias. I. Disposiciones generales. Ciencia, tecnología e innovación. (BOE-A-2025-4911)
Ley 1/2025, de 19 de febrero, de Ciencia, Tecnología e Innovación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 62

Jueves 13 de marzo de 2025

Sec. I. Pág. 33591

c) El estímulo de la movilidad del personal que esté directamente implicado en
procesos de innovación, tecnología e investigación o de transferencia de tecnología
entre centros públicos y privados de carácter autonómico, nacional e internacional y,
también, de este personal con la universidad, centros de investigación y empresas
ubicados en el Principado de Asturias.
d) El desarrollo y mantenimiento de infraestructuras adecuadas para las actividades
de innovación, tecnología e investigación que comprendan las instalaciones, así como
los recursos materiales y virtuales al servicio de los agentes del SACI tanto en el ámbito
público como en el privado. La utilización de estas infraestructuras se guiará por el
criterio de eficiencia y, cuando sea posible, por el del uso compartido e integrado de las
mismas.
e) La inclusión de la perspectiva de género como categoría transversal en la
ciencia, la tecnología y la innovación, impulsando una presencia equilibrada de mujeres y
hombres en todos los ámbitos del SACI.
f) La investigación e innovación colaborativa y el aprovechamiento compartido del
conocimiento a través de:
1.º La promoción de la creación de redes e infraestructuras de colaboración
científica e innovadora entre los agentes del SACI, preferentemente bajo una
administración y gestión común.
2.º La potenciación de la participación en redes y proyectos de investigación e
innovación nacionales e internacionales, sujetos a una administración basada en la
cooperación, que compartan recursos y resultados.
g)

El apoyo a la proyección nacional e internacional del SACI.

3. Asimismo, en este ámbito, los planes autonómicos de innovación, desarrollo
tecnológico e investigación establecerán las actuaciones más adecuadas para vincular la
innovación, el desarrollo tecnológico y la investigación a los grandes retos
socioculturales.
Artículo 48. Participación en el modelo educativo y formativo autonómico.
1. La Administración del Principado de Asturias fomentará y reconocerá la
capacidad formativa de todos los agentes del SACI y promoverá la inclusión de
conocimientos sobre investigación científica y técnica, desarrollo tecnológico e
innovación en todos los niveles de enseñanza.
2. Asimismo, potenciará la colaboración entre los agentes del SACI y los centros
educativos públicos y agentes del sistema educativo autonómico, fomentando la
participación del personal docente de dichos centros en proyectos de investigación y
promoviendo la puesta en marcha de actividades conjuntas, especialmente con la
Universidad de Oviedo.
3. La Administración del Principado de Asturias incorporará en los planes de
formación del profesorado cursos específicos para la aplicación y el desarrollo de
iniciativas pedagógicas relacionadas con la I+D+i en todos los niveles de enseñanza.
Impulso de la innovación, tecnología e investigación empresarial.

El Principado de Asturias impulsará la participación activa del tejido productivo en el
desarrollo de la innovación, tecnología e investigación empresarial y en la
implementación de la innovación como clave para estimular la productividad y la
competitividad de las empresas asturianas. Para ello, se llevarán a cabo, entre otras, las
siguientes medidas:
a) Estimular la cooperación entre empresas y entre estas y los organismos de
investigación mediante fórmulas jurídicas de cooperación tales como las agrupaciones
de interés económico y las uniones temporales de empresas en las que los

cve: BOE-A-2025-4911
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Artículo 49.