Comunidad Autónoma Del Principado de Asturias. I. Disposiciones generales. Ciencia, tecnología e innovación. (BOE-A-2025-4911)
Ley 1/2025, de 19 de febrero, de Ciencia, Tecnología e Innovación.
34 páginas totales
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 13 de marzo de 2025
Sec. I. Pág. 33584
TÍTULO III
Plan Asturiano de Ciencia, Tecnología e Innovación
CAPÍTULO I
Planes y estrategias de investigación, desarrollo e innovación
Artículo 33. Plan Asturiano de Ciencia, Tecnología e Innovación.
1. El Plan Asturiano de Ciencia, Tecnología e Innovación es el instrumento de
planificación, gestión y ejecución de la Administración del Principado de Asturias en
materia de investigación, desarrollo tecnológico, transferencia de conocimiento e
innovación.
2. Este plan contendrá los principios, prioridades y grandes líneas estratégicas, ejes
de actuación, acciones y objetivos para el mejor desarrollo de la investigación, el
desarrollo tecnológico, la transferencia de conocimiento y la innovación en el Principado
de Asturias y su correcta articulación en el SACI, dentro del marco establecido en las
estrategias de ciencia y tecnología e innovación españolas y europeas, así como en los
planes estatales correspondientes.
3. En todo caso, incluirá medidas para la consecución de los siguientes objetivos:
a) La mejora de la formación y cultura científica e innovadora de la sociedad
asturiana.
b) El fomento de la participación ciudadana en la investigación y en la innovación,
especialmente en aquellas áreas de impacto directo sobre las condiciones de vida de la
ciudadanía en su conjunto.
c) El fomento de la divulgación científica, tecnológica e innovadora, generando una
mayor cercanía entre la comunidad científica y el resto de la ciudadanía.
d) El apoyo a las instituciones que impulsen el desarrollo de la cultura científica y
tecnológica, mediante el fomento y el impulso de actividades en museos y centros
divulgativos y de comunicación de la ciencia por parte de los agentes del SACI.
e) La protección del patrimonio científico y tecnológico histórico.
f) La inclusión de la cultura científica, tecnológica y de innovación como eje
transversal en todo el sistema educativo.
g) La promoción del acceso a la cultura científica y de la innovación a colectivos
con mayores barreras de acceso por motivos socioeconómicos, territoriales, de edad u
otros.
h) El impulso de la contratación pública de actividades innovadoras, articulando
mecanismos que posicionen la oferta tecnológica privada y la demanda pública.
i) El fomento de la competitividad del tejido empresarial a través del uso de la
innovación y las mejoras tecnológicas.
j) La digitalización del tejido empresarial asturiano y el fomento del acceso a nuevas
herramientas como la inteligencia artificial.
k) El fomento de la participación de todos los agentes del SACI en los mecanismos
de financiación, impulso y transferencia de conocimiento sobre la ciencia, la tecnología y
la innovación impulsados en el ámbito de la Unión Europea.
l) La lucha contra la despoblación.
m) El fomento de la innovación social.
n) El fomento de la colaboración de los agentes del SACI con el tejido productivo.
ñ) La captación, retención e incentivación del retorno del talento investigador y
científico.
4. En el Plan Asturiano de Ciencia, Tecnología e Innovación se diseñarán
instrumentos que contribuyan a facilitar el acceso de las empresas a la financiación de
sus actividades y proyectos innovadores mediante la promoción de líneas específicas a
esos efectos y fomentando la inversión privada a empresas innovadoras.
cve: BOE-A-2025-4911
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 62
Jueves 13 de marzo de 2025
Sec. I. Pág. 33584
TÍTULO III
Plan Asturiano de Ciencia, Tecnología e Innovación
CAPÍTULO I
Planes y estrategias de investigación, desarrollo e innovación
Artículo 33. Plan Asturiano de Ciencia, Tecnología e Innovación.
1. El Plan Asturiano de Ciencia, Tecnología e Innovación es el instrumento de
planificación, gestión y ejecución de la Administración del Principado de Asturias en
materia de investigación, desarrollo tecnológico, transferencia de conocimiento e
innovación.
2. Este plan contendrá los principios, prioridades y grandes líneas estratégicas, ejes
de actuación, acciones y objetivos para el mejor desarrollo de la investigación, el
desarrollo tecnológico, la transferencia de conocimiento y la innovación en el Principado
de Asturias y su correcta articulación en el SACI, dentro del marco establecido en las
estrategias de ciencia y tecnología e innovación españolas y europeas, así como en los
planes estatales correspondientes.
3. En todo caso, incluirá medidas para la consecución de los siguientes objetivos:
a) La mejora de la formación y cultura científica e innovadora de la sociedad
asturiana.
b) El fomento de la participación ciudadana en la investigación y en la innovación,
especialmente en aquellas áreas de impacto directo sobre las condiciones de vida de la
ciudadanía en su conjunto.
c) El fomento de la divulgación científica, tecnológica e innovadora, generando una
mayor cercanía entre la comunidad científica y el resto de la ciudadanía.
d) El apoyo a las instituciones que impulsen el desarrollo de la cultura científica y
tecnológica, mediante el fomento y el impulso de actividades en museos y centros
divulgativos y de comunicación de la ciencia por parte de los agentes del SACI.
e) La protección del patrimonio científico y tecnológico histórico.
f) La inclusión de la cultura científica, tecnológica y de innovación como eje
transversal en todo el sistema educativo.
g) La promoción del acceso a la cultura científica y de la innovación a colectivos
con mayores barreras de acceso por motivos socioeconómicos, territoriales, de edad u
otros.
h) El impulso de la contratación pública de actividades innovadoras, articulando
mecanismos que posicionen la oferta tecnológica privada y la demanda pública.
i) El fomento de la competitividad del tejido empresarial a través del uso de la
innovación y las mejoras tecnológicas.
j) La digitalización del tejido empresarial asturiano y el fomento del acceso a nuevas
herramientas como la inteligencia artificial.
k) El fomento de la participación de todos los agentes del SACI en los mecanismos
de financiación, impulso y transferencia de conocimiento sobre la ciencia, la tecnología y
la innovación impulsados en el ámbito de la Unión Europea.
l) La lucha contra la despoblación.
m) El fomento de la innovación social.
n) El fomento de la colaboración de los agentes del SACI con el tejido productivo.
ñ) La captación, retención e incentivación del retorno del talento investigador y
científico.
4. En el Plan Asturiano de Ciencia, Tecnología e Innovación se diseñarán
instrumentos que contribuyan a facilitar el acceso de las empresas a la financiación de
sus actividades y proyectos innovadores mediante la promoción de líneas específicas a
esos efectos y fomentando la inversión privada a empresas innovadoras.
cve: BOE-A-2025-4911
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 62