Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2025-4889)
Resolución de 3 de marzo de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Severiano Servicio Móvil, SAU.
57 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 61

Miércoles 12 de marzo de 2025

Sec. III. Pág. 33232

para campañas de vacunación, para campañas de donación de sangre, para actos
promocionales de temporada, para organización de eventos de temporada, etc.
El contrato de trabajo fijo-discontinuo se deberá formalizar por escrito y deberá
reflejar los elementos esenciales de la actividad laboral, entre otros, la duración del
periodo de actividad, la jornada y su distribución horaria, si bien estos últimos podrán
figurar con carácter estimado, sin perjuicio de su concreción en el momento del
llamamiento.
El llamamiento se realizará por orden de antigüedad de las personas trabajadoras
que puedan desempeñar el puesto vacante y que pertenezcan al mismo servicio, área o
sección del centro de trabajo. El llamamiento se realizará por escrito o por medios
telemáticos (correo electrónico y SMS certificado) con una antelación mínima de 2 días
en las actividades relacionadas con el sector sanitario y de 5 días para el resto de las
actividades.
En el supuesto de que una persona trabajadora fuese llamada para prestar servicios
y no se personase en el centro de trabajo, ni justificase debidamente su ausencia,
supondrá su renuncia al puesto de trabajo y se eliminará del censo de personas con
contrato fijo-discontinuo. Para el caso de que justifique su ausencia, continuará en el
censo y podrá ser llamada con posterioridad.
La persona trabajadora que al ser llamada se encuentren prestando servicios en otra
empresa y lo justifique adecuadamente por escrito, continuará en el censo y podrá ser
llamada con posterioridad. En el supuesto de que esta persona vuelva a ser llamada y no
se presentase, causará baja voluntaria.
C)

Contratos de duración determinada:

El contrato de trabajo de duración determinada solo podrá celebrarse por
circunstancias de la producción o por sustitución de persona trabajadora.
Contrato por circunstancias de la producción:
– Se entenderá por circunstancias de la producción el incremento ocasional e
imprevisible de la actividad y las oscilaciones, que aun tratándose de la actividad normal
de la empresa, generan un desajuste temporal entre el empleo estable disponible y el
que se requiere.

– También se podrán formalizar contratos por circunstancias de la producción para
atender situaciones ocasionales, previsibles y que tengan una duración reducida y
delimitada. Solamente se podrá utilizar este contrato un máximo de 90 días en el año
natural.
– No podrá identificarse como causa de este contrato la realización de los trabajos
en el marco de contratas, subcontratas o concesiones administrativas que constituyan la
actividad habitual u ordinaria de la empresa, sin perjuicio de su celebración cuando
concurran las circunstancias de la producción en los términos expuestos con
anterioridad.

cve: BOE-A-2025-4889
Verificable en https://www.boe.es

● Su duración no podrá ser superior a 6 meses, excepto que el convenio sectorial de
la actividad desarrollada establezca una duración superior, en cuyo caso se aplicará la
del convenio sectorial.
● En el caso de que el contrato se hubiera concertado por una duración inferior a
los 6 meses, podrá prorrogarse, mediante acuerdo de las partes, por una única vez, sin
que la duración total pueda exceder los 6 meses.
● Entre las oscilaciones se entenderán incluidas aquellas que derivan de las
vacaciones anuales.