Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2025-4889)
Resolución de 3 de marzo de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Severiano Servicio Móvil, SAU.
57 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 61

Miércoles 12 de marzo de 2025

Sec. III. Pág. 33269

Para ello, Con la finalidad de establecer un mecanismo que determine como actuar
de manera efectiva e integral ante cualquier comportamiento que pueda resultar
constitutivo de acoso por orientación sexual, identidad de género y/o expresión sexual se
implantarán las siguientes medidas:
– Difusión y comunicación del protocolo a toda la plantilla, incluyendo la entrega del
presente protocolo al personal de nueva incorporación a la empresa.
– Promover un ambiente de trabajo basado en los principios de igualdad de trato y
de oportunidades y de no discriminación de las personas trabajadoras LGTBI+.
– La representación legal de las personas trabajadoras debe apoyar y potenciar las
compañas de prevención de acoso por orientación sexual, identidad de género y/
expresión sexual.
– Prohibición de manifestaciones e insinuaciones que sean contratarías a los
principios de igualdad de trato y de oportunidades y de no discriminación y que inciten a
la LGTBIfobia.
Cuando se detecten conductas LGTBIfóbicas, la dirección de la empresa se dirigirá a
la persona o personas responsables de dicha conducta para informarle sobre las
obligaciones y consecuencias que derivan de su incumplimiento y procederá a poner a
disposición de la persona afectada el protocolo de actuación.
Este protocolo será aplicable a todas las personas que presten servicios en la
empresa Severiano Servicio Móvil, en todo el territorio estatal y en relación con las de
LGTBIfobia en el trabajo y acoso por razón de orientación sexual, identidad de género
y/o expresión de género, incluidas las cometidas en el ámbito digital, que se producen
durante el trabajo, en relación con el trabajo o como resultado del mismo.
El protocolo será de aplicación a las conductas LGTBIfobia en el trabajo y acoso por
razón de orientación sexual, identidad de género y/o expresión de género, incluidas las
cometidas en el ámbito digital, que se producen durante el trabajo, en relación con el
trabajo o como resultado del mismo:
a) en el lugar de trabajo, inclusive en los espacios públicos y privados cuando son
un lugar de trabajo.
b) en los lugares donde las personas trabajadoras toman su descanso o donde
comen, o en los que utiliza de aseo y/o en los vestuarios.
c) en los desplazamientos, viajes o de formación relacionados con el trabajo.
d) en el ámbito digital y de las comunicaciones que estén relacionadas con el
trabajo, incluidas las realizadas por medio de tecnologías de la información y de la
comunicación (acoso virtual o ciberacoso).
2.

Objetivos y declaración de principios.

– Fomentar la cultura preventiva de cualquier tipo de conducta contra la libertad
sexual, especialmente el acoso sexual y/o por razón de sexo.
– Prevenir, detectar y solucionar posibles situaciones que atenten contra la libertad
sexual, especialmente el acoso sexual y/o el acoso por razón de sexo.
– Investigar internamente, de manera ágil, rápida y confidencial las denuncias frente
a conductas que atentan contra libertad sexual, en aras a precisar si en la empresa se ha
producido dicha situación.

cve: BOE-A-2025-4889
Verificable en https://www.boe.es

El objetivo de este protocolo es desarrollar un procedimiento de prevención y
solución de conflictos en materia de acoso y la violencia contra las personas LGTBI+ en
el ámbito laboral, garantizando el derecho a invocar el mismo y salvaguardando los
derechos del personal afectado dentro de un contexto de prudencia y confidencialidad,
tramitando con la debida consideración, seriedad y celeridad las denuncias que se
presenten.
Este protocolo velará especialmente por: