Comisión Nacional de Los Mercados y La Competencia. III. Otras disposiciones. Energía eléctrica. (BOE-A-2025-4908)
Resolución de 28 de febrero de 2025, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se publican las reglas de funcionamiento de los mercados diario e intradiario de electricidad para su adaptación a la negociación cuarto-horaria y a la nueva tipología de ofertas del mercado diario.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 61

Miércoles 12 de marzo de 2025

Sec. III. Pág. 33472

– La capacidad de intercambio efectivamente utilizada entre la zona de oferta
española y francesa de cada subperiodo p’ será la capacidad de intercambio
efectivamente utilizada en el periodo p al que pertenece dicho subperiodo dividida por el
número de subperiodos (n).
Y por lo tanto, se anotará una obligación de pago al sistema eléctrico francés, en
aquellos subperiodos p’ en los que el sentido del flujo de energía en la interconexión sea
del área de menor precio al área de mayor precio, como:
OPFRESPIBCI(p’,s) = 0,5 * abs[PFRESPIBCI(p’,s)] * DPIBCI(p’) * abs[PMPIBCI(z1,p’,s)PMPIBCI(z3,p’,s)]
Asimismo, se anotará un derecho de cobro en cuenta al operador del sistema
eléctrico español en el periodo p como:
DCFRESPIBCI(p’,s) = 0,5 * abs(PFRESPIBCI(p’,s)) * DPIBCI(p’) * abs(PMPIBCI(z1,p’,s)PMPIBCI(z3,p’,s))
siendo:
DCFRESPIBCI(p’,s): Derecho de cobro en el periodo p’, en la sesión de contratación s
del mercado intradiario de subastas (PIBCI), anotado en cuenta al operador del sistema
español, por la aplicación del proceso de acoplamiento de mercados entre las dos zonas
de oferta, española y francesa.
OPFRESPIBCI(p’,s): Obligación de pago en el periodo p’, en la sesión de contratación
s del mercado intradiario de subastas (PIBCI), anotado en cuenta al operador del
sistema francés, por la aplicación del proceso de acoplamiento de mercados entre las
dos zonas de oferta, española y francesa.
PFRESPIBCI(p’,s): Capacidad de intercambio efectivamente utilizada entre la zona de
oferta española y francesa en el marco del proceso de acoplamiento de mercados en el
periodo p’ de la sesión de contratación s del mercado intradiario de subastas (PIBCI).
DPIBCI(p’): Duración en horas del periodo p’ en el mercado intradiario de subastas
(PIBCI), calculada como la duración del periodo de negociación en minutos dividido
por 60.
PMPIBCI(z,p’,s): Precio marginal en el mercado intradiario de subastas (PIBCI),
correspondiente a la zona de oferta z, en el periodo p’ de la sesión s.
z1, z3: Subíndices que se refieren a las zonas de oferta española y francesa
respectivamente.

cve: BOE-A-2025-4908
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Asimismo, debido a la coexistencia de diferentes resoluciones temporales, podría
existir algún periodo p’ en el que el sentido del flujo en la interconexión fuera del área de