Comisión Nacional de Los Mercados y La Competencia. III. Otras disposiciones. Energía eléctrica. (BOE-A-2025-4908)
Resolución de 28 de febrero de 2025, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se publican las reglas de funcionamiento de los mercados diario e intradiario de electricidad para su adaptación a la negociación cuarto-horaria y a la nueva tipología de ofertas del mercado diario.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 61
Miércoles 12 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 33454
Aquellas unidades de oferta genérica de venta o adquisición que dispongan de
programa distinto de cero tras la sesión del mercado diario deberán deshacerse de dicho
programa mediante la presentación de ofertas a las sesiones de subasta intradiaria.
El operador del mercado asignará en cada periodo de negociación a la unidad de
oferta genérica de venta, el saldo vendedor de la unidad de programación genérica y a la
unidad de oferta genérica de adquisición, el saldo comprador de la unidad de
programación genérica del Programa Diario Viable Definitivo (PDVD) en el caso de la
primera subasta intradiaria, y del Programa Intradiario Base de Casación Acumulado
(PIBCA) de la subasta intradiaria previa para el resto de las subastas.
Para los periodos negociados por la última vez dentro del horizonte de cada mercado
intradiario, los agentes que en el Programa Intradiario Base de Casación Acumulado
(PIBCA) anterior a dicha sesión dispongan de programa distinto de cero (0) en las
unidades de oferta genérica de venta o adquisición, deberán deshacerse del mismo
mediante la presentación de las correspondientes ofertas.
La tipología de las ofertas del mercado intradiario de subastas se encuentra descrita
en el apartado correspondiente del anexo 2.
38.2
Formato para la presentación de ofertas de compra o venta.
Las ofertas deberán tener la forma que se establece a continuación, en relación con
su contenido:
a)
b)
c)
d)
e)
Código de la unidad de venta o de adquisición.
Número de oferta. Número de oferta para la misma unidad de oferta.
Descripción de la oferta. Campo alfanumérico que no utiliza el algoritmo.
Clase de oferta: compra o venta.
Unidad monetaria: Euro.
Por cada tramo y periodo de negociación ofertado de las ofertas simples:
– Fecha del horizonte de negociación de la sesión intradiaria de subasta.
– Periodo horario de negociación de la sesión intradiaria de subasta.
– Número de tramo de la oferta.
− Cantidad de potencia ofertada en MW en cada periodo de la oferta, con un
máximo de un decimal.
– Precio ofertado en euros por MWh, con un máximo de dos decimales. El precio
incluido en la oferta deberá estar comprendido dentro del rango máximo y mínimo de
precios aceptados para el mercado intradiario y descritos en el anexo 3.
– Fecha del horizonte de negociación de la sesión intradiaria de subasta.
– Periodo horario de negociación de la sesión intradiaria de subasta.
– Precio de la oferta en euros por MWh, con un máximo de dos decimales. Debiendo
estar comprendido dentro del rango máximo y mínimo de precios aceptados para el
mercado intradiario y descritos en el anexo 3.
– Porcentaje mínimo de aceptación de potencia casada con un valor comprendido
entre 0 y 100 (ambos valores incluidos) y con un máximo de hasta 1 decimal.
– Cantidad de potencia a ofertar en MW en cada periodo de la oferta, con un máximo
de 1 decimal.
38.3 Información recibida de los operadores del sistema: Programa Diario Base de
Funcionamiento, Programa Diario Viable, indisponibilidades, capacidades comerciales de
las interconexiones internacionales, limitaciones a la posibilidad de ofertar.
Las informaciones enviadas por los operadores del sistema al Sistema de
Información del Operador del Mercado sobre el Programa Diario Base de
Funcionamiento (PDBF), el Programa Diario Viable Provisional (PDVP) y su confirmación
cve: BOE-A-2025-4908
Verificable en https://www.boe.es
Para las ofertas con condición de bloque simple:
Núm. 61
Miércoles 12 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 33454
Aquellas unidades de oferta genérica de venta o adquisición que dispongan de
programa distinto de cero tras la sesión del mercado diario deberán deshacerse de dicho
programa mediante la presentación de ofertas a las sesiones de subasta intradiaria.
El operador del mercado asignará en cada periodo de negociación a la unidad de
oferta genérica de venta, el saldo vendedor de la unidad de programación genérica y a la
unidad de oferta genérica de adquisición, el saldo comprador de la unidad de
programación genérica del Programa Diario Viable Definitivo (PDVD) en el caso de la
primera subasta intradiaria, y del Programa Intradiario Base de Casación Acumulado
(PIBCA) de la subasta intradiaria previa para el resto de las subastas.
Para los periodos negociados por la última vez dentro del horizonte de cada mercado
intradiario, los agentes que en el Programa Intradiario Base de Casación Acumulado
(PIBCA) anterior a dicha sesión dispongan de programa distinto de cero (0) en las
unidades de oferta genérica de venta o adquisición, deberán deshacerse del mismo
mediante la presentación de las correspondientes ofertas.
La tipología de las ofertas del mercado intradiario de subastas se encuentra descrita
en el apartado correspondiente del anexo 2.
38.2
Formato para la presentación de ofertas de compra o venta.
Las ofertas deberán tener la forma que se establece a continuación, en relación con
su contenido:
a)
b)
c)
d)
e)
Código de la unidad de venta o de adquisición.
Número de oferta. Número de oferta para la misma unidad de oferta.
Descripción de la oferta. Campo alfanumérico que no utiliza el algoritmo.
Clase de oferta: compra o venta.
Unidad monetaria: Euro.
Por cada tramo y periodo de negociación ofertado de las ofertas simples:
– Fecha del horizonte de negociación de la sesión intradiaria de subasta.
– Periodo horario de negociación de la sesión intradiaria de subasta.
– Número de tramo de la oferta.
− Cantidad de potencia ofertada en MW en cada periodo de la oferta, con un
máximo de un decimal.
– Precio ofertado en euros por MWh, con un máximo de dos decimales. El precio
incluido en la oferta deberá estar comprendido dentro del rango máximo y mínimo de
precios aceptados para el mercado intradiario y descritos en el anexo 3.
– Fecha del horizonte de negociación de la sesión intradiaria de subasta.
– Periodo horario de negociación de la sesión intradiaria de subasta.
– Precio de la oferta en euros por MWh, con un máximo de dos decimales. Debiendo
estar comprendido dentro del rango máximo y mínimo de precios aceptados para el
mercado intradiario y descritos en el anexo 3.
– Porcentaje mínimo de aceptación de potencia casada con un valor comprendido
entre 0 y 100 (ambos valores incluidos) y con un máximo de hasta 1 decimal.
– Cantidad de potencia a ofertar en MW en cada periodo de la oferta, con un máximo
de 1 decimal.
38.3 Información recibida de los operadores del sistema: Programa Diario Base de
Funcionamiento, Programa Diario Viable, indisponibilidades, capacidades comerciales de
las interconexiones internacionales, limitaciones a la posibilidad de ofertar.
Las informaciones enviadas por los operadores del sistema al Sistema de
Información del Operador del Mercado sobre el Programa Diario Base de
Funcionamiento (PDBF), el Programa Diario Viable Provisional (PDVP) y su confirmación
cve: BOE-A-2025-4908
Verificable en https://www.boe.es
Para las ofertas con condición de bloque simple: