Ministerio de Sanidad. III. Otras disposiciones. Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud. (BOE-A-2025-4747)
Resolución de 4 de marzo de 2025, de la Secretaría de Estado de Sanidad, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, por el que se adopta el «Consenso Estatal para la Mejora de la Atención Temprana. Despliegue de la Hoja de Ruta: objetivos, medidas y estándares generales de calidad».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 59
Lunes 10 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 32537
Estándares de calidad de la línea 4.
Estándar 4.1.
Existen guías y protocolos que caracterizan y precisan los procedimientos, de
acuerdo a la evidencia científica y la práctica profesional, para desarrollar y mejorar la
eficacia de los procesos de colaboración y participación activa de las familias, los niños y
las niñas.
cve: BOE-A-2025-4747
Verificable en https://www.boe.es
– Establecer canales de participación con las familias en la planificación y realización
de todas las actuaciones que se han de llevar a cabo en los centros/equipos y servicios
de atención temprana.
– Concretar la forma de participación de la familia en cada procedimiento de
actuación a través de la normativa vigente, los protocolos y planes operativos de la
prestación de atención temprana y los reglamentos de organización y funcionamiento de
los centros/servicios.
– Cuidar especialmente la acogida y orientación de las preocupaciones de las
familias, la conciliación de los procedimientos y la crianza con su vida familiar y laboral,
la información que se les proporciona, el acompañamiento y apoyo en todos los
momentos de la intervención desde la detección hasta la baja en el centro/servicio.
– Designar un/a profesional de referencia, que acompañe y apoye a las familias en
todo el proceso de atención, desde el comienzo hasta la baja en el centro, servicio y/o
derivación. En este proceso el/la profesional de referencia ha de atender a la contención
y el apoyo emocional a las familias, así como promover la inclusión de la familia en la
comunidad y su participación en todo el proceso.
– Establecer mecanismos para que los y las profesionales y las familias desarrollen
de manera conjunta los planes individualizados en los que se concretan todas las
actuaciones con el niño o la niña, la familia y/o cuidadores principales mediante
procedimientos claros de permanente comunicación y colaboración entre los y las
profesionales y las familias.
– Mantener en los centros/equipos y servicios de atención temprana una actitud
flexible y abierta a las circunstancias y posibilidades de colaboración familiar, adaptada a
sus ritmos y eventuales dinámicas de cambio.
– Respetar los estilos educativos y de crianza de la familia siempre y cuando no se
ponga en riesgo el disfrute pleno y efectivo de todos los derechos de niño y la niña y su
desarrollo holístico.
– Establecer criterios para la consecución de habilidades y competencias apropiadas
para la mejor crianza del niño y la niña mediante acciones individuales, y en su caso
grupales, dirigidas a la familia.
– Ofrecer entornos de diálogo, formación y encuentro con las familias con el objetivo
de compartir pautas de crianza, modelos de juego y de relación que favorezcan el
desarrollo armónico de los niños y las niñas, así como el fortalecimiento del vínculo entre
la familia y el profesional de referencia.
– Contar con guías y protocolos de actuación que sirvan a las familias para
promover el desarrollo holístico de los niños y las niñas, así como la calidad de vida y
empoderamiento familiar.
– Diseñar la información, comunicación y procesos de participación con las familias
teniendo en cuenta la diversidad lingüística, incluyendo la lengua de signos, y las
variables interculturales de las familias.
– Ofrecer a las familias, desde el momento en el que se produce el primer contacto,
información inmediata, clara y accesible sobre las actuaciones y servicios más
adecuados para promover el desarrollo de todas/os las niñas y los niños, así como la
calidad de vida familiar.
– Transmitir toda la información que se da sobre la situación evolutiva de los niños y
las niñas con objetividad, rigor y accesibilidad, siempre de manera respetuosa y
cuidadosa con la realidad de la familia.
Núm. 59
Lunes 10 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 32537
Estándares de calidad de la línea 4.
Estándar 4.1.
Existen guías y protocolos que caracterizan y precisan los procedimientos, de
acuerdo a la evidencia científica y la práctica profesional, para desarrollar y mejorar la
eficacia de los procesos de colaboración y participación activa de las familias, los niños y
las niñas.
cve: BOE-A-2025-4747
Verificable en https://www.boe.es
– Establecer canales de participación con las familias en la planificación y realización
de todas las actuaciones que se han de llevar a cabo en los centros/equipos y servicios
de atención temprana.
– Concretar la forma de participación de la familia en cada procedimiento de
actuación a través de la normativa vigente, los protocolos y planes operativos de la
prestación de atención temprana y los reglamentos de organización y funcionamiento de
los centros/servicios.
– Cuidar especialmente la acogida y orientación de las preocupaciones de las
familias, la conciliación de los procedimientos y la crianza con su vida familiar y laboral,
la información que se les proporciona, el acompañamiento y apoyo en todos los
momentos de la intervención desde la detección hasta la baja en el centro/servicio.
– Designar un/a profesional de referencia, que acompañe y apoye a las familias en
todo el proceso de atención, desde el comienzo hasta la baja en el centro, servicio y/o
derivación. En este proceso el/la profesional de referencia ha de atender a la contención
y el apoyo emocional a las familias, así como promover la inclusión de la familia en la
comunidad y su participación en todo el proceso.
– Establecer mecanismos para que los y las profesionales y las familias desarrollen
de manera conjunta los planes individualizados en los que se concretan todas las
actuaciones con el niño o la niña, la familia y/o cuidadores principales mediante
procedimientos claros de permanente comunicación y colaboración entre los y las
profesionales y las familias.
– Mantener en los centros/equipos y servicios de atención temprana una actitud
flexible y abierta a las circunstancias y posibilidades de colaboración familiar, adaptada a
sus ritmos y eventuales dinámicas de cambio.
– Respetar los estilos educativos y de crianza de la familia siempre y cuando no se
ponga en riesgo el disfrute pleno y efectivo de todos los derechos de niño y la niña y su
desarrollo holístico.
– Establecer criterios para la consecución de habilidades y competencias apropiadas
para la mejor crianza del niño y la niña mediante acciones individuales, y en su caso
grupales, dirigidas a la familia.
– Ofrecer entornos de diálogo, formación y encuentro con las familias con el objetivo
de compartir pautas de crianza, modelos de juego y de relación que favorezcan el
desarrollo armónico de los niños y las niñas, así como el fortalecimiento del vínculo entre
la familia y el profesional de referencia.
– Contar con guías y protocolos de actuación que sirvan a las familias para
promover el desarrollo holístico de los niños y las niñas, así como la calidad de vida y
empoderamiento familiar.
– Diseñar la información, comunicación y procesos de participación con las familias
teniendo en cuenta la diversidad lingüística, incluyendo la lengua de signos, y las
variables interculturales de las familias.
– Ofrecer a las familias, desde el momento en el que se produce el primer contacto,
información inmediata, clara y accesible sobre las actuaciones y servicios más
adecuados para promover el desarrollo de todas/os las niñas y los niños, así como la
calidad de vida familiar.
– Transmitir toda la información que se da sobre la situación evolutiva de los niños y
las niñas con objetividad, rigor y accesibilidad, siempre de manera respetuosa y
cuidadosa con la realidad de la familia.